Las víctimas del terrorismo piden a la Audiencia Nacional que no amnistíe a los doce CDR procesados por delitos de terrorismo. La solicitud, según el teletipo de Servimedia del 14 de octubre, abre un pulso jurídico sobre los límites de la ley de amnistía y sobre qué actuaciones quedan fuera de su amparo.
Las asociaciones de víctimas han trasladado al tribunal su oposición a que la amnistía del procés alcance a los doce miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) encausados.
Su argumento central, recogido por Servimedia, es que el derecho de gracia no puede concederse a actuaciones concretas contra los derechos humanos. La amnistía (el perdón de determinados delitos por decisión del legislador) no sería, según esta tesis, un cheque en blanco.
La petición se articula en tres ejes concretos:
- Excluir a los doce CDR del ámbito de aplicación de la ley de amnistía.
- Alegar que no cabe amparar bajo el perdón legal actuaciones contra los derechos humanos.
- Pedir al tribunal que examine los hechos caso por caso antes de conceder cualquier sobreseimiento.
Quiénes son los doce CDR y en qué fase está el caso
Los doce afectados son miembros de los Comités de Defensa de la República, los grupos independentistas catalanes conocidos por sus siglas, procesados en la Audiencia Nacional por delitos de terrorismo. El caso se encuentra en fase de instrucción (la etapa en la que el juez investiga los hechos antes de la celebración del juicio oral).
La condición procesal de los doce es la de investigados: ninguna sentencia ha declarado todavía responsabilidad penal sobre ellos. Las víctimas no reclaman su condena, sino que se les niegue el perdón legal si los hechos imputados encajan en las excepciones de la norma.
El pulso jurídico sobre los límites de la ley de amnistía
El fondo del conflicto está en las excepciones que la propia ley introdujo. Según la interpretación de las acusaciones, los delitos de terrorismo y las actuaciones contra derechos humanos quedan fuera del perdón. La defensa de los CDR sostiene la tesis contraria. Al tribunal le corresponde fijar dónde está la frontera.
La decisión no se limita a estos doce nombres. Marca el criterio de referencia para el resto de causas abiertas por el procés cuando llegue el momento de aplicar la norma.
El caso define hasta dónde llega el perdón legal y si las excepciones por terrorismo tienen efecto real sobre causas concretas.
Los próximos pasos en la Audiencia Nacional
Corresponde ahora a la Audiencia Nacional resolver si aplica la amnistía a los doce CDR o si mantiene la causa abierta. La decisión afecta a la pieza principal y a las actuaciones asociadas. No hay fecha fijada para el pronunciamiento, según las fuentes consultadas por Servimedia.
Mientras el tribunal decide, la causa sigue su curso y los doce procesados conservan su condición de investigados. La resolución que fije el alcance de la amnistía marcará el criterio para casos similares.
⚖️ Datos del caso
- Órgano judicial: Audiencia Nacional.
- Fase procesal: Instrucción, pendiente de resolver sobre la aplicación de la amnistía.
- Implicados: Doce miembros de los CDR, en condición de investigados; ninguna sentencia firme.
- Delitos investigados: Delitos de terrorismo, según el teletipo de Servimedia.
- Próximos pasos: Pronunciamiento del tribunal sobre si excluye a los CDR del ámbito de la amnistía.
Lo esencial
- 📌 ¿Qué ha ocurrido? Las víctimas del terrorismo han pedido a la Audiencia Nacional que no amnistíe a los doce CDR procesados, según Servimedia.
- 👤 ¿Quiénes están implicados? Doce miembros de los CDR, procesados por terrorismo, y las asociaciones de víctimas que se oponen a la medida.
- ⏭️ ¿Qué pasa ahora? El tribunal debe decidir si aplica la amnistía o mantiene la causa abierta; no hay fecha fijada.

