domingo, 4 mayo 2025

OCU lo deja claro: esta cláusula en tu seguro de tu coche te puede dejar sin ayuda

El seguro del coche es, para la mayoría de los conductores españoles, esa red de seguridad imprescindible que nos permite circular con cierta tranquilidad por las carreteras. Contratamos una póliza confiando en que, llegado el momento de un siniestro, la compañía responderá como esperamos, pero la realidad, advertida en no pocas ocasiones por la OCU, es que la letra pequeña de los contratos puede esconder trampas inesperadas que merman considerablemente la ayuda recibida o, en el peor de los casos, la anulan por completo. Esas cláusulas, a menudo redactadas con una terminología compleja y situadas estratégicamente para pasar desapercibidas, son las que marcan la diferencia entre una solución efectiva y un auténtico quebradero de cabeza económico y personal.

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Entender a fondo qué firmamos es crucial, porque las pólizas de seguro no son documentos estándar y las diferencias entre unas y otras pueden ser abismales, especialmente en lo que respecta a las limitaciones y exclusiones. El diablo, como suele decirse, está en los detalles, y en el ámbito de los seguros de automóvil, esos detalles pueden traducirse en miles de euros de diferencia a la hora de afrontar la reparación de un vehículo o la indemnización por un siniestro total. Ignorar estas advertencias, como las que periódicamente lanza la Organización de Consumidores y Usuarios, es un riesgo que ningún conductor debería permitirse correr, ya que las consecuencias de una cláusula limitativa aplicada en el momento menos oportuno pueden ser devastadoras para nuestra economía familiar y nuestra capacidad de movilidad.

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DEFENDER TUS DERECHOS: CÓMO ACTUAR ANTE CLÁUSULAS ABUSIVAS SEGÚN LA OCU

Fuente Freepik

Cuando un conductor se topa con la aplicación de una de estas cláusulas limitativas que considera injusta o desproporcionada, no todo está perdido. El primer paso es siempre intentar una negociación directa con la compañía aseguradora, exponiendo los argumentos y tratando de alcanzar un acuerdo amistoso. Es recomendable presentar una reclamación formal por escrito, detallando los hechos, la cláusula en disputa y por qué se considera que su aplicación es incorrecta o abusiva, aportando toda la documentación que respalde la postura del asegurado.

Si la respuesta de la aseguradora no es satisfactoria o directamente no se produce en el plazo establecido (generalmente un mes), existen otras vías. Se puede acudir al Defensor del Asegurado de la propia compañía, una figura interna que debe analizar la queja de forma independiente. Otra opción muy recomendable es buscar el asesoramiento y apoyo de organizaciones de consumidores como la OCU, que cuentan con expertos juristas especializados en seguros y pueden mediar con la compañía o indicar los pasos a seguir para defender los derechos del afectado.

Finalmente, si todas las vías anteriores fracasan, queda la opción de presentar una reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), un organismo supervisor que puede emitir un informe (no vinculante) sobre la actuación de la aseguradora. Y como último recurso, siempre está abierta la vía judicial, interponiendo una demanda para que sea un juez quien determine si la cláusula es válida y si la actuación de la compañía se ajusta a derecho. La OCU a menudo acompaña a sus socios en estos procesos, recordando siempre que la mejor defensa empieza por una buena información y lectura previa del contrato.

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