Las empresas estarĂ¡n obligadas a prestar apoyo a consumidores vulnerables al firmar un contrato

Las empresas estarĂ¡n obligadas desde este jueves, 21 de enero, a prestar apoyo a los consumidores vulnerables como menores, mayores, personas con bajo nivel de digitalizaciĂ³n, de formaciĂ³n o cultural, familias monoparentales o con discapacidad cuando tengan que firmar un contrato.

SegĂºn recoge el decreto, que entra mañana en vigor tras su publicaciĂ³n en el BoletĂ­n Oficial del Estado (BOE), la figura del consumidor vulnerable se incluye por primera vez en la normativa estatal de defensa de las personas consumidoras, que deberĂ¡ ser objeto de especial atenciĂ³n tanto por parte de autoridades pĂºblicas como de empresas privadas en las relaciones de consumo.

MĂ¡s allĂ¡ de la tradicional alusiĂ³n a la situaciĂ³n econĂ³mica de las personas consumidoras a la hora de determinar su situaciĂ³n de vulnerabilidad, el decreto reconoce que existen diversas situaciones en las que, agravadas por la actual situaciĂ³n de crisis sanitaria, las circunstancias sociales o personales hacen que se encuentren en una especial situaciĂ³n de subordinaciĂ³n, indefensiĂ³n o desprotecciĂ³n en sus relaciones de consumo.

Con el nuevo decreto, antes de que el consumidor y usuario quede vinculado por un contrato y oferta correspondiente, el empresario deberĂ¡ facilitarle de forma clara y comprensible, salvo que resulte manifiesta por el contexto, la informaciĂ³n relevante, veraz y suficiente sobre las caracterĂ­sticas principales del contrato, en particular sobre sus condiciones jurĂ­dicas y econĂ³micas.

Asimismo, los tĂ©rminos en que se suministre dicha informaciĂ³n, principalmente cuando se trate de personas consumidoras vulnerables, ademĂ¡s de claros, comprensibles, veraces y suficientes, se facilitarĂ¡n en un formato fĂ¡cilmente accesible, garantizando en su caso la asistencia necesaria, de forma que aseguren su adecuada comprensiĂ³n y permitan la toma de decisiones Ă³ptimas para sus intereses.

El Real Decreto tambiĂ©n establece que las campañas informativas o educativas divulgadas por las administraciones deberĂ¡n prestar especial atenciĂ³n a sectores que cuenten con mayor proporciĂ³n de consumidores vulnerables, como el financiero; y señala que las especificidades de los consumidores vulnerables tendrĂ¡n que ser tenidas en cuenta por parte de las administraciones a la hora de establecer mecanismos para la resoluciĂ³n de controversias entre el consumidor vulnerable y las empresas.

Por otra parte, sienta las bases necesarias para desarrollos reglamentarios posteriores en aspectos como el etiquetado de productos, la informaciĂ³n previa al contrato y la que debe incluirse en el mismo, la gestiĂ³n de reclamaciones y la atenciĂ³n al cliente.

Entre los colectivos vulnerables que el Gobierno quiere proteger tambiĂ©n se encuentran los mĂ¡s feminizados, los del Ă¡mbito rural o aquellos con bajo nivel educativo a la hora de firmar contratos complejos.

La protecciĂ³n al consumidor vulnerable recogida en este real decreto-ley se suma a la que se ha aprobado en otros sectores como la vivienda o la energĂ­a, en el marco del escudo social ante la crisis provocada por la pandemia del Covid19.

Asimismo, se contempla la mayor protecciĂ³n a personas con intolerancias o alergias alimentarias que precisan informaciĂ³n adicional en las compras de alimentos o en espacios de restauraciĂ³n.

Hasta la fecha, tanto por su denominaciĂ³n como por los colectivos protegidos a que alude, la figura del consumidor vulnerable varĂ­a de una a otra comunidad. Con la nueva regulaciĂ³n estatal, se aprueba por primera vez un marco regulatorio comĂºn en la materia.