El Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha acordado la apertura de juicio oral contra la ex vicepresidenta de la Generalitat valenciana Mónica Oltra y otros 12 acusados por el presunto encubrimiento de los abusos sexuales a una menor tutelada por la Generalitat cometidos por su ex marido, Luis Ramírez Icardi, educador social en 2017 cuando ocurrieron los hechos, y que cumple una condena de cinco años cárcel por esos hechos. En el posterior proceso judicial contra el exmarido de Mónica Oltra ningún organismo del Gobierno valenciano se personó en defensa de la menor, que tuvo que ser asistida por un letrado particular.
Hay que recordar que la menor, de 14 años, no fue creída por nadie hasta que dos policías nacionales escucharon el relato por casualidad y acudieron a la fiscalía de menores, que decidió actuar de oficio contra el entonces marido de Mónica Oltra, que finalmente fue condenado en sentencia firme a 5 años de cárcel por estos abusos. La joven, que ahora es mayor de edad, ejerce la acusación particular y pide 3 años y medio de cárcel para Mónica Oltra y 12 meses de inhabilitación para empleo o cargo público por los delitos de prevaricación, malversación y un delito contra la integridad moral.
Si Mónica Oltra decidiese volver a la política, como viene especulándose durante los últimos meses, una condena de inhabilitación la perjudicaría enormemente.
Al mismo tiempo el juez abrió otra pieza separada para investigar la actuación de la consejería de Mónica Oltra que acabó en el Tribunal Superior de Justicia de Valencia al ser entonces aforada. Su procesamiento judicial dio comienzo a su declive político, pues la entonces secretaria general de Compromís tuvo que dimitir de todos sus cargos políticos en junio de 2022. La menor denunció entonces el abandono de la Generalitat, que ni siquiera se personó en la causa contra el ex marido de la política, y la actuación de varios funcionarios por el supuesto encubrimiento de su denuncia y de la investigación de la Fiscalía de menores valenciana.
Ahora, la juez envía al banquillo a la ex vicepresidenta de la Generalitat tras ordenarlo la Audiencia de Valencia, en contra del criterio del anterior juez instructor y la Fiscalía. Oltra y los otros 12 investigados están acusados de los delitos de prevaricación administrativa, malversación, contra la integridad moral, omisión del deber de perseguir delitos, encubrimiento y abandono de menores.
MÓNICA OLTRA Y LA FIANZA
El auto de apertura de juicio oral no modifica la situación de los procesados, aunque les reclama una fianza conjunta y solidaria de 120.000 euros y declara la responsabilidad civil subsidiaria de la Generalitat Valenciana, que era entonces el tutor legal de la menor.
De hecho, la Audiencia de Valencia ya se pronunció en contra del relato fáctico que hizo el juez instructor, que no apreció indicios de delito, por considerarlo «incompatible» con el sobreseimiento provisional de la causa que él mismo había decretado. Tampoco la Fiscalía presentó escrito de acusación. Sin embargo, la acusación particular ejercida por la víctima María Teresa T.M., al igual que las acusaciones populares del partido político Vox y la asociación Gobierna-te, recurrieron la decisión y pidieron la apertura del juicio oral contra Oltra y otros 12 acusados, con el argumento de que existían «indicios suficientes de criminalidad para acordar la apertura de juicio oral».
«Si existe probabilidad de que los hechos puedan ser apreciados como subsumibles en una conducta, por acción u omisión, valorable razonablemente por las partes acusadoras como delictiva, aun cuando el magistrado instructor no comparta tal valoración, no puede negar a las acusaciones la apertura del juicio oral», concluyó la Audiencia.
En el caso de Oltra es acusada de seis delitos, el resto de acusados en su mayoría lo son de 5 delitos, con excepción de otros tres acusados que lo son de seis delitos también. El juzgado también sobresee la causa respecto de Francesc Gamero Lluna.
A los trabajadores y funcionarios de la Generalitat se les acusa de varios delitos, desde el abandono de menores hasta la prevaricación. En el primero de los casos la pena es de tres años de prisión, la prevaricación acarrea 12 años de inhabilitación para ejercer cargo público, un año y medio por la malversación y hasta dos años de cárcel por delito contra la integridad moral
