Renta Mínima Vital: todas las respuestas que necesitas

Después de una larga travesía de incertidumbre, el Gobierno aprobará esta semana en el Consejo de Ministros la Renta Mínima Vital o Ingreso Mínimo Vital que beneficiará a unas 850000 familias, de las cuales se prevé que automáticamente y de oficio, la Seguridad Social pueda hacer dicho ingreso a unos 100000 hogares. ¿Quiénes podrán solicitarla? ¿Cuándo se cobra? ¿Dónde se solicita? Respondemos a todas las dudas sobre el IMV y cómo afecta a los ciudadanos.

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) nace como una prestación no contributiva de la que se hará cargo a la Seguridad Social. El objetivo de esta medida de urgencia social es cubrir las necesidades de ingresos mínimos básicos para los hogares con menores ingresos.

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¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR EL INGRESO MÍNIMO VITAL?

IVM

Tal y como lo ha planteado el Gobierno, la Renta Mínima Vital es un suplemento del Estado para las personas mayores de 23 años y menores de 65 años sin menores a su cargo, y siempre en concepto de ayuda al hogar o núcleo familiar, no a título individual.

  • Si vives solo e ingresas menos de 200 euros al mes, recibirás una cuantía similar a la de la pensión no contributiva, de 462 euros si vive solo, o 700 euros si tiene un menor a su cargo, 838 euros si tiene dos, y 977 si tiene tres o más
  • Cuando son dos personas las que conviven, y la suma de rentas está por debajo de los 450 euros, la prestación será de 600 euros si carece de menores a su cargo; 738 euros, si tiene a su cargo un menor, 877 si son dos menores y 1015 euros con tres o más menores a su cargo.

También es requisito acreditar estar en búsqueda de empleo, algo que se puede realizar con los certificados de búsqueda de empleo del SEPE y de diversos portales de empleo.

La Renta Mínima Vital es incompatible con cualquier otra ayuda solicitada de las aprobadas por el Gobierno.

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