Campo, un adicto a las restricciones para mantener la dictadura tras el estado de alarma

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, se desentiende de las duras críticas de asociaciones judiciales por su labora sobre la gestión en la pandemia. El Gobierno se ha dedicado a legislar mediante decretos durante el estado de alarma, pero no ha preparado ninguna herramienta para evitar el caos tras el levantamiento de las restricciones. Este domingo a las 00.00 horas, los ciudadanos podrán circular libremente y sin impedimentos.

El Ejecutivo ha tenido año y dos meses para preparar un plan tras el fin del Estado de alarma. Sin embargo, no ha realizado labor alguna en ese sentido. En vez de ello, ha dejado todo en manos del Tribunal Supremo y de las propias Comunidades Autónomas.

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Algunas regiones han criticado este levantamiento, como el País Vasco o Castilla-La Mancha, que pedían un mes más para tratar de legislar sobre futuras restricciones. Hasta ahora, todas las prohibiciones estaban respaldadas por el estado de alarma.

Hasta ahora, el Gobierno de PSOE y Podemos había arrancado un acuerdo para mantener el Estado de alarma sin control parlamentario desde hace seis meses tras una polémica prórroga. La Constitución establece que este nivel de alerta debe votarse cada 15 días en el Congreso, pero los diputados se saltaron la regla votada en 1978 por una inmensa mayoría de españoles.

CAMPO DA LA POSIBILIDAD DE CIERRES PERIMETRALES

Pese a decaer el Estado de alarma, sustento para impedir a los españoles la libre circulación y el derecho de reunión, el ministro de Justicia ha afirmado que las Comunidades Autónomas disponen de «un arsenal jurídico suficiente» para afrontar la pandemia. Según ha dicho, las regiones podrán realizar «cierres perimetrales, de municipios o el establecimiento de horarios«. Sin embargo, las autonomías no podrán imponer un toque de queda, ya que para ello es necesaria una «ley orgánica».

No obstante, numerosas fuentes jurídicas discrepan de estos términos, al asegurar que sin estado de alarma hay libre circulación de los ciudadanos. Por otro lado, Campos ha recibido un duro correctivo de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria; mientras que el Tribunal Supremo ha cargado contra la ambigüedad de la ley sobre las restricciones.

El Ejecutivo ha sido incapaz de consensuar una normativa con la oposición ante la falta de diálogo con las fuerzas políticas de la oposición. «Desde hace unos años, la incapacidad de los miembros del legislativo para alcanzar acuerdos con grupos parlamentarios distintos a los que forman gobierno, ha llevado a que, ante la ausencia de mayorías absolutas parlamentarias, las Cortes Generales apenas dicten leyes orgánicas, pero tampoco leyes ordinarias», ha asegurado la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, muy crítica con Campo.

EL GOBIERNO LEGISLA A GOLPE DE DECRETOS

De hecho, la mayoría de las modificaciones de las leyes se están realizando mediante decretos, que no necesitan pasar por el Congreso para su aprobación. Para esta asociación, este hecho constituye «una perversión del sistema constitucional«. Y es que, esta forma de legislar está diseñada únicamente en casos de «extrema y urgente necesidad». Así, lo que era excepcional se ha convertido en norma.

LA URGENCIA Y NECESIDAD ALEGADAS SON FICTICIAS

El Gobierno aprobó un decreto ley de «medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional» para lavarse las manos y dejar en manos del Supremo y las Autonomías la gestión de la situación tras el estado de alarma. Para esta asociación judicial, «la urgencia y necesidad alegadas son ficticias«, más cuando se conoce el fin de las restricciones.

Estos casi 900 jueces afirman que ni el Congreso ni el Senado han podido realizar un control al Gobierno en el último medio año, sin que se haya celebrado un debate sobre el estado de la Nación. «La única materia que se trata es la electoral«, han afirmado. También ha cargado tintas contra el Tribunal Constitucional, «desaparecido de manera consciente, evitando resolver recursos de inconstitucionalidad contra leyes que afectan a derechos fundamentales». Asimismo, si el TC se pronunciara ahora «sería ineficaz».

EL CONSTITUCIONAL, UN OBSTÁCULO EN LA DEFENSA DEL CIUDADANO

«El Tribunal Constitucional, con su inacción, contribuye a la liquidación del sistema, al actuar de forma opaca en cuanto a los tiempos que maneja para la resolución de asuntos», según han afirmado estos jueces, que desconocen los motivos por los cuales unos temas se resuelven más rápido que otros en este tribunal formado y designado por políticos. Para la asociación, el TC constituye «un obstáculo en la defensa de los ciudadanos«.

En un sentido más técnico se ha mostrado el Tribunal Supremo. Y es que, el decreto aprobado por el Gobierno el mismo día de las elecciones de Madrid es una norma «confusa, ambigua y equívoca». Y es que, el Alto Tribunal tendrá sólo cinco días para sentenciar los recursos que se pudieran plantear por las restricciones fijadas por las Autonomías con la finalización del estado de alarma.

Hasta ahora, los tribunales superiores de justicia se han encargado de resolver estas demandas y recursos, provocando así resoluciones distintas a pesar de tratarse de un mismo asunto.

NI EL SUPREMO SABE SI TIENE QUE SENTENCIAR O ESCRIBIR UN AUTO

Las críticas del Supremo van más allá al afirmar que el decreto del Ejecutivo, firmado por Pedro Sánchez, no fija si el Alto Tribunal debe responder a través de un auto o por sentencia. Una chapuza en toda regla.

«Siendo un recurso de casación parece obligado entender que ha de ser por sentencia, pero sin necesidad de realizar el (en otras circunstancias ineludible) paso previo de dictar una diligencia de señalamiento del recurso para votación y fallo. Al contrario, habría que dictar sentencia directamente una vez conclusa la acelerada tramitación procesal del recurso», ha aseverado.

«Si, como es de temer, se multiplica la litigiosidad en esta materia, resultará muy problemático resolver los recursos en tan breve plazo», ha advertido el Gabinete Técnico del Alto Tribunal. Habrá que esperar a la avalancha de recursos si los tribunales de instancias más bajas no dan la razón a los ciudadanos.