La Junta de Andalucía amplía los permisos de funcionarios con hijos enfermos: podrán compartir el 100% de la jornada

La reforma permite que ambos progenitores reduzcan su horario a la vez, siempre que la suma no supere la jornada completa. También se prorroga el permiso cuando el hijo supera la edad límite si hay gran dependencia acreditada.

Los funcionarios de la Junta de Andalucía podrán repartirse el 100% de la jornada para cuidar a un hijo enfermo. La medida, nacida de una reforma estatal, aterriza ahora en el personal de la administración autonómica con sede en Sevilla y en las ocho provincias.

El cambio llega a través de la modificación del Estatuto Básico del Empleado Público, el marco legal estatal que fija los permisos de todos los funcionarios de España, y su traslado a la administración andaluza beneficia de forma directa a quienes trabajan para la Junta. Hasta ahora, ese permiso recaía casi siempre sobre un único progenitor, lo que empujaba a uno de los dos a apartarse de su carrera profesional. La corresponsabilidad deja de ser una excepción.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha cambiado? Los dos progenitores que trabajan para la Junta podrán reducir su jornada a la vez para cuidar a un hijo con enfermedad grave o gran dependencia, siempre que la suma de ambas reducciones no supere el 100%.
  • ¿A quién afecta? Al personal de la administración autonómica en las ocho provincias y en los servicios centrales de Sevilla, con independencia del estado civil de los progenitores.
  • ¿Qué supone para los ciudadanos? Ningún padre o madre tendrá que elegir entre su empleo y la atención sanitaria de su hijo, y quienes perdieron el permiso solo por la edad del menor pueden pedir que se revise su expediente.

Qué cambia exactamente en los permisos de los funcionarios de la Junta

La novedad principal es que los dos progenitores podrán reducir su horario al mismo tiempo, siempre que la suma de lo que recorte cada uno no supere el 100% de la jornada habitual. El reparto es libre: un 50% y un 50%, un 60% y un 40%, o cualquier combinación que encaje con las necesidades reales de la familia. Hasta el 100% de la jornada compartida para atender consultas, ingresos hospitalarios o cuidados continuos.

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El derecho se reconoce sin importar el estado civil: parejas casadas, parejas de hecho, divorciadas o en situación de separación pueden acogerse en igualdad de condiciones. El cuidado de un hijo enfermo no entiende de modelos familiares, y la norma lo asume. El personal de los hospitales de Málaga y Granada, el de los centros educativos de la comunidad o el de las oficinas administrativas dispondrá de la misma flexibilidad.

El segundo bloque de mejoras ataca el problema del reloj. La regulación fijaba topes de edad del hijo que dejaban sin cobertura a muchas familias cuando el menor crecía, aunque la necesidad de asistencia siguiera intacta. Ahora, si existe gran discapacidad o gran dependencia acreditada, el recorte de horas se mantiene aunque el hijo supere la edad límite. La enfermedad marca el calendario, no el DNI del menor.

Repartir el cuidado de un hijo enfermo sin que ninguno de los dos progenitores tenga que renunciar a su carrera: eso es lo que cambia esta norma en Andalucía.

Escolarización, expedientes antiguos y trámites más ágiles

permisos funcionarios Junta de Andalucía

Que el niño acuda al colegio unas horas ya no servirá como argumento para retirar o denegar el permiso. La escolarización parcial no equivale a que el menor deje de necesitar asistencia, y la reforma lo deja claro: los periodos lectivos no anulan el derecho de los padres a mantener sus horas libres. Ir a clase no es sinónimo de estar curado.

Quienes perdieron el derecho en su día únicamente por haber cumplido los años tope podrán pedir que su caso vuelva a examinarse. Es la vía abierta para familias que llevaban años con el expediente cerrado y que ahora pueden reclamar una situación que les correspondía. Expedientes que se reabren años después.

A eso se suma una agilización de los tramites para solicitar, prorrogar o mantener la reducción de jornada. La administración autonómica canaliza el procedimiento a través de sus servicios provinciales, y el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) será la referencia para el personal que quiera presentar su solicitud o pedir la revisión de un caso antiguo.

La Lectura Andaluza

La Junta de Andalucía es el mayor empleador público de la comunidad y sostiene servicios que no admiten pausas: hospitales, colegios, residencias, dependencia, oficinas de empleo. Cada turno que se cubre cuenta. Por eso una medida como esta tiene un efecto que va más allá del despacho del funcionario que firma la solicitud: toca la vida de miles de familias que llevan años haciendo encaje de bolillos entre la nómina y la habitación de un hospital.

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El valor de proximidad es difícil de exagerar. Un enfermero de Sevilla que antes tenía que elegir entre su turno y las revisiones de su hijo; una maestra de Málaga que renunció a media jornada cuando su hija cumplió los dieciséis; una administrativa que cerró un expediente que ahora puede reabrir. Los tres escenarios responden a la misma lógica: el cuidado deja de ser una penalización profesional para quien lo asume.

Queda por ver el ritmo de aplicación. La Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de Andalucía es el foro donde se concretan este tipo de mejoras, y el sector sindical lleva tiempo reclamando que las medidas de conciliación lleguen también al personal sanitario y docente con turnos rotatorios. Además, la norma estatal abre un debate más amplio: si el modelo funciona para los funcionarios, el paso lógico es extenderlo al resto de trabajadores andaluces, donde la conciliación sigue siendo una carrera de obstáculos.

Andalucía ha demostrado que puede liderar en servicios públicos cuando se lo propone, y este es un terreno donde los resultados se miden en familias que no tendrán que elegir entre cuidar y trabajar. El siguiente paso está en los despachos: que el papel se convierta en horarios reales, en las ocho provincias y en los tres turnos. Ese es el examen.