¿Hay semejanzas entre Neurona y ‘Kitchen’? Lo aclara un penalista

  • El abogado penalista Juan Gonzalo Ospina relata qué diferencias hay entre ambos casos que están de rabiosa actualidad.
  • La difícil actualidad política y jurídica en España, pone de manifiesto la inestabilidad en la que se encuentra el país; las principales noticias de actualidad en este ámbito son la llamada operación «kitchen«, en la que se encuentran involucrados distintos políticos y ex altos cargos de la Policía y del Partido Popular, mientras que en el caso «Neurona«, es el mismísimo vicepresidente, Pablo Iglesias y su partido político, Podemos, quienes podrían terminar respondiendo ante los juzgados. 

    «Kitchen» resulta de la investigación de un operativo parapolicial financiado presuntamente por el Ministerio del Interior del Gobierno de Mariano Rajoy, para espiar al extesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas, señalando como responsables a órganos superiores de la Administración General del Estado.

    El principal imputado es Sergio Ríos, apodado «el cocinero», quien sería el chofer de Luis Bárcenas y que supuestamente recibiría hasta 48.000 euros de fondos reservados del Ministerio de Interior. 

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    El objetivo de esta investigación al extesorero era tener «controlada» la información de la que disponía, que podría afectar a otros políticos del partido, como María Dolores de Cospedal y a su marido Ignacio López del Hierro, entre otros. En estas investigaciones también se han visto afectados otros altos cargos de la policía, como Eugenio Pino -director adjunto operativo-, Enrique García Castaño -jefe de la Unidad Central de Apoyo operativo- y al excomisario Villarejo.

    En ese contexto jurídico político, otro de los grandes casos de corrupción política es el de «Neurona», en el cual se está investigando al partido político del vicepresidente Pablo Iglesias, Unidas Podemos, por el contrato con la consultora mexicana Neurona. Esta empresa se dedica supuestamente, a la comunicación política y segmentación del público, y ha asesorado a los principales partidos políticos de izquierda en Latinoamérica, en países como: Bolivia, Venezuela, Ecuador, Honduras y, por supuesto, México. La actividad de Neurona ha estado llena de irregularidades; la más conocida fue la concesión de contratos irregulares entre el gobierno Bolivariano y la misma, por un valor de 1,5 millones de euros.

    Si bien es cierto que en ambos casos se investigan temas de corrupción ligados con funcionarios públicos, el hecho de que órganos diferentes estén investigando los casos ha generado cierta confusión, ya que, mientras que el caso Kitchen se encuentra siendo instruido por la Audiencia Nacional, el caso de Neurona se está investigando por el juzgado de Instrucción 42 de Madrid. 

    Consultado al abogado penalista Juan Gonzalo Ospina refiere, que: «España es un estado de derecho y sus leyes y normas regulan las competencias de cada Tribunal para investigar y juzgar. En el caso de Neurona, sería un delito cometido inicialmente en Madrid, y el fuero sería el Partido Judicial de Madrid; mientras que la operación Kitchen, es una pieza más de Gürtel, cuya competencia ha recaído en la Audiencia Nacional ya que era una investigación que afectaba a diferentes partidos judiciales«. 

    ¿Por qué ambos casos no se encuentran siendo investigados por la Audiencia Nacional?

    La Audiencia Nacional es un órgano judicial cuya competencia en materia penal está delimitada por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en cuyo primer apartado se contemplan aquellos delitos en los que solo ellos tendrían la facultad de investigar y enjuiciar.

    Sin embargo, «Kitchen» se encuentra siendo investigado por la Audiencia Nacional principalmente por ser considerada una operación estrechamente ligada al caso Gürtel, en el cual originalmente el propio Bárcenas fue condenado por la Audiencia Nacional a más de 33 años de prisión y al pago de 44 millones de euros por delitos de blanqueo  de capitales, cohecho, apropiación indebida e incluso delitos contra la Hacienda Pública, junto con otras 38 personas. Esta sentencia condenatoria, fue recurrida por los abogados penalistas de las defensas ante el Tribunal Supremo, en el conocido como recurso de casación, sin que el mismo a la fecha se haya pronunciado.

