ERC expulsa a menores tutelados sin tener en cuenta la edad del pasaporte

ERC, a través de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) y la Fiscalía «expulsan de forma sistemática» al 95% de los menores tutelados. El organismo que promueve el bienestar de la infancia y adolescencia en alto riesgo de marginación social, dependiente de la Generalitat gobernada por Pere Aragonès (ERC), se encarga de tutelar a los menores no acompañados para contribuir a su desarrollo personal, pero también procede a expulsarles de su cobijo de forma ilegal.

El último caso conocido es el de Tom -nombre ficticio-, bajo tutela de la DGAIA y en connivencia con la Fiscalía. Un auto judicial de medidas cautelares lo ha impedido ya que ambos entes públicos han pasado por alto la documentación que portaban los menores.

La DGAIA, lejos de atender a un documento oficial, solicita de «forma ilegal una serie de pruebas médicas» para determinar si el joven ha cumplido los 18 años, según ha asegurado Albert Parés, abogado y director de la entidad Noves Vies, a preguntas de MONCLOA.

UNA PRÁCTICA HABITUAL EN LA DGAIA DE ERC

Para el letrado, se trata de una práctica contraria a la doctrina asentada por el Tribunal Supremo en 2015. El Alto Tribunal consideró que la DGAIA y la Fiscalía deben comprobar en primer lugar si el documento que porta el menor es falso y si la edad de éste se ha modificado.

La DGAIA expulsa a los menores sin realizar un estudio previo del pasaporte

«Las pruebas médicas son ilegales», ha sentenciado, pese a que se hacen al 95% de los menores tutelados. Esta es la principal causa de expulsión de la DGAIA y deja al menor en una situación de peligro extremo, en la calle y sin ayuda de ningún tipo. Es un caldo de cultivo idóneo para las mafias, trata de personas, bandas callejeras y delincuencia. Los jóvenes no tienen nada que perder en estas condiciones y los servicios públicos se desentienden por completo una vez llegado a la edad de 18 años. Eso sí, mientras tanto, los Ayuntamientos y ‘casals’ de ERC no escatiman a la hora de proclamar el lema ‘bienvenidos, refugiados’.

La directora general de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) de la Generalitat, Ester Cabanes
La directora general de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) de la Generalitat, Ester Cabanes

Con este auto judicial, adelantado por el diario Ara, el juez considera que la responsabilidad del pequeño es de la Generalitat hasta que haya una sentencia firme. El caso no es aislado ni tampoco una excepción. «Es la norma», afirma Parés, quien advierte que a los entes públicos aplican esta peligrosa medida «sin un estudio previo del pasaporte» del menor. «Es ilegal», ha insistido.

LA DGAIA IGNORA EL PASAPORTE Y REALIZA PRUEBAS MÉDICAS

Con apenas 17 años y en la calle, el caso del menor expulsado por la DGAIA sitúa a este joven como una presa fácil del lado más tenebroso, donde no hay nada que perder y sí ganar un techo para poder dormir a cobijo. Las ONGs y el Hospital de Campaña de Santa Anna, una institución que da protección a las personas sin hogar, les ayudan y guían para poder comenzar una nueva vida atendiendo a sus necesidades y mirando caso por caso; mientras Parés y su equipo facilitan la labor de los abogados de oficio que defienden los intereses del menor.

Tom ha vivido durante este mes a la intemperie y esperaba encontrar en España una «vida mejor» tras cruzar países como Burkina Faso o Mali antes de llegar a la costa de Argelia y Marruecos. Desde allí, una patera le llevó a Canarias, un viaje que pagó su propia madre para poder alejarse de la violencia y la pobreza. En el caso del menor, se facilitó un documento sellado por la embajada de Ghana en Madrid que da testimonio de la «autenticidad» del pasaporte. En el mismo, la edad del menor es de 17 años y tres meses.

LA DGAIA, ENVUELTA EN LÍOS JUDICIALES POR SU NEGLIGENCIA

No es el primer traspiés de la DGAIA. El ente público permitía a los jóvenes dormir en los juzgados y pasillos de la Ciudad de la Justicia o en los calabozos de las comisarías de los Mossos d’Esquadra. Así lo expuso la decana de Barcelona, Mercè Caso, quien prohibió esta práctica.

Asimismo, este organismo público, bajo el mando de ERC, dejó sin tutela a dos menores que acogió en 2011 en un acogimiento preadoptivo. En 2015 dejó sin efecto el pacto y quedaron bajo la tutela de la Generalitat. La familia interpuso un recurso contra esta resolución y poniendo de manifiesto las graves irregularidades cometidas por la Administración.

Se exigió una «reclamación patrimonial por la negligente actuación cometida consistente en la improcedente retirada de los dos menores de edad», señalaron los abogados que siguieron el caso. El juez había declarado ilegal la retirada de los menores en el procedimiento civil y en la Audiencia Provincial. Finalmente, la DGAIA fue condenada a ingresar a la familia 50.000 euros por «los graves daños y perjuicios causados».

La DGAIA fue objeto de otro tirón de orejas por parte de la entonces presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), Maria Eugènia Alegret. La magistrada se refirió al caso de una niña de tan sólo siete meses en Tarragona, presuntamente maltrada en el entorno familiar. Para Alegret, la DGAIA no actuó a tiempo pese a estar facultada y obligada por ley. Sin embargo, la Generalitat cargó toda la responsabilidad sobre el juez instructor.