El Gobierno aprobó ayer un real decreto-ley que amplía la incapacidad temporal y triplica la ayuda a los huérfanos de violencia de género. La norma, aprobada en el Consejo de Ministros del martes 20 de octubre, eleva esa prestación de 11.600 a más de 34.000 euros anuales, según la referencia difundida por La Moncloa y la información de Europa Press.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Gobierno, Elma Saiz, resumió el texto como una norma que «amplía derechos», refuerza «la protección de las familias» y responde a «situaciones que necesitaban una cobertura más adecuada». El decreto llega tras el diálogo social y la «escucha activa» de distintas asociaciones, según la portavoz.
La pieza central es la creación de dos situaciones especiales de incapacidad temporal (la baja laboral por enfermedad o lesión que impide trabajar): una para mujeres con patologías incapacitantes asociadas a la menopausia y otra para trabajadoras víctimas de violencia de género cuyas lesiones les impidan trabajar. Ambas se cobran desde el día siguiente a la baja y sin periodo mínimo de carencia, lo que las separa del régimen común.
Qué cambia exactamente en la incapacidad temporal
El cálculo, según el detalle aportado por Saiz, es el 60% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja y el 75% a partir del día 20. El régimen común no abona las tres primeras jornadas y sitúa el 75% desde el día 21. La portavoz enmarcó la medida en un colectivo de referencia: más de 10,5 millones de mujeres afiliadas a la Seguridad Social.
La prestación se cobra desde el día siguiente a la baja.
El decreto extiende además la equiparación con el accidente de trabajo a las personas afectadas por acontecimientos catastróficos. Hasta ahora esa cobertura se activaba de forma excepcional con medidas extraordinarias; con la nueva norma queda prevista con carácter general. Saiz citó «situaciones como las que se están produciendo estos días en la Comunitat Valenciana» como ejemplo de aplicación sin un decreto específico.
Las dos nuevas bajas se cobran desde el día siguiente y sin carencia: el 60% de la base reguladora y, desde el día 20, el 75%.
Viudedad, huérfanos y familias: los cambios en las prestaciones
El segundo bloque afecta a las prestaciones familiares y de supervivencia. La pensión de viudedad se abrirá a parejas de hecho con hijos en común que acrediten dos años de convivencia, aunque no estén inscritas en el registro correspondiente. Saiz anunció una ventana temporal de un año para quienes, por fallecimientos pasados, ya hubieran reclamado la prestación.
En el caso de los huérfanos por violencia contra las mujeres, la prestación pasa a ser equivalente al doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento. Según Europa Press, esa referencia sitúa la ayuda por encima de los 34.000 euros anuales frente a los 11.600 actuales.
El resto de novedades se reparte en cuatro frentes:
- Menores con cáncer u otras enfermedades graves: ambos progenitores podrán percibir la prestación de forma alternativa o simultánea.
- Cuidadores que superen los 26 años: la cobertura se extiende si la persona afectada tiene dependencia de grado III o una discapacidad igual o superior al 65%.
- Víctimas del terrorismo: se equiparan las indemnizaciones con y sin sentencia penal, tanto en lesiones incapacitantes como en las pensiones de sus familiares.
- Fondo de Garantía del Pago de Alimentos: el anticipo máximo pasa de 100 a 300 euros mensuales y su duración se amplía de 18 meses hasta la extinción de la obligación de pago.
Qué pasa ahora: 30 días para la convalidación en el Congreso
El real decreto-ley (norma con rango de ley que el Gobierno aprueba por urgencia y que el Congreso debe convalidar o derogar) tiene un plazo máximo de 30 días desde su publicación en el BOE, según el artículo 86 de la Constitución. La referencia del Consejo de Ministros sitúa ese debate en la Diputación Permanente, el órgano que asume las funciones del Pleno cuando la Cámara no está reunida.
Nadie ha puesto fecha.
La referencia del Ejecutivo no incluye el impacto presupuestario de estas medidas, a diferencia de los decretos de vivienda y agricultura de la misma reunión, que sí detallan cuantías.
El efecto práctico llegará con la publicación en el BOE: entonces, las dos nuevas situaciones de incapacidad temporal y la prestación reforzada se activarán sin medidas extraordinarias.
Lo esencial
- 📌 ¿Qué ha ocurrido? El Consejo de Ministros aprobó el 20 de octubre un real decreto-ley de protección social, según La Moncloa.
- 👤 ¿Quiénes están implicados? El Gobierno, con la ministra y portavoz Elma Saiz, y los colectivos afectados por menopausia, violencia de género o impago de pensiones.
- ⏭️ ¿Qué pasa ahora? El Congreso debe convalidar el texto en un plazo máximo de 30 días desde su publicación en el BOE.

