Cuando una persona está pensando en vender su restaurante, es importante que se familiarice con las implicaciones fiscales que esto conlleva. En este artículo se ofrece una guía clara y práctica para entender este intrincado laberinto de la fiscalidad. Por ello, se recomienda leer con atención.
Comprender los impuestos aplicables al vender un negocio de restauración es fundamental, ya que pueden afectar significativamente al dinero que finalmente llega al bolsillo del vendedor. Una planificación cuidadosa y la búsqueda de asesoría experta ayudan a evitar sorpresas desagradables y a maximizar el beneficio de la operación.
La fiscalidad en la venta de un restaurante: ¿Qué se debe saber?
En este artículo se aborda exclusivamente la venta del negocio de hostelería (el traspaso del restaurante, bar o cafetería como tal), sin cubrir la venta del local o inmueble donde se encuentra. Debe tenerse en cuenta que existen dos formas principales de traspasar un negocio:
Vender los activos y pasivos del negocio: es decir, transferir al comprador todo lo que compone el restaurante (mobiliario, maquinaria de cocina, existencias, licencia de actividad, fondo de comercio, etc.), asumiendo este la posición en el contrato de alquiler del local si procede.
Vender las participaciones de la sociedad propietaria: si el restaurante opera bajo una sociedad (por ejemplo, una S.L.), es posible vender directamente las acciones o participaciones de esa sociedad al comprador, transfiriéndole así la propiedad de la empresa que explota el restaurante.
Fiscalmente, ambas opciones terminan tributando de forma muy similar para la persona vendedora. En ambos casos habrá que pagar impuestos por la plusvalía obtenida en la venta, es decir, por la ganancia generada. Esta ganancia se calcula restando del precio de venta la inversión inicial realizada en el negocio (incluyendo posibles compras posteriores, mejoras, reformas, etc.) menos la amortización acumulada (lo que ya se ha depreciado contablemente de esos activos). En resumen:
Ganancia (plusvalía) = Precio de venta – (Inversión inicial + mejoras – amortización acumulada)
Esto significa que, si el restaurante se fundó o adquirió por 100.000 € y se vende más adelante por 150.000 €, deberá tributarse por la ganancia de 50.000 € (ajustada por las amortizaciones correspondientes). Es importante considerar que en la primera modalidad de venta (activos del negocio) quien vende puede ser la sociedad que explota el negocio o el autónomo o empresario individual, mientras que en la segunda modalidad quien vende es la persona física propietaria de las participaciones sociales (salvo estructuras más complejas de holdings).
¿Cómo tributa exactamente esa ganancia?
Si la venta la realiza la sociedad que explota el negocio, la plusvalía se integra en la base imponible del IS (Impuesto de Sociedades) a un tipo fijo del 25%.
Si, por el contrario, la venta la realiza el propio autónomo o empresario individual, la plusvalía se integra en la base imponible del ahorro del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Esto es positivo, porque la base del ahorro tiene tipos impositivos generalmente más bajos que la base general (donde se integra, por ejemplo, el sueldo u otros rendimientos del trabajo). Es decir, los impuestos por la venta del negocio no se calculan con los porcentajes más altos aplicables al salario, sino con tarifas especiales para ganancias patrimoniales. Conviene entender que cuanto mayor sea la ganancia, más alto será el tramo impositivo aplicable dentro de esas tarifas del ahorro.
Tramos del IRPF para ganancias patrimoniales (base del ahorro)
Ganancia | Tipo IRPF
Hasta 6.000 € | 19%
De 6.000 € a 50.000 € | 21%
De 50.000 € a 200.000 € | 23%
De 200.000 € a 300.000 € | 27%
Más de 300.000 € | 30%
Como puede observarse, las ventas de negocios tributan en esta escala de la base del ahorro. Por ejemplo, una ganancia de 50.000 € tributaría en su mayor parte al 21% (lo que exceda de 6.000 €), y una ganancia mucho mayor podría llegar a tributar al 27% o 30% en la parte que supere los 200.000 € o 300.000 €, respectivamente. Estos tipos suelen ser más bajos que los de la base general del IRPF, donde podrían alcanzarse tasas de alrededor del 45% en tramos altos de renta del trabajo. Es importante destacar que los ingresos habituales del negocio o la nómina se gravan aparte en la base general y no se mezclan con esta ganancia puntual por la venta del restaurante, que tributa por la base del ahorro. Esto permite en muchos casos que la tributación de la venta sea más favorable que si se sumara a las rentas del trabajo.
