La Junta Electoral Central ha ordenado este jueves enviar la documentación del 29N a los 2,7 millones de electores inscritos en el CERA (el Censo de Españoles Residentes Ausentes), según fuentes del propio organismo. El acuerdo incluye un aviso: habrá electores que no podrán votar por el mandato del Tribunal Supremo. La Oficina del Censo Electoral, dependiente del INE, ejecutará el envío entre el 24 y el 30 de octubre.
Qué ha acordado la Junta: envío a todo el censo exterior
El organismo ha optado por remitir la documentación a la totalidad del censo exterior. La decisión no resuelve el fondo del conflicto, pero amplía el margen de los consulados, que tendrán desde finales de octubre hasta el 29N para localizar y certificar los expedientes señalados por el Supremo. El CERA agrupa a los españoles residentes de forma permanente fuera del país.
Los plazos los marca la ley electoral. El envío debe producirse entre el 24 y el 30 de octubre y lo ejecuta la Oficina del Censo Electoral, dependiente del Instituto Nacional de Estadística. El plazo es de siete días. La Junta Electoral Central adoptó el acuerdo en su reunión de este jueves, según las fuentes consultadas. La estructura del censo puede consultarse en la web del INE.
El auto del Supremo: quién queda bajo sospecha y qué requisito se exige
El Tribunal Supremo ratificó este lunes las medidas cautelares (decisiones provisionales que un tribunal adopta mientras se resuelve el fondo del asunto) que ya había dictado en septiembre, antes de que se convocaran las elecciones. El auto afecta a los 163.020 nacionalizados a través de la ley de nietos, la vía que permite acceder a la nacionalidad española a los descendientes de exiliados. Las resoluciones del alto tribunal se difunden a través de el portal del Poder Judicial.
El requisito es concreto: solo podrán votar el 29N quienes cuenten con un certificado consular que acredite que aportaron documentos del exilio de sus antepasados al tramitar su expediente. El resto queda, de momento, fuera del censo efectivo.
Sin certificado consular no hay voto: el Supremo ha convertido un trámite administrativo en el filtro que decidirá quién de esos 163.020 electores entra en el 29N.
El choque institucional: 80.000 expedientes y el aviso del Consejo de Europa
La ejecución del auto exige un trabajo burocrático que el Gobierno considera imposible de completar en plazo. Revisar a mano 80.000 expedientes de la ley de nietos antes del 29N no cabe en el calendario, según la posición que el Ejecutivo ha trasladado en las últimas semanas. El Supremo no ha cambiado de criterio.
El Consejo de Europa ha entrado en el debate. El organismo paneuropeo de derechos humanos, distinto de la Unión Europea, ha recalcado que inscribir a los votantes del CERA en una provincia concreta exige aplicar criterios objetivos, según el teletipo de Europa Press de este jueves.
Voto por correo, garantías y próximos pasos
En la misma sesión, la Junta ha rechazado la petición del PP de revisar el voto por correo. El órgano se ha apoyado en un informe reciente de Correos, según el cual el sistema actual ofrece garantías plenas sobre el proceso. La Junta no entra en el fondo del asunto.
El calendario queda así: la documentación viaja entre el 24 y el 30 de octubre, las certificaciones consulares se resolverán en paralelo y las urnas abren el 29 de noviembre. Cualquier impugnación posterior sobre el voto exterior se decidirá, si llega, con las papeletas ya en circulación. El precedente del Supremo seguirá operando durante toda la campaña.
Lo esencial
- 📌 ¿Qué ha ocurrido? La Junta Electoral Central ha ordenado enviar la documentación del 29N a los 2,7 millones de inscritos en el CERA, con aviso de exclusiones.
- 👤 ¿Quiénes están implicados? La Junta Electoral Central, la Oficina del Censo Electoral del INE, el Tribunal Supremo y 163.020 nacionalizados por la ley de nietos.
- ⏭️ ¿Qué pasa ahora? El envío se realiza entre el 24 y el 30 de octubre y las elecciones se celebran el 29 de noviembre.

