La Fiscalía pide al Supremo levantar la suspensión de la ‘ley de nietos’: 163.020 nacionalizados podrían votar el 29-N

El Supremo adoptó en septiembre la suspensión cautelar del voto y de las nuevas inscripciones en el censo, salvo exilio acreditado. El censo que se usará en los comicios es el cerrado el 1 de agosto.

La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que levante la suspensión cautelar de la ‘ley de nietos’ antes de las elecciones del 29 de noviembre. El Ministerio Público sostiene que el adelanto electoral ha alterado la ponderación de intereses que llevó al alto tribunal a adoptar esas medidas en septiembre y reclama que los afectados puedan votar, según confirman fuentes de la Fiscalía.

El escrito se ha presentado dentro del plazo de alegaciones que el Supremo abrió tras la convocatoria electoral y antes de resolver sobre el fondo del asunto. La suspensión pesa sobre 163.020 electores nacionalizados, la cifra que maneja el procedimiento.

Qué pide exactamente la Fiscalía al Supremo

El escrito del Ministerio Público pone el acento en las ‘dificultades’ y las ‘incompatibilidades’ entre dos hechos: el censo quedó cerrado el pasado 1 de agosto y la suspensión cautelar puede bloquear las altas hasta la propia jornada electoral.

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  • Levantar la suspensión del voto para que los nacionalizados acogidos a la norma puedan participar en los comicios.
  • No ejecutar las actuaciones de revisión del censo ‘al menos durante este proceso electoral’.
  • Dar oportunidad de personarse a los afectados por las medidas adoptadas por el Supremo.

Ninguna de estas peticiones entra en el fondo del recurso. La Fiscalía subraya que el adelanto puede haber cambiado el escenario en el que el Supremo ponderó los intereses en juego, y defiende que esa circunstancia debe valorarse al revisar las cautelares.

Todavía no hay pronunciamiento del Supremo sobre la petición. El tribunal debe decidir si mantiene, levanta o modula las medidas antes de entrar en el fondo del asunto.

La suspensión pesa sobre 163.020 votos a siete semanas de las urnas. El Supremo debe decidir si prima el calendario electoral o la seguridad jurídica del censo.

Las medidas cautelares de septiembre y el censo del 1 de agosto

El alto tribunal acordó en septiembre suspender de forma cautelar el voto y las nuevas inscripciones en el censo de las personas acogidas a la ‘ley de nietos’, salvo en los supuestos de exilio acreditado. Las medidas cautelares son decisiones provisionales que se mantienen mientras el tribunal no resuelve el fondo.

La ‘ley de nietos’ es el nombre con el que se conoce la vía abierta por la Ley de Memoria Democrática para que los descendientes de exiliados puedan optar a la nacionalidad española. El censo que se empleará en los comicios es el cerrado el pasado 1 de agosto.

Quienes pueden documentar el exilio acreditado quedan fuera de la suspensión. El resto de los afectados sigue alcanzado por la medida hasta que el Supremo resuelva.

Qué ocurre si el Supremo mantiene la suspensión

El censo de referencia para los comicios del 29 de noviembre se cerró el 1 de agosto, antes de que el Supremo dictara sus cautelares en septiembre. De ahí la incompatibilidad que el Ministerio Público pone sobre la mesa: la fotografía del cuerpo electoral ya está tomada.

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Con el plazo de alegaciones abierto, el Supremo tiene sobre la mesa tres opciones: mantener la suspensión, levantarla o modularla. Las cautelares son revisables. La Fiscalía ha pedido expresamente que no se mantenga de cara a la cita electoral del 29 de noviembre.

La suspensión de las altas impediría, mientras siga vigente, que nuevos inscritos entren en el censo antes de la jornada de votación, según el planteamiento del Ministerio Público. Los 163.020 nacionalizados afectados no sabrán si podrán votar hasta que el Supremo se pronuncie.

⚖️ Datos del caso

  • Órgano judicial: Tribunal Supremo. La información disponible no precisa la sala que tramita el procedimiento.
  • Fase procesal: medidas cautelares adoptadas en septiembre; plazo de alegaciones abierto y resolución sobre el fondo pendiente.
  • Implicados: Fiscalía (Ministerio Público), que pide levantar la suspensión, y los 163.020 electores nacionalizados afectados.
  • Naturaleza del procedimiento: no es un proceso penal; la fuente no detalla la tipificación del recurso.
  • Próximos pasos: el Supremo debe resolver sobre las cautelares antes de pronunciarse sobre el fondo.

Lo esencial

  • 📌 ¿Qué ha ocurrido? La Fiscalía pide al Supremo levantar la suspensión cautelar de la ‘ley de nietos’ antes del 29 de noviembre.
  • 👤 ¿Quiénes están implicados? El Ministerio Público, el Tribunal Supremo y los 163.020 electores nacionalizados afectados por las medidas de septiembre.
  • ⏭️ ¿Qué pasa ahora? El Supremo resolverá sobre las cautelares tras el plazo de alegaciones, con la cita electoral del 29 de noviembre como referencia.