Generalitat y registradores estudian la reversiĆ³n de inmuebles de la Iglesia

La consellera de Transparencia y Calidad DemocrĆ”tica, Rosa PĆ©rez Garijo, se ha reunido con representantes del Colegio de Registradores de la Comunitat Valenciana para poner en marcha acciones que permitan la reversiĆ³n de inmuebles pĆŗblicos que se encuentren en el listado de inmatriculaciones realizadas por la Iglesia catĆ³lica.

En el encuentro, los representantes de los registradores han informado de las vƭas para reclamar inmuebles que puedan estar inscritos indebidamente, ademƔs de constatar que los ayuntamientos son los legitimados para realizar estas reclamaciones.

Por ello, PĆ©rez Garijo ha anunciado que su departamento colaborarĆ” con ellos para detectar quĆ© inmuebles constan en los inventarios de bienes pĆŗblicos y preparar la documentaciĆ³n necesaria, informa la Generalitat en un comunicado.

TambiĆ©n pretende reunirse con la direcciĆ³n general del Catastro, dependiente del Ministerio de Hacienda, para comprobar las circunstancias y caracterĆ­sticas de cada propiedad y determinar asĆ­ si son susceptibles de reclamaciĆ³n.

En enero de 2020, Transparencia solicitĆ³ el listado de los bienes inmatriculados por la Iglesia en la Comunitat para comprobar si existĆ­an inmuebles que podĆ­an revertir en el patrimonio pĆŗblico. Seguidamente, en julio reiterĆ³ la peticiĆ³n a la direcciĆ³n general de Seguridad JurĆ­dica y Fe PĆŗblica, adscrita al Ministerio de Justicia.

En la misiva, la consellera argumentaba que el fenĆ³meno de las inmatriculaciones de los bienes inmuebles ha supuesto Ā«el mayor expolio del patrimonio histĆ³rico del paĆ­s por la Iglesia catĆ³licaĀ», propiciado por el artĆ­culo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946 que permitiĆ³ a las autoridades eclesiĆ”sticas inscribir bienes a su nombre sin acreditar tĆ­tulo de dominio alguno, mediante un procedimiento de auto-certificaciĆ³n.

De hecho, entre 1996 y 2015, esta posibilidad siguiĆ³ manteniĆ©ndose a travĆ©s de modificaciones legislativas en 1996 y 1998 Ā«bajo preceptos que difĆ­cilmente pueden sostenerse a causa de su inconstitucionalidadĀ». Con la modificaciĆ³n de la Ley Hipotecaria en 1998 se permitiĆ³ la inscripciĆ³n de bienes pĆŗblicos expoliados por la Iglesia con una certificaciĆ³n del Ć³rgano diocesano correspondiente.

Esto, advertĆ­a Garijo en la carta, ha derivado en la privaciĆ³n a los valencianos de la utilizaciĆ³n de estos bienes inmuebles en todo este tiempo, ademĆ”s de perderse la rentabilidad patrimonial que hubiera podido derivarse en beneficio de las instituciones pĆŗblicas de la Comunitat.

No fue hasta 2015, con la aprobaciĆ³n de la reforma de la Ley Hipotecaria, cuando queda circunscrita Ćŗnicamente a las administraciones pĆŗblicas y a las entidades de derecho pĆŗblico la facultad de autocertificar la titularidad a su favor de las fincas e inmuebles.

Finalmente, el Gobierno hizo pĆŗblico el listado de inmuebles el pasado 16 de febrero. De los 35.000 detectados, 912 se encuentran en la Comunitat Valenciana.