    A pesar de que la Audiencia Nacional es quien se encuentra instruyendo el caso «Kitchen», no se descarta una posible y futura inhibición a favor de un juzgado de Madrid, ya que, aunque los casos están ligados, podría no ser competente, tal como sucedió con en el caso de la destrucción de los ordenadores de Bárcenas que también estaba ligado a Gürtel y que terminó siendo enjuiciado por el juzgado de lo Penal 31 de Madrid absolviendo al PP y confirmándose por la Audiencia Provincial de Madrid. 

    Mientras tanto, en el caso «Neurona», el juzgado de Instrucción madrileño es plenamente competente para llevar a cabo la investigación del caso. En el mismo, la Fiscalía del Tribunal de Cuentas investiga la relación de Podemos con la consultora privada por un contrato de 363.000 euros firmado en Madrid, al ver serios indicios de delitos de falsedad documental y de fraude electoral. Estos delitos podrían tener cabida, ya que, bajo la consideración de la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, no queda suficientemente acreditada una prestación efectiva por parte de la consultora y el dinero que el partido político de Iglesias pagó con fondo públicos.

    En ese contexto, cabe resaltar que los delitos por los cuales se investiga dicho caso no forman parte del catálogo de delitos por los que la Audiencia Nacional tendría competencia.

    ¿Cuáles son las principales diferencias entre ambos procedimientos?

    La Audiencia Nacional es un órgano judicial independiente creado a finales de los años 70´s principalmente para luchar en contra del terrorismo etarra; sin embargo, conforme al paso del tiempo y debido a la gran eficacia en su actuar, se le han asignado competencias especiales como aquellos macroprocesoseconómicos o relacionados con el penal internacional.

    Aunque existan juzgados diferentes en la investigación, el proceso penal es el mismo. Para Neurona, si una vez concluida la fase de instrucción, y el delito del que se acusa tiene una pena superior a 5 años de prisión, el órgano enjuiciador será la Audiencia Provincial, mientras que, si la pena es inferior, será un juzgado de lo Penal. 

    Mientras que para Kitchen, investigado en la Audiencia Nacional, en aquellos delitos cuya pena sea inferior a 5 años de prisión juzgará el juzgado Central de lo Penal, mientras que cuando los delitos a enjuiciar tengan una pena superior a 5 años de prisión, será la propia Sala de lo Penal la encargada del juicio. 

    ¿Cuál es su opinión sobre los casos Kitchen y Neurona?

    Como abogado penalista no es de rigor emitir juicios de valor sobre procedimientos abiertos y menos cuando no se ha tenido acceso a las actuaciones. Hay que preservar la presunción de inocencia en ambos procesos, y lo único que se podría hacer es un análisis jurídico de la información conocida en prensa con mucha cautela, con el fin de evitar juicios paralelos.

    Una vez más, los diferentes procesos judiciales relacionados con la corrupción han vuelto a poner en el debate las diferentes responsabilidades políticas de los partidos involucrados. Por ello, es crucial conocer cuál será la adecuada estrategia de defensa que cada partido político decida iniciar; negar los hechos, colaborar con la Administración de Justicia o romper con los fantasmas del pasado. 

    Como dice el abogado Juanjo Ospina, de Ospina Abogados: «nada es lo que parece hasta el día del Juicio Oral; por ello, si queremos tener un resultado positivo, es fundamental trabajar desde el principio cual será la estrategia a seguir, que se hará y dirá en la instrucción (testificales, periciales, etc.), que versión ofreceremos en el escrito de defensa, y finalmente como se desarrollará el juicio, en el derecho penal es vital y crucial evitar la improvisación«.

    En este nuevo curso político el debate judicial está sentando. Una buena gestión y comunicación de la presente crisis será clave para evitar un daño reputacional aún más grave para los partidos políticos afectados en la opinión pública, y así lo refleja el CIS que el pasado 17 de septiembre 2020, señaló una ventaja superior a 13 puntos del PSOE sobre PP y de casi 19 puntos sobre Podemos. Por ello, será crucial la búsqueda del adecuado asesoramiento, y posterior contratación en su caso, del mejor abogado penalista o despacho de abogados idóneo para coordinar sus respectivas defensas, lo cual determinará el futuro electoral de los partidos involucrados.