Vaticano publica un manual contra los abusos de pederastia

La Congregación para la Doctrina de la Fe del Vaticano ha publicado un manual contra los abusos en el que recuerda la obligación de denuncia, el «deber de vigilancia» de los jerarcas eclesiales y añade que «el anonimato del denunciante no presupone que la noticia sea falsa».

El texto, dirigido a los profesionales del derecho para que apliquen de forma concreta la normativa canónica en las causas procesales de pederastia, también ahonda en otros puntos clave de la metodología para desarrollar la investigación previa o en cómo imponer medidas cautelares una vez se tiene la noticia del delito.

«El camino de la justicia por sí solo no puede agotar la acción de la Iglesia, pero es necesario para llegar a la verdad de los hechos», ha manifestado en la presentación del documento el prefecto de la Congregación, el cardenal Luis Fernando Ladaria, que ha elaborado el documento.

El Vaticano ha dejado claro que el vademécum presentado no es un texto normativo y que por tanto no modifica legislación. «Se trata de una especie de manual que abarca la causa desde el momento en que se da la noticia del delito hasta su conclusión definitiva y pretende ayudar y conducir paso a paso a quién se vea en la necesidad de proceder al descubrimiento de la verdad en el ámbito de los delitos mencionados anteriormente», se lee en el texto.

Según la Congregación para la Doctrina de la Fe, la elaboración de este documento ha surgido ante las «numerosas solicitudes» que han llegado a la Congregación por parte de obispos, ordinarios, superiores de Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica, «para disponer de un instrumento que les ayude en la delicada tarea de llevar correctamente los casos en los que están implicados diáconos, sacerdotes y obispos cuando son acusados de abusos a menores».

«Es un camino articulado, que se adentra en el denso bosque de normas y prácticas, ante el cual los Ordinarios y Superiores se encuentran, a veces, en la incertidumbre de la dirección a seguir», ha asegurado Ladaria. «El camino de la justicia por sí solo no puede agotar la acción de la Iglesia, pero es necesario para llegar a la verdad de los hechos», ha agregado.

De este modo, ha aclarado que aunque no haya «una denuncia formal», toda información sobre un posible delito debe llegar de cualquier modo al ordinario o al jerarca. También asegura que «el anonimato del denunciante» en ningún caso debe llevar «a suponer automáticamente que la noticia sea falsa». Sin embargo, incide en que por razones comprensibles, se debe tener la suficiente cautela al tomar en consideración este tipo de noticias.

«Incluso en ausencia de una explícita obligación legal, la autoridad eclesiástica dé noticia a las autoridades civiles competentes cada vez que considere que esto es indispensable para tutelar a la persona ofendida o a otros menores del peligro de eventuales actos delictivos», manifiesta.

El Vademécum detalla la explicación de hasta qué edad se considera a la víctima como menor, subrayando que «el grado de madurez sexual», en el caso de adolescentes, «no influye en la definición canónica del delito», ya que se les consideraría de la misma forma.

A su vez, incide en el «deber de vigilancia del ordinario y del jerarca», al que no se exime de estar informado sobre la conducta en este ámbito de los clérigos a su cargo, «sobre todo si ha tenido conocimiento de sospechas, comportamientos escandalosos o conductas que perturban el orden».

El texto, según Ladaria, deberá responder a los nuevos desafíos que «la experiencia ofrecerá al tratamiento jurídico de los casos en cuestión». Así ha incidido en que deberá tener en cuenta las consideraciones que provendrán» de las diferentes realidades eclesiales: diócesis, institutos, facultades eclesiásticas, centros de escucha establecidos a nivel diocesano e interdiocesano».

«Su contribución cualificada ayudará a corregir, integrar, precisar y esclarecer aquellos puntos que, como es natural, requerirán una reflexión más profunda», ha concretado.