El Govern catalán vuelve a cerrar bares a medianoche

La Generalitat ha vuelto a decretar el cierre de bares y restaurantes a partir de la medianoche en las ciudades catalanas afectadas por brotes de coronavirus pese a la suspensión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de dicha norma.

El Ejecutivo catalán ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña (Dogc) la nueva resolución, que ha consultado Europa Press este viernes y que entrará en vigor el domingo a las 9 horas por un plazo de 15 días.

La suspensión del tribunal afectaba a la parte del texto que limitaba el horario de bares, restaurantes, chiringuitos y bares musicales de Barcelona y municipios de su área metropolitana, además de Figueres y Vilafant (Girona) y más de 40 municipios de la provincia de Lleida.

Así lo ha estimado la Sala de lo Contencioso Administrativo en parte el recurso de la Federación Catalana de Asociaciones de Actividades de Restauración y Musicales (Fecasarm) contra la resolución que publicó el Govern el 24 de julio con nuevas medidas de contención del Covid-19.

Ahora, la nueva resolución del Govern afecta a Barcelona, Viladecans, el Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellà de Llobregat, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, l’Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs, Badalona, Sant Feliu de Llobregat, Castelldefels y Gavà (Barcelona).

De esta manera, las medidas de contención se ampliarán también a Castelldefels y Gavà, tras la solicitud al Procicat de formar parte del grupo de municipios metropolitanos con restricciones a raíz de un repunte de casos positivos entre la población casteldefelense.

La resolución sigue contemplando la prohibición de reuniones de más de 10 personas en el ámbito público y privado, la limitación de aforo en bares y restaurantes y la recomendación de permanecer en el domicilio salvo en determinados casos.

Estos casos son ir a trabajar; ir a centros de salud; cuidar de personas mayores, niños, discapacitados y dependientes; para comprar productos básicos; para comprar en establecimientos con cita previa; acudir a entidades financieras, realizar acciones judiciales o notariales, renovación de permisos, exámenes y mudanzas; hacer deporte, actividades culturales y de ocio con el núcleo de convivencia habitual; ir a huertos familiares de autoconsumo; y por causas de fuerza mayor.

Las bodas, servicios religiosos, celebraciones y ceremonias fúnebres se limitarán al 33% de su aforo, mientras que las actividades deportivas y culturales como gimnasios, cines, teatros y piscinas, entre otras, se podrán llevar a cabo siempre que no se supere el 50% del aforo y se cumplan las indicaciones de los planes sectoriales aprobados en el marco del Procicat.

Las bibliotecas, monumentos y museos seguirán abiertos con sujeción al plan sectorial del Plan de actuación del Procicat, así como los ‘casals’ y colonias de verano, que también deberán cumplir con los criterios generales de su plan sectorial.