Los motivos por los que pueden acabar Ábalos y Koldo García en la cárcel

Hacer ejercicios de adivinación en derecho penal es complicado, pero todas las fuentes consultadas aseguran que el próximo jueves la fiscalía Anticorrupción, representada por Alejandro Luzón, pedirá la entrada en prisión del ex ministro y todavía diputado José Luis Ábalos y su ex asesor Koldo García tras su comparecencia, ya que fue el fiscal quien solicitó la misma para valorar su situación procesal. Estos son los motivos.

Si el asunto fuera menos importante se harían apuestas que reflejarían que este jueves el juez Puente, de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, dictará sendas órdenes de entrada en prisión para ambos comparecientes. Sólo hay una maniobra que Ábalos puede hacer, renuncie a su acta de diputado y pedir que toda la investigación se reúna con el resto de la instrucción ya muy avanzada en la Audiencia Nacional. Pero Ábalos siempre se ha negado a dejar su acta de diputado, algo que ya le habría pedido su anterior abogado como estrategia procesal. Además, tanto él como Koldo García se han negado a declarar en sus últimas comparecencias.

Este 27 de noviembre, si nada cambia, tendrán que presentarse Ábalos y García ante el magistrado de la Sala Penal Leopoldo Puente. Es una comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), al efecto de resolver sobre la modificación de las medidas cautelares para ambos que han solicitado tanto la Fiscalía como las acusaciones populares en sus escritos de acusación. Ambos deberán acudir personalmente y asistidos por su defensa.

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El artículo 509 de la citada Ley regula la prisión incomunicada, una medida cautelar que autoriza a cualquier juez de instrucción a dictar cárcel para evitar que una persona se sustraiga a la justicia o se ponga en grave riesgo su integridad, siempre que exista una necesidad urgente, como por ejemplo el riesgo de fuga.

Hay que recordar que Alejandro Luzón, fiscal Anticorrupción que ejerce la acusación en el Tribunal Supremo en la parte que le corresponde al Alto Tribunal del Caso Koldo, ya presentó un escrito de calificación donde pide 24 años de cárcel para Ábalos por la presunta comisión de 6 delitos, 19 años y medio a su ex asesor Koldo García por otros 6 delitos y 7 años de cárcel a Víctor de Aldama por 3 delitos, aunque presenta el atenuante de confesión.

Las acusaciones populares van un poco más lejos y han pedido 30 años para Ábalos, otros 30 años para Koldo García y 7 años y 3 meses para Víctor de Aldama. Las diferencias estriban en que las acusaciones también señalan delitos de falsedad en documento oficial por los certificados expedidos por el MITMA para que ciudadanos venezolanos circulasen libremente por España.

Al ser tan grandes las peticiones de penas el juez puede decidir el ingreso en prisión si lo pide Fiscalía o las acusaciones, algo que parece inevitable, para evitar un posible riesgo de fuga o un movimiento para tratar de eludir la acción de la Justicia.

Koldo García entrando en el Supremo junto a su abogada. EP
Koldo García entrando en el Supremo junto a su última abogada. EP

El fiscal acusa a José Luis Ábalos y Koldo García de los mismos delitos de organización criminal, otro de cohecho pasivo, otro de información privilegiada, dos delitos de tráfico de influencias y otro de malversación. En el caso de Aldama las acusaciones son de organización criminal, cohecho pasivo y aprovechamiento de información, aunque por este último solo pide una multa de 3,7 millones de euros para el empresario.

El delito por el que mayor pena pide la Fiscalía es por el de organización criminal, por el que pide una pena de 6 años de prisión. El fiscal pide también que declaren 39 testigos, cuyos nombres constan en los atestados de la Guardia Civil y que en algunos casos están imputados en la causa que se sigue por el mismo motivo en la Audiencia Nacional. También pide dos periciales y que se expongan decenas de pruebas documentales.

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Asimismo, fiscalía pide que se modifiquen las medidas cautelares respecto a Ábalos y Koldo García y que ambos comparezcan de nuevo, lo que deja caer la sospecha de que el fiscal pedirá su entrada en prisión.

Sin embargo, las acusaciones populares representadas por el PP solicitaron penas de prisión mayores para Ábalos y Koldo García y algo menos para Víctor de Aldama.

En concreto las acusaciones piden 30 años para Ábalos por los presuntos delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, falsedad en documento oficial, malversación de caudales públicos y como inductor de dos delitos de prevaricación administrativa. En el caso de Koldo García Izaguirre, las acusaciones piden otros 30 años por los mismos delitos.

ALDAMA BENEFICIADO

Sin embargo, Víctor de Aldama también se beneficia de su colaboración con la Justicia y las acusaciones rebajan el tono con él. Sólo le acusan de pertenencia a organización criminal, cohecho, como inductor de un delito de tráfico de influencias, otros dos delitos de tráfico de influencias, un delito de falsedad documental y dos delitos de prevaricación administrativa.