Ahora bien, podrían existir otros impuestos dependiendo de lo que se transmita junto con el traspaso. Por ejemplo, si además de vender el negocio también se vende el inmueble donde está ubicado (si se es propietario del local), se trataría de otra operación separada con su propia tributación (por la ganancia inmobiliaria e impuesto municipal de plusvalía, entre otros). O si se decide alquilar el local al nuevo dueño en lugar de venderlo, los ingresos por ese arrendamiento tributarán en el IRPF como rendimiento del capital inmobiliario. Asimismo, si se vende por separado maquinaria o mobiliario fuera del paquete del traspaso, esas ventas pueden generar IVA o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), según el caso. En este artículo se expone únicamente la fiscalidad relativa a la venta del negocio en sí, pero cualquier elemento adicional (local, alquiler, vehículos, etc.) tendrá sus propios tratamientos fiscales.
El papel crucial de un asesor fiscal
Para acompañar todas estas complejidades fiscales, es muy recomendable contar con un asesor fiscal profesional. Un experto en la materia, como los profesionales de Traspaso Restaurante, puede ayudar a planificar la venta del restaurante de manera estratégica, minimizando la factura fiscal y evitando errores costosos. Este profesional analizará la situación específica del vendedor (si vende como autónomo o sociedad, si reinvertirá en otro negocio, etc.) y orientará sobre la mejor forma de proceder, además de informar sobre las obligaciones formales (por ejemplo, declarar correctamente la ganancia en el IRPF y pagar los impuestos en plazo). En definitiva, vender un restaurante implica cuestiones fiscales relevantes; apoyarse en un buen asesor proporciona tranquilidad y permite maximizar las ganancias sin sorpresas desagradables con Hacienda.
Factores fiscales a considerar antes de la venta de un restaurante
Si se está planteando traspasar un negocio de hostelería, existen varios factores clave que deben tenerse en cuenta desde el principio para evitar sobresaltos de última hora. A continuación, se repasan algunos de los más importantes:
Valoración del restaurante y plusvalía de la venta
Lo primero es determinar el valor del restaurante de forma realista. Este valor no solo incluye bienes físicos, sino también ciertos intangibles del negocio. En un restaurante intervienen factores muy particulares del sector hostelero. Algunos elementos a evaluar son:
Localización y tránsito peatonal
Equipamiento de cocina y licencias
Potencial de clientela y hábitos de consumo en la zona
Reputación online y presencia en reseñas
Condiciones del contrato de alquiler
Estado del mobiliario, maquinaria e instalaciones
Todos estos elementos influyen en el precio que puede pedirse por el restaurante y también en la plusvalía que se obtendrá. De cara a Hacienda, lo relevante para calcular los impuestos es la ganancia real de la operación. Por ello es fundamental tener presente cuánto se ha invertido a lo largo de los años y cuánto se ha amortizado o depreciado.
Situación fiscal personal del vendedor
El impacto fiscal de vender un restaurante puede variar notablemente según la situación personal de cada contribuyente. No solo importa la ganancia obtenida, sino todo lo que ocurra en ese mismo ejercicio fiscal. Si en ese año se han generado otras ganancias patrimoniales, rentas del ahorro o beneficios por inversiones, estas se sumarán en la base del ahorro y podrían llevar a tramos impositivos superiores. También influyen aspectos personales como cercanía a la jubilación o la intención de reinvertir en rentas vitalicias.
Tipo de venta
La forma en que se estructura la venta del restaurante también afecta a las obligaciones fiscales. En resumen:
Venta como autónomo (activos del negocio): la ganancia tributa directamente en el IRPF como ganancia patrimonial.
Venta a través de sociedad: si la sociedad vende sus activos, tributa un 25% en el Impuesto de Sociedades y posteriormente el propietario tributa cuando extrae el dinero (dividendos).
Venta de participaciones sociales: la sociedad no tributa por la operación; es la persona física quien declara la ganancia patrimonial en su IRPF.
Planificar adecuadamente la modalidad de venta resulta esencial para evitar una tributación innecesariamente elevada.
Estrategias fiscales para minimizar los impuestos en la venta de un restaurante
Existen estrategias legales que, con planificación, pueden ayudar a reducir la carga fiscal:
Diferimiento impositivo (venta en plazos o en años distintos)
Aplicación de la exención por reinversión
Uso de la amortización pendiente para reducir la base imponible
Evitar prácticas ilegales como el “pago en B”
Reestructuración societaria antes de la venta (en casos complejos)
Este último punto puede incluir operaciones como la fusión por absorción, siempre bajo el régimen de neutralidad fiscal y con motivos económicos válidos.







