Los jueces de Madrid han acordado promover la celebraciĂ³n de juicios rĂ¡pidos por delito leve de usurpaciĂ³n referidos a okupaciones de inmuebles por los trĂ¡mites previstos en el ArtĂculo 964 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siempre que haya sido posible la identificaciĂ³n de los ocupantes, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en un comunicado. El nuevo sistema se pondrĂ¡ en marcha el 1 de mayo.
AsĂ se ha acordado en una reuniĂ³n de la ComisiĂ³n Provincial de PolicĂa Judicial, que preside el presidente de la Audiencia Provincial de Madrid, Celso RodrĂguez, y de la que forman parte la decana de los Juzgados de Madrid, MarĂa JesĂºs del Barco, y la fiscal jefe provincial, Pilar RodrĂguez.
SegĂºn lo dispuesto, serĂ¡ el juzgado de guardia el Ă³rgano judicial que se encargarĂ¡ de forma inmediata de enjuiciar los delitos leves de usurpaciĂ³n, lo que permitirĂ¡ reducir considerablemente los tiempos de respuesta. La medida entra en vigor con efectos desde el prĂ³ximo 1 de mayo.
El ArtĂculo 964 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que ‘cuando la PolicĂa Judicial tenga noticia de un hecho que presente los caracteres de algĂºn delito leve, formarĂ¡ de manera inmediata el correspondiente atestado, que remitirĂ¡ sin dilaciĂ³n al Juzgado de guardia’.
El mismo precepto aclara que ‘dicho atestado recogerĂ¡ las diligencias practicadas, asĂ como el ofrecimiento de acciones al ofendido o perjudicado’, tras lo que el juez «acordarĂ¡ celebrar de forma inmediata el juicio si, estando identificado el denunciado, fuere posible citar a todas las personas que deban ser convocadas para que comparezcan mientras dure el servicio de guardia».