Las acusaciones se oponen a la comparecencia a distancia de Ábalos

La Ley dispone que los acusados deben escuchar en directo las acusaciones contra ellos, pero Ábalos y Koldo alegan enfermedad para no comparecer esposados

El ex ministro socialista José Luis Ábalos, en prisión preventiva desde noviembre de 2025, ha remitido al Tribunal Supremo un parte médico en el que alega una serie de dolencias para evitar acudir presencialmente el próximo día 12 de febrero a la vista preliminar ante el Alto Tribunal, antes del juicio que le sentará en el banquillo por integrar una trama delicitiva que cobraba comisiones a cambio de adjudicar contratos públicos para la compra de material sanitario, durante la pandemia de Covid 19, en concreto mascarillas por 53 millones de euros.

Al menos dos de las acusaciones populares, consultadas por Moncloa.com, ya han manifestado su oposición a que Ábalos declare por videoconferencia, lo mismo que ha pedido Koldo García al Supremo alegando también problemas médicos.

Las acusaciones alegan que «si pudo declarar en enero, octubre y noviembre de 2025 cuando fue por su propio pie no vemos por qué no va acudir ahora».

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El escrito de su abogado Marino Turiel presentado el pasado 3 de febrero, va acompañado de varios informes médicos fechados el 27 noviembre de 2025 por el jefe de los servicios médicos del Congreso de los Diputados, el mismo día que el Supremo dictó auto de entrada en prisión. Pero ese informe manuscrito de 9 líneas recoge un resumen de informes.

Los tres son del Hospital Universitario Ramón y Cajal, el primero de 13 de marzo de 2025, el segundo del día 20 del mismo mes y el último de fecha 1 de abril de 2025. El médico del Congreso hace un resumen de todas las enfermedades registradas por Ábalos en sus visitas al hospital que le correspondía por zona de residencia.

“Cumplimentando la petición de no asistencia a la vista de las cuestiones previas previstas para el próximo día 12, adjuntamos informes médicos de la situación física de Ábalos, infiriéndose que padece una (…); (…) detectada en el año 2025, (…); así como (…) que le producen (…) hasta el punto de impedirle la movilidad”, dice el escrito aportado por su abogado ante el Tribunal Supremo.

Ábalos tiene ahora 65 años, pidió su baja voluntaria en el Congreso de los Diputados y ha solicitado la jubilación. Las peticiones de las acusaciones populares son de 30 años de cárcel para él y 24 años para Koldo García. La fiscalía rebaja la petición a 24 años en el primer caso y 19,5 años en el segundo.

El exministro de Transportes José Luis Ábalos pidió el pasado 3 de febrero no acudir presencialmente al Tribunal Supremo a la vista preliminar del juicio por las presuntas irregularidades en la compra de mascarillas y, al igual que lo solicitó su ex asesor Koldo García, seguirla por videoconferencia desde prisión.

Así consta en un escrito en el que el abogado de Ábalos señala que los traslados desde prisión, donde se encuentra el exministro desde noviembre, «suponen un deterioro anímico y físico» para el detenido.

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«Entendemos que el sufrimiento que supone no puede sino justificarse con la necesidad imperiosa de dicho traslado a sede judicial, que entendemos -respetuosamente- no se da en el caso que nos ocupa», añade el letrado de Ábalos.

FURGONES «MAL DISEÑADOS»

En este sentido, Turiel indica que los presos «son trasladados en furgones blindados diseñados para la seguridad, no para la comodidad», y, «a menudo», compartiendo espacios «reducidos y en condiciones de higiene más que mejorables».

Y recuerda que el Defensor del Pueblo «ha recomendado en ocasiones la revisión de los protocolos para evitar desplazamientos innecesarios y mejorar las condiciones».

Por su parte, la abogada de Koldo presentó un escrito, en el que remarca que su traslado a la Audiencia Nacional el pasado 21 de enero desde la cárcel de Soto del Real (Madrid) -para recibir un disco duro con la información de varios de los dispositivos decomisados por la Guardia Civil- se hizo «sin proporcionarle un sistema de retención compatible» con su morfología. Es decir, las esposas eran pequeñas.

Esto, según la letrada Leticia de la Hoz, le causó «erosiones en ambas muñecas y traumatismos dorsales». Unos daños que «resultan a todas luces gratuitos y desproporcionados, por cuanto no existe riesgo de fuga ni antecedentes de resistencia», añade.

Tras esa petición de Koldo García, el Supremo pidió a los servicios médicos del centro penitenciario un informe sobre su estado de salud antes de decidir si permite al ex asesor asistir por videoconferencia a la audiencia preliminar.

ÁBALOS DEBE ESTAR PRESENTE

Dicha vista se enmarca dentro de la Ley de Eficiencia de Poder Judicial. El artículo 785 reza que la celebración de la audiencia preliminar «requiere la asistencia del acusado y del abogado defensor», por lo que Ábalos, Koldo y Aldama tendrían que asistir a la vista.

Y añade que las partes «podrán exponer lo que estimen oportuno» antes de la celebración del juicio. Concretamente, señala aspectos relacionados con «la posibilidad de conformidad del acusado o acusados, la competencia del órgano judicial, la vulneración de algún derecho fundamental, la existencia de artículos de previo pronunciamiento, causas de la suspensión de juicio oral, nulidad de actuaciones, así como sobre el contenido, finalidad o nulidad de las pruebas propuestas».

«Podrán igualmente proponer la incorporación de informes, certificaciones y otros documentos. También podrán proponer la práctica de pruebas de las que las partes no hubieran tenido conocimiento en el momento de formular sus escritos de acusación o defensa», indica el mismo artículo.

Una vez celebrada la vista, el juez o tribunal «examinará las pruebas propuestas y resolverá admitiendo las que considere pertinentes y rechazando las demás», precisa. Lo hará, según el mismo artículo, «de forma oral», salvo que, «por la complejidad de las cuestiones planteadas», hubiera de hacerlo por escrito.

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