Los empleadores que contraten por tiempo indefinido a personascon capacidad intelectual límite tendrán derecho, desde la fecha de celebración del contrato, a una bonificación anual de la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 euros al durante cuatro años. Así lo recoge el Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos que publica este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esta medida se complementa con otras como el decreto aprobado esta semana por el Consejo de Ministros para promover el acceso al empleo de personas con capacidad intelectual límite que responde al mandato contenido en la disposición adicional sexta de la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
En este decreto, se fijan los valores por los que se considerarán destinatarios finales de este programa de empleo que serán las personas con discapacidad intelectual de más de un 20 por ciento y de menos del 33 por ciento; y las personas sordas y con discapacidad auditiva, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento.
En cuanto a los empleadores, tendrán la posibilidad de solicitar subvenciones para introducir las adaptaciones necesarias en el puesto de trabajo y eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas con capacidad intelectual límite. Además, podrán acceder a una subvención de 2.000 euros por cada contrato de trabajo indefinido celebrado a tiempo completo.
Respecto a los contratos para la formación y el aprendizaje, podrán ampliarse hasta un plazo máximo que no podrá exceder de cuatro años, recabando los informes competentes, si el trabajador no hubiese alcanzado el nivel mínimo de conocimientos requeridos para desempeñar el puesto de trabajo.