El estado de alarma que el Gobierno decretĆ³ por segunda vez hace mĆ”s de seis meses ha finalizado a las 00.00 de este domingo 9 de mayo y los espaƱoles ya pueden moverse por todo el paĆs.
Los cierres perimetrales a nivel autonĆ³mico se han levantado con el fin del estado de alarma en todas las comunidades. Baleares y Canarias seguirĆ”n realizando controles sanitarios a personas procedentes de otras comunidades o ciudades autĆ³nomas y pedirĆ”n prueba negativa de coronavirus.
A partir de ahora las restricciones de derechos fundamentales de los ciudadanos quedan en manos de las comunidades autĆ³nomas y de lo que dicten los tribunales.
Desde que estallĆ³ la crisis del coronavirus en marzo de 2020, el estado de alarma ha estado vigente en total durante 9 meses y 21 dĆas en toda EspaƱa, 10 meses y 6 dĆas en la Comunidad de Madrid.
Hay tres medidas que han estado en vigor hasta este domingo que restringen derechos fundamentales y que para continuar aplicĆ”ndose deben ser avaladas por la justicia: lĆmites en las reuniones sociales, toque de queda y cierres de comunidades, provincias o municipios.
Ninguna comunidad mantendrĆ” el cierre de todo su territorio. La Ćŗnica que lo ha solicitado ha sido el PaĆs Vasco y los tribunales no lo han aceptado.
El estado de alarma se acaba con la incidencia media de contagios en EspaƱa en los Ćŗltimos 14 dĆas reduciĆ©ndose, ya que se situaba en los 198,60 casos por cada 100.000 habitantes este viernes, con una situaciĆ³n epidemiolĆ³gica dispar por territorios. AsĆ, por ejemplo, en la Comunitat Valenciana hay 40 casos por cada 100.000 habitantes, mientras que en Euskadi, mĆ”s de 450.
Actualmente hay 8.605 pacientes ingresados por Covid-19 en toda EspaƱa y 2.183 en una UCI. La tasa de ocupaciĆ³n de camas ocupadas por coronavirus se sitĆŗa en el 6,85% y en las UCI en el 21,85%. En Madrid, las UCI tienen una ocupaciĆ³n por Covid de mĆ”s del 40%, del 37% en Euskadi y del 35% en CataluƱa.
CRONOLOGĆA DE LOS ESTADOS DE ALARMA
El estado de alarma ha dado cobertura a todas las medidas que han adoptado las autonomĆas y que afectaban a los derechos fundamentales, como el toque de queda, los confinamientos o los cierres perimetrales de las regiones. Esa fue precisamente la justificaciĆ³n del Gobierno para volver a recurrir a Ć©l en otoƱo.
El primer real decreto de estado de alarma se aprobĆ³ el 14 de marzo de 2020. A este le siguieron seis prĆ³rrogas, una cada quince dĆas: 27 de marzo, 10 de abril, 24 de abril, 8 de mayo y 5 de junio. Y cada una de ellas saliĆ³ adelante en el Parlamento con menor apoyo que la anterior. Vox solo apoyĆ³ la primera prĆ³rroga y el PP votĆ³ en contra en las dos Ćŗltimas. Y la del 5 de junio saliĆ³ adelante gracias a la abstenciĆ³n de ERC.
El 21 de junio finalizaba la Ćŗltima prĆ³rroga pero la controversia entre las medidas que adoptaban las CCAA y los recursos que comenzaron a producirse ante los tribunales obligĆ³ de nuevo al Gobierno a aprobar un decreto de alarma que diera cobertura a las medidas autonĆ³micas. El 9 de octubre lo hizo para la Comunidad de Madrid y el 25 de ese mismo mes para todas las comunidades autĆ³nomas. Se prorrogĆ³ el 3 de noviembre por seis meses y esta Ćŗltima prĆ³rroga es la que concluye este domingo 9 de mayo.
A pesar de las crĆticas de la oposiciĆ³n y de varios ejecutivos autonĆ³micos, el Gobierno ha decidido prescindir de este instrumento. SegĆŗn argumentan en Moncloa, las CCAA tienen suficientes instrumentos jurĆdicos para hacer frente a la pandemia en esta fase, en la que la vacunaciĆ³n va en aumento y la incidencia, en descenso.
Y ahora, una vez ha decaĆdo el estado de alarma, las decisiones que adopten las CCAA sobre restricciĆ³n de los derechos fundamentales deberĆ”n ser ratificadas o no por los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades AutĆ³nomas.
