Aunque en los últimos meses se han flexibilizado las medidas para retomar las actividades presenciales, el teletrabajo apunta a ser algo permanente en ciertos cargos. El panorama laboral planteado a raíz de la pandemia provocada por el COVID-19 ha aumentado la modalidad del trabajo a distancia. Esto ha implicado un nuevo desafío para las empresas tradicionales, pero a la vez ha promovido su modernización.
En este sentido, el año pasado se aprobó el Real Decreto Ley 28/2020. El objetivo es comenzar a regular el trabajo desde casa, estableciendo derechos, deberes y trato justo. Por ello, es fundamental conocer el reglamento y la importancia de la Protección de Datos en el área. Empresas como Octalia se encargan de asesorar a los apoderados para asegurar el buen manejo del personal.
La relación de la Protección de Datos con el teletrabajo
De acuerdo al reciente decreto, se considera trabajo a distancia cuando una persona cumple más del 30% de su jornada laboral fuera de las instalaciones de la empresa contratante, por un período de 3 meses.
Una vez aprobados los requisitos, se puede llegar a un acuerdo para plantear los parámetros que regirán el teletrabajo. Entre estos, es necesario incluir la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
El trabajo a distancia se relaciona con dichas leyes y la Protección de Datos a través del cumplimiento de los derechos laborales de los teletrabajadores y el resguardo de los datos sensibles de la compañía.
Por una parte, es necesario asegurarle el respeto y amparo de la privacidad a los empleados a través de acuerdos personalizados. De esta forma, ninguna corporación puede obligar al personal a distancia a usar dispositivos o cuentas personales. Al contrario, las empresas sí pueden exigir una debida protección de los datos vulnerables, tales como accesos especiales, claves, plataformas de compra, venta o supervisión de ingresos, entre otras.
Una fuga o mal manejo de los datos de cualquiera de las partes puede implicar graves problemas legales.
Profesionales de la protección de datos: algunos consejos
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) aconseja en primer lugar definir una política interna de movilidad, donde se precisen las medidas específicas de trabajo, así como las obligaciones y responsabilidades del empleado. Además, se deben elegir servicios de terceros o plataformas seguras y con garantías para trabajar, ya sea que se guarden datos en la nube o se administre información confidencial. En este sentido, las empresas pueden buscar el asesoramiento de expertos en el área, como lo es Octalia, para ahorrarse decisiones y dejar todo el proceso en manos de los especialistas.
También es ineludible preparar al personal para conocer el buen manejo de los programas y la seguridad informática, así las personas podrán detectar el riesgo a tiempo.
En la nota de prensa oficial de la AEPD los empresarios pueden conseguir más consejos. De igual forma, en la web de Octalia existe la alternativa de ver los servicios que ofrece, los testimonios de clientes anteriores, así como la guía para contratar al equipo de especialistas.