El TSJC anula la condena de 15 años por el crimen de Diego Vargas y ordena repetir el juicio

El tribunal superior catalán sostiene que el magistrado presidente perdió la imparcialidad durante la vista oral y devuelve la causa a la Audiencia de Barcelona. La pena de 15 años dictada el pasado marzo queda sin efecto.

El TSJC ha anulado la condena de 15 años impuesta a Luis Bonet por el crimen de Diego Vargas y obliga a repetir el juicio. La resolución, conocida este viernes 9 de octubre, sostiene que el magistrado presidente de la Audiencia de Barcelona perdió la imparcialidad durante la vista oral, según ha adelantado ABC.

El fallo deja sin efecto una sentencia dictada el pasado mes de marzo, que imponía 15 años de prisión por unos hechos ocurridos en 2020. La decisión no vuelve a valorar el fondo del asunto: se limita a constatar un defecto procesal que obliga a repetir el enjuiciamiento desde el principio.

Qué ha decidido el TSJC sobre el crimen de Diego Vargas

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña es el órgano ante el que se recurren las sentencias de la Audiencia de Barcelona. Su decisión llega meses después del fallo condenatorio.

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La Audiencia de Barcelona dictó sentencia en marzo de 2026 después de que un jurado (el órgano formado por ciudadanos que decide la culpabilidad en ciertos delitos graves) declarara culpable al acusado. El tribunal consideró probado que Luis Bonet mató a Diego Vargas el 11 de mayo de 2020, el primer día de la desescalada por la pandemia.

La condena se sostuvo sobre pruebas indirectas. No se localizó el cuerpo de la víctima, no hubo testigos presenciales, y tampoco restos de ADN. La sentencia, hoy anulada, concluía que esas ausencias no impedían reconstruir lo ocurrido.

El crimen se produjo cuando arrancaba el plan de desescalada por fases. La investigación se prolongó sin hallazgos forenses concluyentes y el caso llegó a juicio con un cuadro probatorio construido a partir de indicios.

La anulación responde a una cuestión de forma. Según el TSJC, una prueba pericial complementaria se presentó poco antes de que arrancara la vista. Ese movimiento colocó al magistrado presidente en una posición incompatible con la imparcialidad que exige su función.

La anulación deja sin efecto la pena de 15 años y devuelve la causa a la Audiencia de Barcelona, que deberá celebrar un nuevo juicio.

El proceso vuelve a empezar.

Por qué se repite el juicio con un nuevo jurado

La anulación no declara inocente ni culpable a nadie. Devuelve la causa al punto de partida. Luis Bonet recupera la condición de presunto autor (la persona a la que se atribuyen los hechos, sin que exista aún condena) y la presunción de inocencia permanece intacta.

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La resolución del TSJC deja tres consecuencias verificables:

  • La pena de 15 años de prisión dictada en primera instancia queda sin efecto.
  • La causa regresa a la Audiencia de Barcelona.
  • El nuevo enjuiciamiento deberá celebrarse con un nuevo jurado.

La nulidad por falta de imparcialidad del tribunal no equivale a una absolución. El proceso se retrotrae al momento anterior al juicio y se repite ante un órgano distinto. Es una figura prevista para preservar el derecho a un juez imparcial.

En qué fase queda la causa

No hay fecha para la vista. La Audiencia de Barcelona deberá constituir el jurado y fijar el señalamiento, un trámite que todavía no se ha activado. El TSJC no se pronuncia en su resolución sobre la autoría de los hechos ni sobre el fondo del caso.

El cuerpo de Diego Vargas sigue sin localizarse más de seis años después de los hechos. La búsqueda no ha dado resultado hasta ahora.

Con esta decisión, el caso regresa a la casilla de salida procesal. Habrá que constituir un nuevo jurado, celebrar una vista completa y esperar una segunda sentencia. Hasta que esa resolución sea firme, no existirá pronunciamiento definitivo sobre el crimen de Diego Vargas.