El Consell de Pérez Llorca tramita por urgencia la Ley del Suelo que revaloriza terrenos no urbanizables

La norma sustituye a la TRLOTUP de 2021 y permite vivienda aislada, alojamiento turístico o plantas de biogás en suelo rústico. La tramitación por urgencia recorta los plazos de alegaciones.

El Consell de Juanfran Pérez Llorca aprueba por urgencia la Ley del Suelo valenciana y pide a las Corts Valencianes acortar el trámite.

Un suelo rústico que deja de valer solo como campo

La norma no retoca el sistema: lo sustituye entero. El Consell aprobó el proyecto el 25 de septiembre y deroga íntegramente la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (TRLOTUP), aprobada en junio de 2021 por el Gobierno del Botànic. Hasta ahora, en suelo no urbanizable solo cabía lo que el planeamiento municipal recogía de forma expresa. La regla se invierte: en el suelo no urbanizable común podrán autorizarse los usos previstos en la ley siempre que el plan no los prohíba expresamente. El documento sigue en fase de participación pública.

Los artículos 62 y 63 abren el catálogo: explotaciones agrícolas, transformación y comercialización de productos del campo, actividades terciarias, alojamiento turístico, restauración, usos deportivos, y ecoturismo, almacenamiento y determinadas instalaciones energéticas. Podrán implantarse con licencia municipal o con una declaración de interés comunitario (la DIC, la autorización autonómica que permite situar actividades en rústico al margen del planeamiento). El artículo 76 suma la reconstrucción de edificaciones de arquitectura tradicional rural sin delimitación previa del planeamiento. Puede generar una prima patrimonial considerable en propiedades hasta ahora dormidas.

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El artículo 61 introduce la vivienda aislada y familiar en suelo no urbanizable común: parcelas de al menos 10.000 metros cuadrados —una hectárea—, ocupación máxima del 2% del total y un tope de dos plantas sobre el terreno natural. Deberá quedar fuera de los cursos naturales de escorrentías, respetar el arbolado y la topografía y no podrá formar núcleo de población, con 100 metros de distancia respecto a otras viviendas. Traducido: una parcela que solo admitía uso agrícola gana valor sin cambiar de clasificación.

Hay otro giro de calado: la DIC pasa de temporal —un máximo de 30 años— a permanente, algo que el Consell Jurídic Consultiu, el órgano que vela por la legalidad de las normas autonómicas, pidió justificar. La disposición transitoria decimocuarta mantiene las autorizaciones concedidas con la ley anterior y permite prorrogar las temporales o convertirlas en indefinidas. Para el promotor, eso es seguridad jurídica. El texto añade usos energéticos —biogás, biomasa, hidrógeno renovable y sus infraestructuras de evacuación—, aunque no cualquier rústico puede albergar una fotovoltaica: pesan la normativa sectorial, la capacidad de red o la protección agraria.

Una parcela que ayer solo valía como campo puede multiplicar su precio sin que cambie una sola letra de su clasificación urbanística.

El atajo de la urgencia: menos alegaciones, más valor en el mercado

suelo no urbanizable

El Consell no ha elegido el camino largo. Solicitó a las Corts la tramitación por vía de urgencia, lo que limita de forma significativa la participación ciudadana. Cabe recordar el precedente: la norma a la que sustituye acumuló 53 observaciones esenciales del Consell Jurídic Consultiu, disposiciones contrarias a derecho que un informe posterior de la dirección general de Urbanismo dio por solventadas.

¿Quién gana con esto? Los propietarios de rústico con expectativas. ¿Quién puede perder? La protección agraria y paisajística, porque el suelo no urbanizable común es el gran pulmón del territorio valenciano. Hay además un coste difuso: dispersar viviendas y actividades obliga a llevar servicios, accesos y redes donde hoy no llegan. Y una advertencia que el texto incorpora y que, tras la DANA del 29 de octubre de 2024, se lee con otra atención: la vivienda aislada queda fuera de los cursos naturales de escorrentías. La norma nace mirando al suelo, pero también al agua.

El Escenario Valenciano

Es la primera gran ley territorial del Consell de Pérez Llorca, con el pacto PP–Vox intacto desde la investidura de diciembre de 2025. El PP la presenta como palanca económica; Vox la acompaña sin fisuras visibles. La oposición de PSPV y Compromís tiene en el calendario su principal herramienta: la vía de urgencia acorta el trámite, no lo elimina, y el pleno de las Corts Valencianes será su escaparate. El expresident Carlos Mazón, hoy diputado autonómico tras su dimisión de noviembre de 2025, ya no firma textos como este.

La dimensión nacional no es menor. El urbanismo es competencia autonómica, pero el marco estatal —el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana— fija mínimos, y la vivienda es hoy el eje del enfrentamiento político en Madrid. Una parte del PP reivindica la desregulación del suelo como receta contra el precio de la vivienda; el Gobierno de Pedro Sánchez responde con política pública y control. El precedente valenciano de 2021 muestra dónde acaban estas normas cuando rozan el filo de la legalidad: en reparos del órgano consultivo y, a menudo, en los tribunales contencioso-administrativos. A eso se suma la reconstrucción post-DANA, donde la Generalitat canaliza fondos del Plan RERD y cada decisión sobre suelo y riesgo de inundación tiene lectura estatal. La proyección: tramitación parlamentaria urgente, alegaciones abiertas y un suelo rústico valenciano esperando a saber cuánto sube de precio.

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Ficha del Caso

  • El caso: El Consell aprobó el 25 de septiembre el proyecto de Ley del Suelo valenciana y pidió a las Corts tramitarlo por urgencia. Deroga la TRLOTUP de 2021.
  • Datos importantes: Vivienda aislada en parcelas de 10.000 m², ocupación máxima del 2%, dos plantas como tope y 100 metros entre viviendas. La DIC pasa de 30 años a indefinida.
  • Resumen: Revaloriza el suelo rústico al ampliar los usos explotables, recorta plazos de alegaciones y abre un nuevo pulso político y jurídico en la Comunitat Valenciana.