Las defensas de Ábalos y Koldo alegarán «incompetencia sobrevenida» del Supremo

El ex ministro de Transportes, ex secretario de Organización del PSOE y ex diputado, José Luis Ábalos y su ex asesor ministerial, Koldo García Izaguirre, han intentado evitar comparecer este jueves ante el Tribunal Supremo. El Alto Tribunal celebra una audiencia previa a su enjuiciamiento, junto a Víctor de Aldama, por su presunta implicación en la trama compra de mascarillas por parte del Gobierno, durante la pandemia del COVID 19.

Los abogados de los tres alegarán varias circunstancias para oponerse, excepto el de Víctor de Aldama, quien, supuestamente, estaba de acuerdo con la calificación fiscal, según un escrito enviado al Alto Tribunal. Es más, el abogado de Aldama podría solicitar del juez una sentencia de conformidad si todas las partes están de acuerdo, algo a lo que previsiblemente de opondrán los otros dos imputados puesto que sería reconocer su culpabilidad.

Koldo y Ábalos solicitaron hace varios días declarar por videoconferencia alegando cuestiones médicas que impedirían su traslado desde la prisión de Soto del Real (Madrid) donde están internados desde el 27 de noviembre de 2025 en régimen de prisión provisional.

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El ex ministro Ábalos incluso presentó varios informes médicos para evitar eludir su obligación de viajar en el furgón policial que deberá trasladarles desde la cárcel hasta la sede del Supremo. Allí, en primera fila les esperarán los letrados de las acusaciones populares a los que el juez les permitirá asistir.

No podrán hablar, solo pueden hacer los abogados defensores, fiscal, acusaciones y el juez instructor.

Las opciones que en este asunto tienen Ábalos y Koldo García pasan solo por dos posibilidades: acogerse como hasta ahora la vulneración de sus derechos fundamentales o a la «incompetencia sobrevenida» del Tribunal que quiere juzgarlos puesto que Ábalos renunció a su aforamiento y el resto de la causa pasó a la Audiencia Nacional. Los abogados también pueden proponer pruebas que no se hayan practicado ni descartado previamente por el juez instructor.

Ábalos hizo pública su renuncia al acta de diputado a través de un mensaje publicado en la red social X: «Una vez resuelto por la Sala II del Tribunal Supremo mi Recurso de Apelación contra el Auto de Prisión, hoy he presentado ante la Mesa del Congreso mi renuncia al acta de diputado por València, dado que en todo este proceso consideró que el respeto a los procedimientos legales es un pilar fundamental del Estado de Derecho que garantiza la ‘presunción de inocencia’ de todos y todos los ciudadanos; asegurar la separación de poderes; la imparcialidad y la tutela judicial efectiva sin arbitrariedades.

Desde la aprobación del Suplicatorio en enero de 2025 y pese a las prisas siempre de los órganos de gobierno de la Cámara por suspender mis derechos y deberes como diputado, continuamente he venido defendiendo ante la Mesa y la Presidencia del Congreso la importancia de hacer prevalecer la integridad del derecho de representación recogido en el Art. 23 de la Constitución; el concepto del mismo, su significado y los límites de la inmunidad parlamentaria tal y como lo entienden el Tribunal Constitucional a través de sus sentencias y la propia doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos como garantías en virtud de un interés general y de la propia independencia del Parlamento.

Estas y no otras, han sido las razones por las que hasta hoy he mantenido mi acta, que entiendo no puedo sostener en mi actual situación procesal y sobre la que estoy proyectando toda mi actividad en ejercitar mi derecho de defensa y el amparo de mi inocencia.

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Ha sido un verdadero honor ser diputado de las Cortes Generales de la IX, X, XI, XII, XIII, XIV y XV Legislaturas y doy mi gratitud a los valencianos y valencianas que me han permitido servir al pueblo español para proteger y expandir las garantías individuales y colectivas, los principios que son esencia de la Constitución Española y de la historia parlamentaria de España, y donde siempre he buscado fortalecer la justicia social, la libertad, la igualdad y el pluralismo como valores supremos y fundamentos de un Estado social y democrático de Derecho. Puedo decir con orgullo que ha sido una responsabilidad emocionante. ¡Gracias por tanto!».

De momento, los abogados de Ábalos y Koldo siempre han basado su línea de defensa en la inocencia de sus clientes y han argumentado en ocasiones una persecución política contra ellos. Alegar la violación de derechos fundamentales durante la práctica de algunas pruebas, como la incautación de discos duros o teléfonos móviles, serviría para pedir la nulidad de las mismas y, mucho tiempo después, para acudir al Tribunal Constitucional en amparo.

La «incompetencia sobrevenida» de un Tribunal ocurre cuando un órgano jurisdiccional que era competente al inicio de un proceso pierde esa facultad por circunstancias posteriores, como cambios en la materia, territorio o función, lo que puede llevar al reenvío del caso a otro juzgado. Por ejemplo, el surgimiento de violencia de género durante una causa obliga a trasladar el caso de un juzgado civil a uno de Violencia sobre la Mujer.

PETICIONES PARA ÁBALOS Y KOLDO 

El ex ministro José Luis Ábalos se enfrenta a una petición fiscal de 24 años de prisión y Koldo García a 19. El fiscal pide para Aldama un total de 7 años, salvo que el fiscal cambie su petición a última hora, algo que puede hacer, alegando su colaboración con la Fiscalía Anticorrupción y aportando pruebas importantes para la instrucción. Las acusaciones populares piden para Ábalos 30 años de cárcel y 29 años para Koldo García. Respecto a Aldama respetan la petición fiscal.

Una vez celebrada esta vista para la que los medios de comunicación se podían acreditrar, el juez o tribunal «examinará las pruebas propuestas y resolverá admitiendo las que considere pertinentes y rechazando las demás», según la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim). Tendrá que hacerse en ese preciso momento y «de forma oral», salvo que «por la complejidad de las cuestiones planteadas», tuviera que escribirlo.

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