Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Palma condena a Orange a indemnizar con 10.000 euros, más los intereses legales, a una mujer por daños morales y vulneración de su derecho al honor, tras incluirla de forma irregular en el fichero de morosos Asnef-Equifax.
La mujer demandó a la compañía telefónica después de que en mayo de 2018 la incluyera en el registro de morosos Asnef-Equifax y la mantuviese durante nueve meses sin que la cliente hubiese contraído ninguna deuda con la entidad demandada.
Según el fallo, la demandante supo de su entrada en este fichero de morosos tras solicitar financiación para comprar un coche y comprobar que varias entidades financieras se lo denegaban por estar incluida en un fichero de morosos.
En ese momento, Equifax le confirma que tiene sus datos después de que Orange –en ese momento Jazz Telecom– informara de una deuda de la demandante de 585 euros. Sin embargo, la mujer en ningún momento había sido cliente de Orange con lo que sospecha que ha sido víctima de usurpación de identidad pues el domicilio que consta en el fichero no es suyo.
Pese a que Orange la elimina del fichero cuando realiza las correspondientes comprobaciones de usurpación de identidad, la sentencia dictamina que Jazz Telecom –entidad absorbida por Orange– infringió las disposiciones protectoras de los datos personales y, en consecuencia, vulneró el honor de la cliente, que permaneció durante largo tiempo incluida en un fichero de morosos sin haber incurrido en impago.