DGT: la surrealista multa que te pueden poner por conducir enfermo  

Cuando escuchamos la palabra DGT ocurre algo sucedido a cuando alguien menciona a Hacienda, ¡comenzamos a temblar! Las multas de la Dirección General de Tráfico asustan a todos por su alto importe. Hay algunas instancias en las que tenemos claro que no debemos coger el coche como en aquellos momentos en los que estamos bajo los efectos del alcohol o tomando medicaciones fuertes. No obstante, las autoridades pueden multarte en cualquier instancia en la que consideren que no estás en óptimas condiciones para conducir

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Qué estipula el artículo 18 

Por su parte, el artículo 18 registra: “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos (artículo 11.2 del texto articulado)”.