El Juzgado Central de Instrucción número dos de la Audiencia Nacional ha dictado una resolución de calado que sacude los cimientos de la actualidad política y judicial. En un auto decretado hoy el magistradoIsmael Moreno Chamarro ha decretado el secreto de las actuaciones de una nueva pieza separada denominada Documentación PSOE.
Esta decisión judicial surge tras la recepción de un testimonio de gran relevancia procedente del Tribunal Supremo, concretamente de su Causa Especial 20775/2020, que ha derivado en la apertura de este procedimiento específico identificado como la pieza separada número sesenta y cinco de la anualidad actual. La medida de secreto, que se extenderá inicialmente por el plazo de un mes, busca blindar una investigación que toca directamente las finanzas de la formación socialista ante la aparición de indicios que apuntan a movimientos de dinero de origen incierto.
El origen de este movimiento procesal se remonta a un informe elaborado por la UCO a principios de octubre, el cual fue posteriormente modificado pocos días después para perfilar con mayor precisión las sospechas detectadas. Según se desprende del texto judicial, los investigadores han hallado evidencias de comunicaciones relativas a posibles pagos en metálico de determinadas cantidades por parte del PSOE.
Estos flujos monetarios, tras ser sometidos a un primer contraste, no han podido ser explicados de manera suficiente ni a través de la información aportada voluntariamente por el propio partido ni mediante las declaraciones que se han prestado hasta la fecha en sede judicial. Esta falta de transparencia inicial ha sido el detonante para que la justicia decida profundizar en los hechos bajo un estricto régimen de reserva.
EL PESO DE LAS COMUNICACIONES INTERNOS
La resolución subraya que los hechos investigados revisten una gravedad especial debido a su propia naturaleza y a la condición de las personas implicadas. El Tribunal Supremo ya advirtió en un auto previo que las conductas puestas de manifiesto podrían ser calificadas como un ilícito penal o, al menos, como irregularidades administrativas de tal calibre que exigen una investigación exhaustiva para despejar todas las incógnitas existentes. Lo que hace que este caso sea particularmente sensible es la conexión directa que estas supuestas entregas de efectivo guardan con personas que ya están siendo investigadas tanto en la causa del Supremo como en el procedimiento que se sigue en la Audiencia Nacional. Por ello, el magistrado considera imprescindible el secreto para evitar interferencias que puedan frustrar el éxito de las pesquisas.

La documentación que el Partido Socialista ha puesto a disposición del juzgado tiene un carácter reservado que el magistrado Moreno Chamarro está decidido a proteger. El auto detalla que los papeles aportados afectan a una pluralidad de sujetos vinculados a la formación, desde cargos públicos de diversa responsabilidad hasta trabajadores de la casa, pasando por simpatizantes y voluntarios que colaboran habitualmente con el partido.
La necesidad de proteger la identidad y los derechos de estas personas, sumada a la urgencia de practicar nuevas diligencias de investigación que se encuentran pendientes, justifica que el juez haya optado por esta medida excepcional que limita el acceso a la causa a casi todas las partes personadas.
FUNDAMENTOS DEL BLINDAJE JUDICIAL
Desde un punto de vista jurídico, el magistrado fundamenta su decisión en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, específicamente en el artículo trescientos dos, que permite suspender la publicidad de las actuaciones cuando el delito sea público y exista un riesgo grave de comprometer el resultado del proceso. El auto reconoce que, aunque la regla general es la publicidad procesal consagrada en la Constitución Española como una garantía institucional, existen excepciones legales justificadas por el interés de la justicia.
En este caso, el secreto no se contempla como una limitación arbitraria a la libertad de información, sino como una herramienta necesaria para asegurar la efectiva represión del delito, un valor constitucional que el juez antepone incluso a los intereses particulares de las partes involucradas.
La única figura que queda al margen de esta restricción de conocimiento es el Ministerio Fiscal. El juez argumenta que el fiscal no es una parte personada al uso, sino un órgano constitucional del Estado que actúa con autonomía funcional dentro del Poder Judicial para defender los intereses colectivos. De esta manera, el Ministerio Público será el único que podrá seguir de cerca los avances de la investigación durante el próximo mes, mientras que los abogados de los investigados y las acusaciones populares verán suspendido temporalmente su acceso a los nuevos documentos y testimonios que se incorporen a la pieza separada número sesenta y cinco.
GARANTÍAS FRENTE A LA INDEFENSIÓN
Para contrarrestar las posibles críticas sobre una merma en el derecho de defensa, el magistrado Moreno Chamarro se apoya en una sólida jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El auto explica que el derecho a un proceso público se aplica fundamentalmente en la fase de juicio oral, pero que la fase de instrucción puede estar amparada por el secreto sin que ello suponga una violación irremediable de los derechos fundamentales. La clave reside en que esta medida es transitoria y que, una vez se alce el secreto al haber cumplido su finalidad, las partes tendrán la oportunidad procesal de conocer íntegramente lo actuado, contradecir las pruebas practicadas y proponer las suyas propias.
El tribunal enfatiza que el objetivo del secreto es impedir que el conocimiento temprano de las actuaciones permita a los investigados manipular pruebas u obstaculizar la investigación en sus etapas críticas. Según el criterio expuesto en el auto, la duración del secreto no es el factor determinante para generar indefensión, sino la falta de una justificación razonable, algo que en este caso el juez considera plenamente acreditado por la especial naturaleza de los delitos de posible financiación irregular que se están rastreando. Por tanto, la medida se presenta como una respuesta proporcional y equilibrada ante la complejidad de los hechos denunciados y la necesidad de salvaguardar el buen fin de la instrucción.

PRÓXIMOS PASOS EN LA AUDIENCIA
La resolución concluye con la orden de poner el auto en conocimiento del Ministerio Fiscal, advirtiendo de que existe la posibilidad de interponer un recurso de reforma ante el mismo Juzgado Central en un plazo de tres días si se considerase que la medida no se ajusta a derecho. Sin embargo, dada la sintonía habitual entre la fiscalía y la instrucción en este tipo de causas complejas, se espera que el secreto se mantenga sin mayores contratiempos durante el periodo estipulado. Mientras tanto, la actividad en el despacho de Ismael Moreno y en las unidades policiales especializadas se intensificará para analizar la documentación pendiente y ejecutar las diligencias que han motivado este blindaje.
Este nuevo capítulo judicial coloca al Partido Socialista en una posición delicada, al verse obligado a esclarecer unos pagos en efectivo que, por el momento, la justicia ve bajo un prisma de sospecha. La mirada está puesta ahora en el horizonte de un mes, momento en el que el juez deberá decidir si prorroga el secreto o si, por el contrario, los detalles de la pieza Documentación PSOE salen finalmente a la luz pública, permitiendo conocer quiénes son exactamente los cargos y trabajadores que se encuentran bajo la lupa de la Audiencia Nacional.






