Vox no logra cárcel para el tuitero de ‘Abascal colgado’: la Justicia recuerda el caso Sánchez

La Audiencia Provincial de Madrid descarta el delito de odio y el de amenazas y recuerda que Abascal dijo algo similar sobre Sánchez sin ser imputado. La sentencia todavía admite recurso ante el Tribunal Superior de Justicia y, después, ante el Tribunal Supremo.

La Audiencia Provincial de Madrid absuelve al tuitero de ‘Abascal colgado’, para quien Vox reclamaba casi seis años de cárcel. La sentencia descarta el delito de odio y el de amenazas.

Los magistrados rechazan las pretensiones de la formación de Santiago Abascal y recurren a un antecedente del propio líder de Vox: cuando afirmó que ‘habrá un momento dado que el pueblo querrá colgarlo de los pies’ refiriéndose a Pedro Sánchez. El Tribunal Supremo no llegó siquiera a imputarle por aquella frase, pronunciada en 2023 tras una querella del PSOE.

El mensaje se publicó el 5 de abril de 2021, en plena campaña de las elecciones a la Comunidad de Madrid. Su autor escribió: ‘Abascal y Monasterio colgadxs del puente de Vallekas como sus ídolos italianos’, y lo acompañó con una foto de los cadáveres de Benito Mussolini y Clara Petacci colgados en Milán. Vox acababa de anunciar un acto en la plaza de la Constitución de Vallecas, celebrado dos días después entre fuertes disturbios.

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Qué pedía Vox y por qué el caso llegó a juicio

Vox se personó como acusación particular y reclamó cinco años y nueve meses de cárcel para el autor del tuit, además de 10.000 euros para una asociación de huérfanos de la Guardia Civil. La formación sostuvo que el mensaje no era una simple invectiva de campaña y pidió que se investigara también como delito de odio, el tipo penal que castiga el menosprecio a un colectivo por su origen, religión o ideología.

Los jueces estimaron esas alegaciones durante la instrucción y abrieron la puerta a una segunda acusación por odio. La Fiscalía, en cambio, solo acusó por un delito leve de amenazas. La causa arrancó hace más de un lustro y se ha resuelto ahora, con una sentencia que todavía admite recurso.

Por qué la Audiencia ha absuelto al tuitero

El tribunal sostiene que los partidos y sus dirigentes no pueden ser víctimas de un delito de odio, reservado a ‘colectivos históricamente vulnerables’. ‘No es razonable pensar que el acusado pretendiera que se colgara a Santiago Abascal y a Rocío Monasterio de un puente’, añade la sentencia, que apunta que ‘no puede excluirse que estuviera amparado por el derecho a la libertad de expresión’.

La Audiencia absuelve, pero deja a Vox un argumento: ningún tribunal reprocha al partido haber llevado el caso a juicio ni tilda de temeraria su petición de casi seis años.

Los magistrados reconocen que el tuit no era ‘edificante o de buen gusto’, aunque niegan que fuera delictivo. Descartan que guardara relación con los incidentes del mitin y subrayan que su autor lo borró poco después. Sobre las amenazas, apuntan que la acusación leve habría prescrito.

La sentencia incluye un punto que la formación puede esgrimir: los jueces descartan que los servicios jurídicos de Vox incurrieran en temeridad o mala fe al pedir casi seis años de prisión. Otra sección del mismo tribunal había avalado antes que el tuitero fuera acusado también por delito de odio.

Qué lectura deja el fallo para Vox

El caso no está cerrado. La sentencia puede recurrirse primero ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y después ante el Tribunal Supremo, un recorrido que los servicios jurídicos del partido podrían activar si mantienen que el mensaje reunía los elementos del delito de odio.

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La decisión reabre el debate sobre el alcance de la libertad de expresión cuando los destinatarios son cargos públicos. Los jueces se apoyan en una doctrina consolidada y recuerdan que quemar una bandera de España puede quedar amparado por la crítica política.

Para Vox, la sentencia no altera su tesis de fondo: el partido sostiene que un mensaje que evoca el linchamiento de sus dirigentes no puede quedar impune bajo el paraguas de la crítica. Esa convicción explica que reclamara casi seis años de cárcel y que la causa llegara a juicio.

El escenario, en todo caso, es complejo para la formación. La sentencia que ahora la perjudica se apoya en un episodio conocido de Abascal, y el mismo Supremo que lo archivó sería la última instancia si el partido decide recurrir.