Sin embargo, incluyen una serie de circunstancias modificativas, solo en el caso de Aldama, que se refieren a la circunstancia atenuante de confesión y en lo que afecta a los delitos de falsedad documental, tráfico de influencias y prevaricación administrativa, «al no reunir la condición de autoridad o funcionario público», explican.

El empresario Víctor de Aldama salió también especialmente beneficiado del escrito de Fiscalía, que refleja que «a lo largo de la instrucción de la presente causa especial, Víctor Gonzalo de Aldama ha reconocido los hechos que se le atribuyen, aportando detalles sobre la duradera relación que mantuvo con José Luis Ábalos Meco y Koldo García Izaguirre, el comienzo de la misma y el concierto con ellos para conseguir la adjudicación de contratos o el dictado de resoluciones que satisficieran sus intereses personales, detallando la periódica entrega de importantes cantidades en efectivo junto con otras contraprestaciones puntuales realizadas siempre con el mismo objetivo», indica el fiscal para justificar la aplicación del atenuante de confesión prevista en el artículo 21 del Código Penal.

El empresario Víctor de Aldama, imputado en el Caso Koldo EUROPA PRESS
El empresario Víctor de Aldama, imputado en el Caso Koldo EUROPA PRESS

Luzón valoraba que las manifestaciones de Aldama son «relevantes», «veraces» y «compadecen con el material probatorio que se ha ido incorporando al procedimiento», y, «desde luego», no son «auto exculpatorias» puesto que el empresario «viene a admitir de manera inequívoca su participación en un acuerdo con los otros dos acusados que le permitía defender sus intereses de manera privilegiada ante la Administración Pública, así como el pago de cantidades que implican la asunción de su propia responsabilidad criminal en delitos graves».

El pasado 3 de noviembre, el instructor Leopoldo Puente acordaba transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado y enviar al banquillo de los acusados a ÁbalosKoldo García y Aldama por la compra de material sanitario en pandemia, en concreto por el gasto de 53 millones de euros en mascarillas.

KOLDO EL ALTER EGO DE ÁBALOS

En su escrito de calificación provisional el fiscal Luzón sostiene que «Koldo García fue el alter ego de José Luis Ábalos durante su mandato al frente del ministerio hasta el punto de que, tanto en el propio Ministerio de Transportes como en el seno de otras Administraciones Públicas, se sobreentendía que Koldo García era el fiel transmisor de las decisiones y los deseos de José Luis Ábalos, habitualmente parapetado tras su asesor».

Anticorrupción subraya que, «al tiempo, Koldo García manejó las fuentes ilegales de dinero en efectivo de Ábalos, que con frecuencia se confundían con las propias, actuando de facto como testaferro de su superior en las actividades delictivas que bien pronto ambos acometieron al amparo de sus cargos con la colaboración, entre otros, del también acusado Víctor Gonzalo de Aldama».

La Fiscalía explica también que la trama criminal comenzó a operar tan «pronto vieron los investigados la oportunidad de obtener un común beneficio económico». Con tal ánimo de enriquecimiento, los tres [el ex ministro, su ex asesor y Aldama] convinieron que, aprovechando el cargo que ostentaba José Luis Ábalos en el Gobierno de España y también en el Partido Socialista, este podría favorecer, naturalmente a cambio del correspondiente beneficio económico del que todos participarían, la contratación con la Administración Pública en cuantas ocasiones hubiera oportunidad, por empresas cuyos intereses captaría y promovería Víctor de Aldama, así como facilitar a este el acceso preferente a la Administración para la realización de las gestiones que precisara para sí mismo o para las referidas empresas.

«Cada uno de ellos asumió un papel diverso y complementario en la organización, en un preciso reparto de funciones que se reveló muy eficaz», agrega el fiscal. Asimismo, Luzón subrayó que «la organización nació, además, con innegable vocación de permanencia en el tiempo, como lo evidencia el hecho de que estuvo operando durante varios años y proyectando su actuación delictiva en distintas esferas o conductas ilícitas que partía, sin embargo, de una misma estructura que solo comenzó a debilitarse tras la simultánea salida de José Luis Ábalos y Koldo García del Ministerio de Transportes».

La petición de prisión de Anticorrupción también se refiere a la contratación de Jésica en las empresas públicas Ineco y Tragsa, el alquiler del piso que tenía en la plaza de España de Madrid la ex pareja de Ábalos, la contratación de la otra mujer, Claudia Montes, en la empresa Logirail o la operación de arrendamiento del chalet de la Alcaidesa (Cádiz).

Hay que recordar que el Tribunal Supremo se convirtió en instructor por el aforamiento de Ábalos, que nunca renunció a su acta de diputado.

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