VERANO DE 2020: DECISIONES CONTRADICTORIAS DE LOS TSJ
Muchas regiones ya se encontraron durante el verano pasado con resoluciones de los Tribunales Superiores de Justicia anulando las medidas que habĆan adoptado. Este es el caso del PaĆs Vasco, cuyo gobierno es uno de los que mĆ”s han presionado para que se prorrogase el estado de alarma.
Sin embargo, el Ejecutivo ha decidido mantener su decisiĆ³n y para evitar que se produzcan discrepancias entre las decisiones de los Tribunales Superiores de Justicia de las distintas comunidades autĆ³nomas, ha optado por crear un recurso de casaciĆ³n Ā«expressĀ» ante el Tribunal Supremo con el fin de que Ć©ste unifique la doctrina. La Sala Tercera del alto tribunal tendrĆ” 5 dĆas de plazo para resolver, de tal forma que las medidas que puedan afectar a los derechos fundamentales sean las mismas en todas las regiones.
Pero antes incluso de que comiencen a llegar al Tribunal Supremo los recursos por las decisiones de los TSJ, Ć©ste ha emitido ya una nota de urgencia en la que apunta a una Ā«posible insuficienciaĀ» o Ā«inadecuaciĆ³nĀ» en el rango de la norma empleada para regular cuestiones que afectan a los derechos fundamentales.
AdemĆ”s, el Supremo desliza una crĆtica al Ejecutivo por tratar de hacer copartĆcipes ejecutivos a los tribunales de justicia en la adopciĆ³n de medidas administrativas. El TS tambiĆ©n advierte de que la pretendida unificaciĆ³n de doctrina del Gobierno puede que no ocurra, porque, entre otras cosas, avisa de que puede que los recursos se inadmitan por entender que no tiene interĆ©s casacional, por ejemplo, por ser una cuestiĆ³n casuĆstica.
La advertencia del alto tribunal llegĆ³ justo despuĆ©s de que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares avalara este jueves el plan que ha realizado el gobierno regional y que operarĆ” a partir del 9 de mayo y que sĆ afecta a los derechos fundamentales.
En concreto, el Gobierno balear ha decidido limitar los desplazamientos de circulaciĆ³n por vĆas pĆŗblicas entre las 23:00 horas y las 06:00 horas y ademĆ”s, establecer controles para la entrada a la comunidad autĆ³noma con pruebas que deben sufragar los pasajeros si no se desplazan por motivos justificados; medidas estas que son de facto un toque de queda y un cierre perimetral.
Sin embargo, un dĆa despuĆ©s, el Tribunal Superior de Justicia del PaĆs Vasco (TSJPV) ha dictaminado este viernes que no pueden mantenerse en Euskadi los confinamientos autonĆ³mico o municipales, el toque de queda nocturno ni el lĆmite de agrupaciones de cuatro personas, despuĆ©s del fin del estado de alarma al considerar que afecta a derechos fundamentales garantizados en la ConstituciĆ³n.
En la Comunidad Valenciana el Tribunal Superior de Justicia sĆ ha autorizado este viernes las limitaciones a la movilidad nocturna, a las reuniones sociales y/o familiares y al aforo en los lugares de culto acordadas por la Generalitat Valenciana este jueves ante el fin del Estado de Alarma.
La mayorĆa de ellas han optado por poner fin al toque de queda y al cierre perimetral al acabar el estado de alarma, salvo Canarias, Navarra, PaĆs Vasco, Comunidad Valenciana y Baleares, que pretenden mantener la limitaciĆ³n nocturna a la movilidad.
En este contexto, la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, dictĆ³ este jueves una InstrucciĆ³n dirigida a agilizar la respuesta procesal de la FiscalĆa en relaciĆ³n con el levantamiento del estado de alarma a partir del prĆ³ximo domingo, 9 de mayo.
La InstrucciĆ³n de la FiscalĆa General, que tiene fecha de este miĆ©rcoles, establece pautas para que los fiscales puedan unificar la respuesta procesal inmediata ante el nuevo escenario de recursos que contempla el texto normativo, Ā«estableciendo cauces de comunicaciĆ³n directos con el Fiscal de Sala de lo Contencioso-administrativo a travĆ©s de la red de delegados desplegada por todo el territorioĀ», ha informado el Ministerio PĆŗblico en una nota.