Santos Cerdán no quiere que se investiguen los pagos en efectivo recibidos por José Luis Ábalos, ex secretario de Organización del PSOE, ni de su ayudante en el ministerio de Transportes, Koldo García. Así lo ha hecho saber en un recurso de apelación entregado en el Tribunal Supremo para que el Alto Tribunal no autorice a la Audiencia Nacional a acceder a las evidencias digitales de esos pagos. La suerte de este recurso se decidirá el 5 de febrero y el ponente será el magistrado Pablo Llanera.
El Supremo había autorizado el 27 de noviembre de 2025 a la UCO de Guardia Civil a que, actuando para la Audiencia Nacional, accediera a las pruebas digitales guardadas en el Alto Tribunal sobre los pagos en efectivo por parte del PSOE al ex ministro Ábalos y su ex asesor Koldo García.
No se entiende muy bien por qué Cerdán se niega a que la UCO disponga de esas pruebas, teniendo en cuenta que los agentes ya las tienen porque son los mismos que las practicaron y obtuvieron del volcado telefónico de Koldo García. De momento, Santos Cerdán no está investigado por el Juzgado Central de Instrucción 2 de la Audiencia Nacional en este asunto de los pagos en metálico del PSOE a sus miembros.
El caso es que la representación legal de Cerdán recurrió en reforma esta petición pero fue denegado y ahora lo hace de nuevo en apelación, estirando todo lo posible los plazos procesales.
Al recurso de apelación se han opuesto tanto las acusaciones populares, aglutinadas en torno al PP, como la Fiscalía Anticorrupción con Alejandro Luzón.
Uno de los argumentos principales de la defensa de Cerdán para denegar el acceso a las pruebas era que se trataban de evidencias «externas» a la causa instruida en la Audiencia Nacional por Ismael Moreno.

Sin embargo, las acusaciones sostienen que «la defensa del señor Cerdán entiende que esta solicitud del Juzgado Central podría incluso llegar a suponer que las evidencias de esta causa podrían proceder de «creación mediante inteligencia artificial»» y añaden que «se invoca un régimen procesal propio de supuestos de incorporación a un procedimiento penal o diligencias practicadas en otro proceso». Es decir, como si la providencia del juez hubiese ordenado incorporar esas pruebas de «información obtenida en un procedimiento distinto».
La conclusión para esas acusaciones populares es evidente: «en esta causa no se ha acordado la incorporación de material ajeno ni se ha dispuesto la utilización probatoria de resultados de intervenciones de comunicaciones de otro procedimiento, por lo que el recurso planteado cae por sus propios términos».
El fiscal Alejandro Luzón también impugnó el recurso de Cerdán y explica que, en realidad, la documentación que pide Instrucción 2 son «las páginas 98 a 118 del informe policial de fehca 8 de octubre del presente año, de la información facilitada por el Partido Socialista Obrero Español a este Tribunal Supremo acerca de los pagos en metálico que le fueron realizados a los señores Ábalos Meco y García Izaguirre en sus comunicaciones de fechas 21 de julio, 12 de septiembre y 24 de octubre del presente año; así como de las declaraciones prestadas en la presente causa especial por Celia Rodríguez, Mariano Moreno y María del Carmen Pano».
Celia Rodríguez trabaja como secretaria en el partido, Mariano Moreno era gerente del PSOE cuando se produjeron los pagos y Carmen Pano declaró que ella había llevado 50.000 euros en metálico a la sede del PSOE de parte de Víctor de Aldama.
LA INSISTENCIA DE CERDÁN
No hay un hallazgo casual que a modo de notitia criminis exija su inmediata comunicación. Hay un proceso de elaboración policial con el tratamiento de muy diversa información, intervenida en distintas diligencias (…) que da lugar tras meses de trabajo por parte de la UCO a la presentación de un nuevo informe policial ante esta Sala Segunda. Es parte de ese informe, junto con la información facilitada por el PSOE al Tribunal Supremo en distintas comunicaciones y dos declaraciones testificales lo que el magistrado instructor de esta causa especial remite por auto de 31 de octubre de 2025 al Juzgado Central de Instrucción».

Entonces, ¿por qué es tanta la insistencia de Cerdán en que el Supremo deniegue esa información a sus colegas de la Audiencia Nacional? Hay que recordar que Cerdán no está imputado en este caso y que el juez Ismael Moreno ya pidió al PSOE la relación de todos los pagos recibidos y realizados desde 2017 a 2024 y Santos Cerdán fue el secretario general de Organización entre el 13 de julio de 2021 y el 12 de junio de 2025.
Y es cierto que, a pesar de no estar imputado por estos hechos, la información enviada al Supremo por el PSOE reflejaba pagos a José Luis Ábalos por un total 19.636,97 euros entre 2017 y 2019; en el caso de Koldo García, de 11.291,33 euros entre el mismo periodo; y en el de Santos Cerdán, de 30.797,38 euros entre 2017 y 2020.






