La defensa de la Policía Nacional presuntamente agredida por el Director Adjunto Operativo (DAO) de Policía Nacional, José Ángel González, ha pedido al juzgado que ya instruye la causa por agresión sexual con penetración la práctica de 8 diligencias para probar la veracidad de su querella. Entre otras, pide la intervención de agentes de la Guardia Civil para realizar peritajes de audio.
El abogado ha solicitado del juzgado 8 cuestiones, entre ellas la declaración del denunciado, que tendrá lugar el 17 de marzo. Estas son las las diligencias solicitadas:
– Requerimiento documental al Punto de Violencia de Rivas Vaciamadrid municipal para la remisión del informe de intervención psicosocial realizada a la víctima, con el fin de acreditar la necesidad de tratamiento médico tras por las lesiones padecidas a consecuencia de los daños derivados de los hechos denunciados.
– Aporte de los partes médicos de la víctima, a efectos de acreditar las lesiones padecidas a consecuencia de los daños derivados de los hechos denunciados
– Incorporación de la Hoja de Servicios del investigado Don José Ángel González Jimenez, para contrastar su destino y rango profesional objetiva que configura su posibilidad de superioridad.
– Interrogatorio, en calidad de investigado, de Don José Ángel González Jimenez, a fin de que sea interrogado de manera exhaustiva sobre los hechos objeto de la presente querella, en especial respecto a los criterios empleados en la evaluación, la motivación de sus decisiones y el
conocimiento real que tenían del evaluado. Deberá ser citado por medio de su superior jerárquico.
– Interrogatorio, en calidad de querellante, de Doña (…), a fin de que se ratifique y explique de manera exhaustiva y bajo juramento o promesa sobre los hechos objeto de la presente querella, será citada por su propia representación.
– Prueba testifical, citando a declarar al Comisario y Asesor del DAO Don Óscar San Juan González. Todos ellos deberán ser citados por medio de su superior jerárquico.
– Prueba pericial informática, en caso de ser impugnada la autenticidad de las llamadas, mensajes y audios que se aportarán cuando el juzgado lo determine, solicitando el nombramiento o comisión de agentes de la guardia civil con experiencia en peritaje judicial especializado para el cotejo, análisis forense y verificación tanto de la autoría como del contenido de dichos mensajes, con el fin de garantizar su validez probatoria y evitar cualquier manipulación o alteración.
– Documental que se aporta junto a la presente querella, consistente en la información y regulación interna que sustenta los indicios delictivos militares objeto de la instrucción.
La querella acusa al ex DAO, que dimitió pocas horas después de estallar el escándalo, de los delitos de «agresión sexual con penetración», «coacciones», «lesiones psíquicas» y «malversación de caudales públicas», que habrían comenzado, supuestamente el 23 de abril de 2025 en el domicilio oficial del DAO en Madrid.
REQUERIMIENTO DEL DAO
Los hechos habrían ocurrido cuando la denunciante acudió a requerimiento del ex DAO a recogerlo a un restaurante desde Coslada a Madrid y luego llevarlo a su residencia oficial. Allí González habría insistido en que subiera y, a pesar de que ella se habría negado al final accedió a subir con la promesa de que «iban a hablar sobre nosotros dos», en referencia a una relación sentimental que la mujer ya había dado por concluida, según apunta la denuncia.
«El querellado desplegó durante este tiempo una intensa presión psicológica, insistiendo de forma obsesiva y manipulativa hasta lograr doblegar la voluntad de la víctima, diciendo que sólo iban a hablar, que no podían hacerlo en el vehículo porque les podía ver alguien, el portero o sus vecinos, accediendo finalmente la víctima a subir al inmueble bajo el pretexto explícito y la promesa del querellado de que únicamente iban ‘a hablar sobre nosotros dos'».
Una vez dentro de la casa, «el querellado sirvió dos copas de cerveza e inició de inmediato un acercamiento físico de naturaleza sexual hacia la víctima, acercamiento que fue rechazado de forma verbal, expresa, rotunda y continuada por la víctima en todo momento», reseña la querella.
Todos estos hechos se sustentan en «una grabación de audio que se aporta» y «consisten en que en el interior de la vivienda el querellado manifiesta a la víctima que no puede irse de la misma con exabruptos, así como la insistencia en la práctica de actos sexuales que la víctima rechaza de forma expresa en todo momento, pese a lo que el querellado de forma insistente toca con su mano (…)».
La querella relata luego el «acoso telefónico», «mensajes intimidatorios», «utilización de múltiples terminales telefónicos», una «campaña de acoso continuado», «conversación intimidatoria del 22 de mayo de 2025», «llamadas a la víctima el 12 de junio de 2025», «intervención de tercero: presiones laborales a través de Óscar San Juan González» y finalmente, «nuevas llamadas intimidatorias».





