jueves, 12 diciembre 2024

El Consejo de Ministros aprobará este martes la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, llevará al Consejo de Ministros de este martes para su aprobación el borrador del anteproyecto de ley para la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que consagra un cambio de modelo por el cual la fase de instrucción dejará de estar en manos de los jueces para recaer en los fiscales, cuya figura cobra mayor relevancia en el proceso penal.

Campo anunció la semana pasada, durante una interpelación urgente en el Congreso de los Diputados, que el borrador de la LeCrim ya estaba listo. El Ministerio de Justicia creó en mayo una comisión de expertos para hacer una primera aproximación a la reforma del proceso penal que en septiembre concluyó sus trabajos.

La reforma de la LeCrim es uno de los principales proyectos de Campo, que defiende la necesidad de superar el modelo ideado por Alonso Martínez en el siglo XIX para ajustarlo a los estándares europeos y a los nuevos tiempos.

La gran novedad que plantea el borrador de la LeCrim es que se pasa del juez instructor al fiscal instructor. Los fiscales serán ahora quienes dirijan la investigación con la intervención puntual de un juez de garantías para autorizar las medidas que afecten a derechos fundamentales.

Las asociaciones de jueces y fiscales consultadas no consideran problemático el cambio de modelo, ya que la instrucción fiscal está extendida en los países de nuestro entorno, pero creen que debe llevar aparejada una reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para dotar de mayor autonomía a los nuevos instructores y reclaman más recursos materiales y humanos para abordar una transformación de tal envergadura.

Cuestión más controvertida es que la nueva LeCrim, tal y como está planteada en estos momentos, otorga también al Ministerio Público el control de la información que trasciende sobre los procesos penales en fase de instrucción, para limitarla a «lo esencial desde el punto de vista del interés informativo» y evitar así un «grave atentado» a la presunción de inocencia.

«Es frecuente encontrarse en los medios de comunicación con filtraciones de informaciones judiciales que suponen para las personas investigadas graves penas de banquillo», justificó Campo en sede parlamentaria, si bien al mismo tiempo se mostró consciente de que hay casos que por su «relevancia social» deben conectarse al derecho a la información. «Es el viejo dilema de la foto del detenido esposado cuyo caso luego queda en nada», ilustró.

PARTIDOS Y SINDICATOS, VETADOS COMO ACUSACIÓN POPULAR

Otro punto polémico es la nueva configuración de la acusación popular, que ya no podrán ejercerla las personas jurídicas públicas, los partidos políticos y los sindicatos. Respecto a los dos últimos, se pretende evitar una instrumentalización del proceso penal, un riesgo que se deriva de su intervención activa en el debate político.

Además, la nueva LeCrim establecerá un elenco de delitos que resultan idóneos para que los ciudadanos puedan defender una visión de la legalidad penal alternativa a la del Ministerio Fiscal, como puede ser el caso de las infracciones que protegen intereses difusos o de los delitos de corrupción política.

Otra de las novedades es la introducción del término «encausada» como denominación genérica de la persona sometida al procedimiento en cualquiera de sus fases, aunque podrá hablarse de investigada cuando sea la sometida a investigación, acusada como aquella frente a la que se ha ejercido la acción penal y finalmente la condenada o penada.

Se crea también un «estatuto de la persona encausada», encabezado con el deber de objetividad que alcanza a todas las autoridades que intervienen en el procedimiento penal, y que recoge los derechos del encausado a conocer los cargos y la acusación, a acceder a las actuaciones –salvo declaración de secreto– y a participar activamente en el proceso.

DETENIDOS, APRESADOS Y AFORADOS

El borrador crea además una segunda forma de detención preventiva «más leve», con una duración máxima de 24 horas frente las 72 actuales, destinada a facilitar las actuaciones procesales que requieran la presencia del arrestado, así como una figura policial encargada de velar por el respeto a los derechos de la persona detenida.

En el siguiente escalón del proceso penal, la prisión provisional, se introducen también importantes novedades, entre las que destacan «un control de oficio imperativo, de periodicidad trimestral y a cargo del órgano judicial», y la creación de una comisión nacional de seguimiento de la prisión provisional.

La nueva LeCrim presta especial atención al «conflicto que puede llegar a producirse entre la salvaguarda de los fines legítimos de la prisión provisional y el derecho fundamental al mantenimiento en el ejercicio del cargo público representativo» y por ello contempla un cese automático para investigados por delitos de rebelión y terrorismo.

En cuanto a diputados y senadores, «solo será necesario tramitar el correspondiente suplicatorio al Congreso de los Diputados o el Senado, si se solicita al juez una concreta actividad cautelar o si efectivamente se ejercita la acción penal y se pide la iniciación del verdadero proceso para la imposición de una pena formulando escrito de acusación».

El procedimiento penal quedará dividido en tres grandes etapas, la investigación, dirigida por el fiscal; el juicio de acusación, a cargo de la nueva figura del juez de audiencia preliminar; y el juicio oral, donde el acusado ya no tendrá que intervenir al inicio, sino en el turno de prueba de su defensa y cuando considere oportuno.

PUNTO DE PARTIDA

En cualquier caso, el ministro de Justicia insistió en su comparecencia en el Congreso en que «el Gobierno tiene la primera palabra pero no la última», abriendo así la puerta a un proceso de debate con las fuerzas políticas para «afinar y concluir una nueva norma.

Una vez aprobado en el Consejo de Ministros, el borrador se convertirá formalmente en un anteproyecto de ley que se enviará a las Cortes Generales para su conversión definitiva en ley. No obstante, se plantea una ‘vacatio legis’ de seis años para su puesta en marcha.