La FP dual combina el aula con la empresa y, desde la Ley Orgánica 3/2022, es el modelo de la Formación Profesional.
Qué es la FP dual y cómo funciona
La FP dual (Formación Profesional dual) es la modalidad en la que el estudiante se forma parte del tiempo en un centro educativo y parte en una empresa u organismo equiparado. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 1 de abril de 2022, dio carácter dual a todo el sistema: el artículo 55 lo fija para el conjunto de las enseñanzas.
Esa condición se organiza en dos regímenes de oferta, regulados en los artículos 65 a 67. El régimen general mantiene la formación en el centro como eje del ciclo y añade una fase de estancia en la empresa integrada en el plan de formación, sin contrato de trabajo asociado. El artículo 50 regula las acciones formativas que se desarrollan en la empresa dentro de ese régimen.
El régimen intensivo es la fórmula que popularmente se identifica con la FP dual. La estancia en la empresa gana peso y se articula mediante un contrato de formación, una figura cuya llegada en sustitución del antiguo sistema de beca regula la disposición transitoria quinta de la ley.
Ambos regímenes comparten arquitectura: un plan de formación acordado con la empresa (artículo 58) y dos tutores duales, uno del centro (artículo 60) y otro de la empresa (artículo 61). La evaluación corresponde al equipo docente, según el artículo 63, y el título se expide al superar el ciclo completo (artículo 64). La fase en empresa se evalúa como parte del currículo.
Desde 2022, la Formación Profesional es dual: el régimen general suma una estancia en empresa y el intensivo la articula con un contrato de formación.
Los grados de FP y los títulos que habilita la ley

La ley ordena las ofertas en cinco grados, identificados con letras de la A a la E (artículo 28). Los grados A, B y C acreditan competencias profesionales: acreditación parcial de competencia, certificado de competencia y certificado profesional, respectivamente. El grado D agrupa los ciclos formativos y el E corresponde a los cursos de especialización.
El grado D es el que otorga los títulos académicos clásicos y se divide en ciclos de grado básico (artículo 44), de grado medio y de grado superior (artículo 45). El acceso a grado medio exige el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO); el grado superior requiere el título de Bachiller o el de Técnico. Quienes no reúnen esos requisitos pueden entrar por la vía de las pruebas de acceso. Los itinerarios del artículo 47 permiten encadenar un grado medio con un grado superior, y el título de Técnico Superior habilita para cursar estudios universitarios, conforme al artículo 49.
Las empresas que acogen alumnos asumen derechos y deberes regulados en los artículos 82 a 84. Los títulos de grado D y los certificados de grado C y E tienen validez oficial académica y profesional, según los artículos 27 y 38. A esa formación reglada se suma la acreditación de competencias adquiridas por experiencia laboral (Título VI, artículos 90 a 93), inscrita en el Registro Estatal de Acreditaciones (artículos 16 a 18).
El Marco Educativo
La norma de referencia es la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, que sustituyó el marco anterior de la Formación Profesional y cuya disposición final segunda modificó la LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, la norma educativa vigente) para encajar el nuevo sistema en la estructura educativa. El Estado fija la ordenación general, los títulos y los certificados; las comunidades autónomas programan y ejecutan la oferta, conforme al artículo 24.
En la gobernanza intervienen el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deporte (artículo 114), el Consejo General de la Formación Profesional (artículo 115) y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas (artículo 117). La ley también regula la figura de las personas expertas de sector productivo, que pueden colaborar en la docencia (artículo 88).
El calendario de implantación de la disposición final quinta escalonó la aplicación de los nuevos grados desde la entrada en vigor. La disposición adicional novena añade un plan de competencias en digitalización e inteligencia artificial. La oferta actualizada por territorio y por ciclo se consulta en el portal del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deporte.
Claves de la Noticia
- Qué importa: la Ley Orgánica 3/2022 ordena la Formación Profesional en cinco grados, del A al E, y da carácter dual a todas las enseñanzas mediante dos regímenes: general e intensivo.
- Por qué importa: el régimen intensivo se apoya en un contrato de formación y el título de Técnico Superior abre la puerta a la universidad, según el artículo 49.
- A quién le importa: a los estudiantes que eligen un ciclo de FP, a las familias que comparan itinerarios y a las empresas que acogen alumnos en régimen dual.

