DGT: la surrealista multa que te pueden poner por conducir enfermo  

Cuando escuchamos la palabra DGT ocurre algo sucedido a cuando alguien menciona a Hacienda, ¡comenzamos a temblar! Las multas de la Dirección General de Tráfico asustan a todos por su alto importe. Hay algunas instancias en las que tenemos claro que no debemos coger el coche como en aquellos momentos en los que estamos bajo los efectos del alcohol o tomando medicaciones fuertes. No obstante, las autoridades pueden multarte en cualquier instancia en la que consideren que no estás en óptimas condiciones para conducir

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La DGT considera que no se debería conducir si se está de baja laboral 

La DGT puede ponerte una multa si estás conduciendo enfermo o enferma de acuerdo a los artículos 17 y 18 del Real Decreto 1428/2003 del 21 de noviembre, por lo que se aprobó el Reglamento General de Circulación. “Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales. Al aproximarse a otros usuarios de la vía, deberán adoptar las precauciones necesarias para su seguridad, especialmente cuando se trate de niños, ancianos, invidentes u otras personas manifiestamente impedidas (artículo 11.1 del texto articulado)”, recoge.