Madrid estrena el 1 de mayo un procedimiento judicial rĂ¡pido contra las okupaciones de vivienda

Los jueces de Madrid han acordado promover la celebraciĂ³n de juicios rĂ¡pidos por delito leve de usurpaciĂ³n referidos a okupaciones de inmuebles por los trĂ¡mites previstos en el ArtĂ­culo 964 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siempre que haya sido posible la identificaciĂ³n de los ocupantes, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en un comunicado. El nuevo sistema se pondrĂ¡ en marcha el 1 de mayo.

AsĂ­ se ha acordado en una reuniĂ³n de la ComisiĂ³n Provincial de PolicĂ­a Judicial, que preside el presidente de la Audiencia Provincial de Madrid, Celso RodrĂ­guez, y de la que forman parte la decana de los Juzgados de Madrid, MarĂ­a JesĂºs del Barco, y la fiscal jefe provincial, Pilar RodrĂ­guez.

SegĂºn lo dispuesto, serĂ¡ el juzgado de guardia el Ă³rgano judicial que se encargarĂ¡ de forma inmediata de enjuiciar los delitos leves de usurpaciĂ³n, lo que permitirĂ¡ reducir considerablemente los tiempos de respuesta. La medida entra en vigor con efectos desde el prĂ³ximo 1 de mayo.

El ArtĂ­culo 964 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que ‘cuando la PolicĂ­a Judicial tenga noticia de un hecho que presente los caracteres de algĂºn delito leve, formarĂ¡ de manera inmediata el correspondiente atestado, que remitirĂ¡ sin dilaciĂ³n al Juzgado de guardia’.

El mismo precepto aclara que ‘dicho atestado recogerĂ¡ las diligencias practicadas, asĂ­ como el ofrecimiento de acciones al ofendido o perjudicado’, tras lo que el juez «acordarĂ¡ celebrar de forma inmediata el juicio si, estando identificado el denunciado, fuere posible citar a todas las personas que deban ser convocadas para que comparezcan mientras dure el servicio de guardia».