El accidente ferroviario de Adamuz enfrenta un nuevo e inesperado frente judicial en la localidad cordobesa de Montoro. Lo que comenzó como una investigación técnica para esclarecer las causas de un siniestro ferroviario se ha transformado, en apenas unos días, en una potencial causa penal por la presunta obstrucción a la justicia y manipulación de evidencias críticas. La magistrada Cristina Pastor Recover, titular del Juzgado de Instancia de Montoro, ha tomado las riendas de un caso que señala directamente a los responsables de la Base de mantenimiento del AVE de Adif en Hornachuelos.
Una situación que puede ser de máxima gravedad técnica y jurídica, dado que las piezas manipuladas y retiradas podrían ser la clave definitiva para entender por qué un convoy perdió la estabilidad en la vía. Todo esto en un momento bajo mínimos en la popularidad de Adif tras los accidentes recientes y los casos presuntos casos de corrupción con los que se relaciona a la entidad.
Todo se precipita a raíz de un informe detallado remitido por la Comandancia de la Guardia Civil de Córdoba, específicamente desde su Unidad Orgánica de Policía Judicial. Según se desprende de la documentación oficial fechada el 7 de febrero de 2026, los investigadores han detectado movimientos de material que no contaban con el visto bueno del juzgado instructor. El eje del conflicto reside en unos denominados «cupones de raíl», secciones específicas de la vía que contienen soldaduras. Estos elementos son fundamentales para la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF), que pretendía someterlos a un análisis exhaustivo para determinar si un fallo estructural en el metal o una ejecución defectuosa de la soldadura pudieron propiciar el accidente.

CRONOLOGÍA
La cronología de los hechos presentada por el instructor de la Guardia Civil revela una serie de actuaciones por parte de Adif que han sido calificadas como posibles irregularidades. De acuerdo con las manifestaciones tomadas al responsable de la base de Hornachuelos, se recibió una orden verbal del Jefe de Área de Adif para proceder a la retirada de estos cupones de raíl y su traslado inmediato durante la noche y madrugada entre el 22 y el 23 de enero de 2026. Esta operación se realizó de forma opaca para la instrucción judicial, que en ese momento aún no había autorizado el movimiento de piezas de tal relevancia para el caso.
El informe policial es contundente al señalar que no solo se produjo un traslado no autorizado, sino que el personal de Adif fue un paso más allá al realizar ensayos técnicos sobre los rieles extraídos. Aunque el compareciente ante la Guardia Civil afirmó que se trataba de pruebas de dureza no destructivas, el instructor reconoce ignorar el alcance real de dichas pruebas y cómo estas pudieron alterar el estado original de la prueba. Este punto es especialmente delicado, ya que cualquier alteración en la superficie o la estructura interna del metal, por mínima que sea, puede invalidar los peritajes posteriores que la CIAF o los peritos judiciales deban realizar para determinar responsabilidades civiles o penales.

La contradicción entre las acciones de la gestora de infraestructuras y las directrices judiciales es manifiesta. El 28 de enero de 2026, el juzgado comunicó formalmente a Adif que no existía inconveniente para iniciar las labores de reconstrucción y restablecimiento del servicio ferroviario en la zona del accidente. Sin embargo, esta autorización se refería exclusivamente a la operatividad de la vía y al uso de maquinaria pesada para despejar la zona, en ningún caso facultaba a la empresa para intervenir sobre el material que ya había sido identificado como de interés para la instrucción. La Guardia Civil incluso tuvo que proceder al precinto de las soldaduras depositadas en la Base de Hornachuelos para evitar que la cadena de custodia siguiera degradándose.
Ante la gravedad de los hallazgos reportados por la Policía Judicial, la Jueza Cristina Pastor Recover ha dictado una providencia de carácter urgente. En este documento jurídico, la magistrada requiere formalmente a Adif que se abstenga de realizar cualquier tipo de operación tendente a la extracción o traslado de material relacionado con la causa. La orden judicial es taxativa: queda prohibida la práctica de cualquier prueba sobre el material extraído si no media una autorización judicial previa y expresa. Además, se exige la restitución inmediata de todo el material que obre en poder de la entidad ferroviaria y que sea relevante para el esclarecimiento de los hechos.

POSIBLE DELITO
La providencia subraya que el incumplimiento de estas órdenes se hará bajo el apercibimiento de incurrir en responsabilidad penal. Esto sitúa a los directivos y técnicos de Adif en una posición extremadamente vulnerable, donde una decisión administrativa o técnica mal ejecutada podría derivar en delitos de desobediencia o incluso de destrucción de pruebas. La investigación ahora no solo busca las causas del descarrilamiento del vagón número ocho del convoy de Iryo, sino que también intenta desvelar por qué hubo tanto interés en manipular las soldaduras antes de que los peritos oficiales pudieran examinarlas de forma imparcial.
Adif podría argumentar la urgencia de reabrir el tráfico en una arteria vital para el país, la justicia mantiene que la seguridad jurídica y la búsqueda de la verdad sobre el accidente prevalecen sobre la celeridad operativa. El material precintado en Hornachuelos permanece ahora como el testigo mudo de una batalla legal que determinará si el accidente fue una fatalidad técnica o el resultado de negligencias que alguien, presuntamente, intentó ocultar bajo el manto de la reparación rutinaria. Óscar Puente, ministro de Trabajo, declara mucho, aclara poco, de momento.
