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El despacho de abogados está especializado en la aplicación de esta legislación desde sus comienzos en el año 2015
El Juzgado de Primera Instancia nº21 de Madrid ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) en el caso de ZN, quien ha quedado de este modo libre de una deuda que ascendía a 79.662 euros gracias a la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad. VER SENTENCIA.
La exonerada acudió a Repara tu Deuda, despacho pionero en la tramitación de la Ley de Segunda Oportunidad, ahogada por las deudas que tenía y que no le permitía llevar una vida normal. Los abogados de Repara tu Deuda empezaron el proceso para que pudiera acogerse a esta legislación. Una vez que el juzgado se ha pronunciado a favor de sus intereses, está liberada del 100% de sus deudas.
Como en su caso, cada día se están produciendo cancelaciones de deuda en España. Gracias a ello, los posibles beneficiarios de esta herramienta se están animando a comenzar el proceso para empezar una nueva vida desde cero. Según aseguran desde Repara tu Deuda, “la Ley de Segunda Oportunidad ha venido para quedarse. Y es que, desde su aprobación por parte del Parlamento en el año 2015, han sido más de 18.000 los particulares y autónomos que han confiado en los abogados del despacho para poder tener una segunda vida”.
Otros países europeos como Italia, Alemania o Francia llevan más tiempo aplicando esta legislación. Por esta razón, están ya superando los 100.000 trámites anuales. En estos momentos, el despacho ha conseguido superar la cifra de 70 millones de euros exonerados a sus clientes.
Algunas de las claves señaladas por Repara tu Deuda, especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad, para triunfar en su tarea son “contar con los mejores abogados, ofrecer una tecnología lo más avanzada posible y no olvidarnos de que estamos ante personas que lo están pasando muy mal, lo cual requiere una atención muy humana a quienes confían en nuestra experiencia”.
La Ley de Segunda Oportunidad permite que particulares y autónomos queden exonerados de sus deudas siempre y cuando cumplan una serie de requisitos. Entre ellos, está que se haya actuado de buena fe, que se haya negociado de forma previa para alcanzar un acuerdo previo o que el importe debido no sea superior a los 5 millones de euros.
Fuente Comunicae