jueves, 12 diciembre 2024

Un nuevo registro de accionistas impide trampas en las adjudicaciones públicas

Los accionistas reales de las empresas que quieran hacer trampas para conseguir adjudicaciones públicas escondiendo su identidad lo tendrán más difícil. Un nuevo registro público contra el blanqueo de capitales hará posible conocer a los dueños reales.

Uno de los engaños que se podían realizar hasta ahora para conseguir contratos en los concursos públicos era que el mismo dueño se presentara a través de varias sociedades diferentes de forma oculta. También están interesados en encubrir su identidad aquellos que no pueden llevarse adjudicaciones públicas porque tienen deudas tributarias o con la Seguridad Social. Se trata de prácticas que han aflorado a veces en casos de corrupción política.

Los registradores mercantiles han estrenado una herramienta para conocer los titulares reales de las empresas. A partir de ahora, las sociedades deberán declarar quiénes son sus accionistas obligatoriamente cada año, al presentar sus cuentas anuales.

NO EXISTÍA OBLIGACIÓN EN ESPAÑA

Este nuevo registro es fruto de la Directiva Europea contra el blanqueo de capitales, pero va a servir también para que las administraciones públicas y los particulares puedan conocer quién es el dueño real de una empresa. En España no era posible hasta ahora conseguir estos datos porque no existía obligación de declararlo.

El acceso de las administraciones públicas a esta herramienta les permitirá obtener inmediatamente la cadena de control del accionariado a través de sociedades interpuestas, que esconden la auténtica propiedad de una empresa. Para acceder a esta información, las administraciones firmarán convenios con el Colegio de Registradores, como ya ha hecho, por ejemplo, el Consejo General de la Abogacía.

La información sobre los accionistas reales de las empresas no constaba hasta ahora en los registros mercantiles, a diferencia de lo que ocurre en otros países europeos. Un cambio legal realizado en 1995 acabó esa posibilidad.

Una vez que se ha puesto en marcha el registro y se va incorporando la información de las sociedades, las entidades públicas implicadas en la lucha contra el blanqueo de capitales serán las primeras en tener acceso a estos datos.

En una segunda fase, los sujetos obligados por ley a comunicar operaciones sospechosas al Servicio Ejecutivo de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac), como son, entre otros, bancos, notarios o abogados, podrán acceder a esta información. Por último, la implantación alcanzará a cualquier otro interesado, aunque aún no existen fechas concretas para cada una de esas fases.

Los implicados en la lucha contra el blanqueo de capitales podrán conocer toda la cadena sociedades interpuestas que ostente el control de una empresa, mediante el acceso automatizado a una base de datos. Lo mismo ocurrirá con las administraciones públicas. El resto de interesados se tendrán que dirigir a los registradores, pero no tendrán acceso a toda esta cadena de empresas interpuestas en una sola petición automatizada, sino que deberán acceder a ellas una a una y siempre manifestando un interés legítimo.

Otra de las peculiaridades del sistema que se estrena es que el Ministerio de Justicia podrá limitar los datos a los que se puede tener acceso por razones, por ejemplo, relacionadas con el terrorismo.

ACCIONISTAS DE PAÍSES EUROPEOS

La información que será transparente a partir de ahora se refiere a la de aquellos que tengan en sus manos un porcentaje superior al 25% de las acciones. Además, el sistema cuenta con una interconexión europea, con lo que las autoridades de la lucha contra el blanqueo de capitales y las administraciones públicas podrán conocer la cadena de control de las sociedades incluso si esta se extiende por otros países del continente. En el caso de los particulares, estas peticiones se tendrían que hacer en los registros correspondientes de esos países.

Los administradores de las sociedades que no comuniquen una información real al registro podrán incurrir incluso en responsabilidad penal por falsedad en documento mercantil. Los administradores, además, deberán declarar expresamente que ellos no son accionistas en el caso de que no aparezca ningún titular real que supere el 25% de las acciones.

El sistema, que nació por el interés europeo en perseguir el blanqueo de capitales, está controlado por el Colegio de Registradores. Antes de la creación de esta herramienta para conocer las titularidades reales, los registradores estaban obligados a la colaboración con las autoridades de la lucha contra el blanqueo de capitales. Debido a este deber, crearon el Centro Registral Antiblanqueo, que recibe cada año más de 16.000 alertas sobre posibles casos de blanqueo de capitales.