Nuevo control de la DGT: Perderás 1.000 euros y 6 puntos si tomas este jarabe común antes de coger el coche

Nuevo control de la DGT: el jarabe “de toda la vida” para la tos —y algunos antigripales con codeína— puede acabar en 1.000 euros y 6 puntos si te da positivo. Lo peor es que la sanción se tramita como “presencia de drogas”, aunque el origen sea un medicamento

DGT: la palabra clave del invierno ya no es solo “resfriado”, es “drogotest”. Con los controles de saliva cada vez más habituales, hay conductores que se llevan la sorpresa: toman un jarabe con codeína o un analgésico opioide recetado y, al soplar (o mejor dicho, al “salivar”), el resultado puede encenderse como si hubieran consumido opiáceos.

El susto no se queda en un mal rato en el arcén: circular con presencia de drogas se castiga con 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos del carné. Y aunque exista margen para demostrar que era un fármaco, el primer golpe llega igual: inmovilización, papeleo y la sensación de estar pagando por “hacer las cosas bien” cuando estabas cuidándote.

EL JARABE QUE TE PUEDE ARRUINAR EL CONTROL

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La escena es más común de lo que parece: tos seca, fiebre, noche mala y, a la mañana siguiente, un jarabe o un antigripal “fuerte” con codeína para cortar el síntoma. En España, la codeína se usa como antitusivo y analgésico, y su parentesco con los opiáceos es precisamente el origen del lío cuando entra en juego un test rápido.

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El problema no es solo “dar sueño”: el punto crítico es el resultado del control. Algunos medicamentos para gripe, tos o resfriado pueden arrojar un positivo en un control de drogas, porque el test busca familias de sustancias (como opiáceos) y no siempre distingue el matiz clínico a la primera. En esa fotografía inicial del control, la DGT aplica la misma lógica sancionadora que con drogas ilegales.

¿Consecuencia práctica? Si se conduce y aparece “presencia de drogas”, la sanción administrativa que se tramita es 1.000 euros y 6 puntos, con posibilidad de reducción por pronto pago, pero con el golpe completo en el momento del acta. En la carretera, lo que cuenta es lo que marque el test y lo que puedas acreditar, no lo “razonable” del jarabe.

CÓMO FUNCIONA EL DROGOTEST Y DÓNDE FALLA

Los controles de drogas se apoyan en pruebas de saliva para detectar sustancias como cannabis, cocaína, anfetaminas u opiáceos, y ese enfoque por categorías es el que abre la puerta a confusiones cuando hay medicación de por medio. El conductor no tiene por qué estar “colocado”: basta con que el reactivo interprete señales compatibles con ese grupo.

En paralelo, la propia DGT mantiene información sobre drogas y medicación y recuerda que hay sustancias legales —incluidos fármacos— que alteran funciones psíquicas y pueden comprometer la conducción. A esto se suma lo más delicado del caso: el primer positivo en carretera puede activar el protocolo sancionador, aunque después exista la opción de contrastar o justificar.

Traducido a la vida real: si el resfriado te obliga a medicarte y además tienes que conducir, el riesgo no es solo el síntoma; es el cruce entre medicamento y control. Por eso conviene pensar como lo haría un agente: si aparece un positivo, ¿qué documentación llevas?, ¿qué tomaste exactamente?, ¿cuándo fue la última dosis?

RECETA, PROSPECTO Y PRUEBA DE LABORATORIO: TU SALVAVIDAS

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Aquí llega la parte que muchos desconocen: la sanción por “presencia de drogas” existe, pero se distingue el consumo de drogas de sustancias bajo prescripción en condiciones terapéuticas y compatibles con la conducción. En la práctica, si no puedes acreditarlo en el momento, el trámite se complica y el conductor queda a la defensiva.[1][4]

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La clave está en “demostrarlo”: hay textos divulgativos que insisten en que, para librarte de la multa, necesitas probar que era un medicamento. Eso significa receta, informe médico, caja con tu nombre si procede, y el prospecto donde figure el principio activo. Y, si hay confirmación posterior, el escenario cambia, pero el susto inicial no te lo quita nadie.

Utilidad directa: antes de salir, guarda en el móvil una foto de la receta electrónica o del justificante, y evita el “me lo recetaron hace meses, no lo llevo encima”. Además, si el fármaco es de los que afectan a la capacidad de conducción, la pregunta no es solo “¿me puede multar la DGT?”, sino “¿debería estar conduciendo hoy?”.

LO QUE DEBES HACER ANTES DE ARRANCAR

Si has tomado un jarabe con codeína o un antigripal potente, la primera regla es simple: no te fíes del “a mí no me hace nada”. El criterio clave es tu estado y el tipo de medicación, porque hay fármacos que reducen reflejos o atención aunque tú te notes “normal”.

La segunda regla es preventiva y práctica: revisa el prospecto, identifica el principio activo y, si es un tratamiento recetado, lleva algo que lo acredite. Si te toca control, no improvises: explica qué has tomado, cuándo y por qué, y apóyate en documentación verificable para evitar que todo quede en una discusión estéril en el arcén.

Y la tercera regla, la más importante: si estás lo bastante enfermo como para necesitar un jarabe con codeína, quizá no es el mejor día para conducir. La DGT no solo vigila drogas ilegales; también insiste en la relación entre medicación y seguridad vial, porque el accidente no pregunta si el fármaco era “legal”.

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