La defensa d eKoldo García pretende demostrar que tanto su defendido como su hermano, Joseba García, y su pareja cuando sucedieron los hechos, Patricia Úriz fueron sometidos a una investigación prospectiva por parte de la UCO de la Guardia Civil, que investiga el Caso Koldo.
Para ello la abogada Leticia de la Hoz ha pedido a la Audiencia Nacional, «las fechas precisas en que se produjeron visualizaciones o accesos a las bases de datos policiales bajo su gestión, así como a cualesquiera otras fuentes de información manejadas por dicho Cuerpo (incluyendo, a título enunciativo y no exhaustivo, el Sistema Integrado de Gestión Operativa, Análisis y Seguridad Ciudadana (SIGO), el Sistema de Registro de Investigaciones del CITCO y el SINVES-Aquila), en relación con los datos concernientes a D. Koldo García Izaguirre, D. Joseba García Izaguirre y Dª Patricia Uriz Uriarte».
La letrada solicita también «la identificación de los agentes que efectuaron dichas visualizaciones o accesos» y añade que «la información deberá extenderse, asimismo, a la trazabilidad de los accesos relativos a registros mercantiles, datos catastrales, información de cuentas bancarias y cualesquiera otros datos a los que los funcionarios de la Guardia Civil tengan acceso en el ejercicio de sus funciones».
La Audiencia Nacional ya declaró la no procedencia de esta diligencia y explican en su decisión que «a mayor abundamiento, idéntica petición ya fue denegada a dicha representación procesal en resolución de 28 de julio de 2025 de este órgano judicial, cuyo contenido se tiene por reproducido», pero es que además, «en el presente caso, la petición realizada por la representación procesal del investigado D. Koldo García Izaguirre solicitando oficiar a la Guardia Civil a fin de determinar si hubo o no una investigación si prospectiva, no se considera
necesaria ni pertinente ni útil».

El juez de la Audiencia Nacional, califica la petición de la prueba «de inútil a los fines de la presente investigación, no es ni necesaria ni pertinente, no habiendo existido, investigación prospectiva y estando los hechos origen del presente procedimiento perfectamente identificados, valorada en relación a las ya practicadas y las que están aún practicándose, que tienen como objetivo fundamental la determinación de la naturaleza y circunstancias de los hechos a que se refieren las presentes diligencias, así como de las personas que pudieran haber participado en su comisión, por lo que, acogiendo en su integridad las alegaciones del Ministerio Fiscal, no procede acceder a la práctica de las diligencias solicitadas, resultando evidente que, no habiendo existido ni en procedimiento principal, donde ya se realizó idéntica petición, ni en la presente Pieza Separada, investigación prospectiva, las diligencias interesadas no conducen al esclarecimiento de hechos».
El juez instructor no aceptó esta práctica sumándose a los mismos argumentos esgrimidos por la Fiscalía Anticorrupción mediante un auto dictado el 3 de marzo. Pero es de esperar que la defensa de Koldo García recurra el citado auto, que ya ha sido recurrido en reforma, aunque también es previsible que sea rechazado por el juzgado.
JUICIO CASO KOLDO
La Sala Penal del Tribunal Supremo dictaba un auto el pasado 4 de marzo en el que desestimaba todas las cuestiones previas planteadas por las defensas del ex ministro José Luis Ábalos y su ex asesor Koldo García Izaguirre en el llamado ‘caso mascarillas’, y señalaba el 7 de abril, a las 10 horas, como día de comienzo del juicio oral en el que ambos, junto al empresario Víctor de Aldama, se sentarán en el banquillo por presuntos delitos de cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, integración en organización criminal, uso y aprovechamiento de información privilegiada, falsedad y prevaricación.
Respecto a la petición de prueba testifical, la Sala aceptaba en el auto todos los testigos propuestos por la Fiscalía y por el acusado De Aldama, y en el caso de los que solicitaba Ábalos, admitía todos menos el del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. Entre los que sí proponía este acusado y se aceptaron están el ministro de Político Territorial Ángel Víctor Torres y la presidenta del Congreso y ex presidenta de Baleares Francina Armengol, ésta última también pedida por Koldo García.
Asimismo, el tribunal de siete magistrados que juzgará el caso rechazó 8 de los testigos solicitados por Koldo García (entre ellos también Grande-Marlaska así como el presidente de la Generalitat y exministro de Sanidad, Salvador Illa), así como 13 de los pedidos por la acusación popular, entre quienes estaban el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, la vicepresidenta María Jesús Montero, y la ex ministra de Industria Reyes Maroto.
En total se aceptaban más de 75 testigos, así como una veintena de peritos. Entre los testigos admitidos figuraban, además de Torres y Armengol, la presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano (solicitada por Ábalos y Koldo García), la ex presidenta de Adif Isabel Pardo de Vera (solicitada por todas las partes), el ex secretario de Estado de Interior Rafael Pérez Ruiz, el director general de la Policía, Francisco Pardo Piqueras (a petición de Koldo García), el ex gerente del PSOE Mariano Moreno (solicitado por Ábalos, Koldo García y la acusación popular), así como ex jefes de Gabinete de los ministros de Sanidad e Industria, ex presidentes de Renfe, Correos y Puertos del Estado, y varios empresarios y familiares y allegados de los acusados.
