El tribunal que juzgará el ‘caso mascarillas’ ha rechazado las peticiones de la presidenta del Tribunal de Cuentas, el director de la Policía, Francisco Pardo, el ex presidente de Renfe y el ex director del Gabinete del ministro de Sanidad, citados como testigos, para prestar declaración por escrito o por videoconferencia.
En una providencia, la Sala argumenta al respecto que, conforme al artículo 325 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no concurren ‘razones de utilidad, seguridad o de orden público’, ni tampoco se perturba el adecuado ejercicio del cargo profesional desempeñado.
Por tanto, la resolución indica que no ha lugar a las peticiones de prestar declaración por escrito ni por videoconferencia, ni desde los Juzgados de su domicilio como interesaban el expresidente de Renfe Isaías Táboas, o el ex jefe de Gabinete del exministro Salvador Illa, Víctor Francos; ni desde su despacho oficial, como lo hacían la presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano, y el director general de la Policía, Francisco Pardo.
DENIEGAN PETICIÓN DE LIBERTAD DE ÁBALOS Y KOLDO GARCÍA
Por otra parte, el Supremo ha denegado de nuevo la libertad provisional del ex ministro José Luis Ábalos y su ex asesor Koldo García Izaguirre.
El auto explica que se ratifica «argumentación que el Auto de 16 de enero de 2026 de la Sala de apelación desestimó al recurso formulado contra la prisión preventiva acordada por el Instructor».
Y añade que «los fundamentos de la pretensión son sustancialmente los mismos que ahora se aducen en el escrito que presentan solicitando la libertad. La proximidad del señalamiento del juicio hace que la argumentación expuesta en orden al riesgo de fuga deban ser ratificadas».
«Respecto a la argumentación de ambos escritos, referida a la necesidad de preparar el juicio, esta Sala, en providencia de 10 de marzo pasado, expresó su acuerdo con las alegaciones de los acusados, en orden a la necesidad de espacios y tiempo para la preparación del juicio y la realización de la prueba que va a desarrollarse, testifical, pericial y documental y, como dijimos, los interesados deberán dirigirse al centro penitenciario en el que están internados, para que los mismos, en Causa Especial (…) aplicación del ordenamiento vigente, habiliten espacios y tiempo para facilitar el derecho de defensa», concluye.
