Declaración de la renta: ¿Qué pasa si no la haces antes del 30 de junio?

La campaña de la declaración de la renta 2020-2021 arrancó el pasado 7 de abril. A partir de ese día todos los ciudadanos y contribuyentes obligados a presentarla, han tenido que hacer balance del pasado ejercicio económico para presentar el correspondiente borrador, como cada año. La fecha límite para la presentación de este trámite es, según el calendario oficial, el 30 de junio, que es el día que finaliza la campaña. ¿Qué ocurre si a alguien se le pasa el plazo o simplemente ignoró la fecha al pensar que no tenía obligación de hacer la declaración? Todos los contribuyentes pueden cumplir con sus obligaciones fiscales en cualquier momento, aun cuando haya vencido el plazo, incluso si han pasado meses o años. Pero esto no significa que no haya consecuencias, ya que presentar la renta después de la fecha límite puede suponer sanciones o recargos.

MULTAS Y RECARGOS POR QUEDARSE FUERA DE PLAZO

Según cada caso particular Hacienda puede sancionarnos y/o aplicar un recargo sobre el pago que nos correspondería. Dependerá de varios aspectos. Por un lado de si el resultado del ejercicio ha salido favorable para Hacienda, en cuyo caso, al ser perjudicada por la demora, la sanción será más elevada. Por otra parte, si somos nosotros quienes damos primero el paso para zanjar las cuentas antes de que nos contacte la AEAT con un requerimiento para que presentemos la declaración y liquidar el IRPF. Por último, cuanto más tiempo pase, peor para el contribuyente.

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