Pedro Sánchez recurre el archivo de la «lona del corrupto»

La representación legal de Pedro Sánchez y del PSOE ha recurrido en reforma y subsidiariamente en apelación el archivo de la causa por la lona del corrupto desplegada frente al Congreso de los Diputados por la asociación Hazte Oir el 19 de mayo de 2025. El juzgado de Instrucción 12 de Madrid archivó el caso el pasado 11 de febrero de 2026 y ahora es recurrida esta decisión.

El 19 de mayo de 2025 a las 11 de la mañana era desplegada una gran lona sobre los andamios de la obra de una fachada en la Carrera de San Jerónimo número 44, esquina a la calle Santa Catalina. El juzgado número 9, que se encontraba de guardia ordenó la retirada de la lona a los bomberos ese mismo día.

Nada más desplegar la pancarta llegaron al lugar varias dotaciones del Cuerpo Superior de Policía Nacional interesándose por el contenido y los permisos correspondientes. Hazte Oir compartía toda la operación de despliegue de la pancarta en sus redes sociales en tiempo real.

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El anuncio incluyó los casos donde están imputados o investigados cargos relacionados ahora o antes con el PSOE, como el Caso Hidrocarburos, Caso Koldo, Caso Begoña Gómez, Caso David Sánchez y Caso Fiscal General del Estado. En todas estas causas judiciales la asociación Hazte Oír está personada como acusación popular. La pancarta, de momento, continúa desplegada.

Un comunicado de Prensa de Hazte Oír recogía que esta asociación «ha vuelto a poner el foco donde más incomoda a Pedro Sánchez y al PSOE. Y en esta ocasión no es en los juzgados sino en el lugar más apropiado para alzar la voz frente a los políticos: el Congreso de los Diputados.
Desde hoy, una gran lona con un mensaje demoledor contra la corrupción que rodea al entorno político y personal del presidente Pedro Sánchez cuelga, imponente, frente a la Cámara Baja del Parlamento español».

Ignacio Arsuaga, presidente de Hazte Oír, declaraba ese mismo día que «los españoles merecen respuestas. Basta ya de corrupción, basta ya de impunidad. Hemos instalado esta lona en el corazón de la política española para que Sánchez no pueda ignorar lo que el pueblo grita».

El mensaje, contundente y visualmente impactante, exigía «responsabilidad política ante los escándalos recientes, desde los casos de nepotismo hasta la falta de transparencia en contratos públicos. Con esta acción, Hazte Oír plasma lo que millones de españoles dicen y Sánchez no puede escuchar pues se encuentra recluido en Moncloa».

LA ‘LONA DEL CORRUPTO’

El recurso del abogado de Pedro Sánchez invoca «formalmente, de conformidad con el art. 44 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el derecho a la tutela judicial efectiva consagrado en el art. 24 de la Constitución Española, que conlleva el derecho a un procedimiento en el que se observen todas las garantías, sin que en ningún caso pueda producirse indefensión».

El juez decidió archivar la causa ante «la falta de relevancia penal de los hechos investigados». Para la defensa del presidente del Gobierno «dicho argumento, entendemos que no procede en este momento procesal, hallándonos en fase de instrucción iniciada por un anterior juzgado y continuada por esta al que ahora nos dirigimos, sin que hayan existido elementos posteriores derivados de esta que puedan dar lugar a tal razonamiento en este momento en ese sentido, incurriendo en una grave contradicción e incoherencia con lo sustanciado en el presente procedimiento, tanto por el anterior juzgado que conoció de la medida cautelar como por este mismo juzgado, y, siendo en todo caso, contrario a la legislación y jurisprudencia procesal y sustantiva existente al respecto, generando absoluta indefensión a esta parte.

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El representante legal del PSOE califica el archivo de la denuncia con «sorpresiva», ya que «la misma es incoherente y contradictoria con lo acaecido en el procedimiento, sea entendido esto en estrictos términos de defensa».

El mismo juzgado número 12 calificó los hechos como que «pudieran ser constitutivos de una infracción penal» el 16 de junio de 2025.

Entre las diligencias practicadas, «el juzgado mediante providencia de 22 de octubre acordó requerir a la BPI informe sobre si continuaba llevándose a cabo la campaña denunciada, identificando a los responsables de los vehículos empleados, estando esta diligencia a día de hoy sin realizar por la Brigada Provincial de Información, si bien por esta acusación se han aportado videos y publicaciones de la denunciada donde se ve claramente que esto se está produciendo, no solo con camiones sino que se ha hecho merchandaising, sorteos, se han repartido las imágenes retiradas en estadios de fútbol, se ha colocado en postes de publicidad …etc., es decir, la denunciada continúa difundiendo la imagen denunciada por tierra, mar y aire jactándose además de hacerlo, continuando en una actitud delictiva, como la que dio lugar a esta instrucción», dice el abogado de Pedro Sánchez.

También se queja el letrado de que «pese a todos estos oficios requeridos, lo cierto es que, constando responsable penal identificado, ni siquiera se le ha tomado declaración al mismo, ni se ha pronunciado de forma expresa sobre la ampliación de hechos, aunque si se han acordado diligencias que así lo entienden yendo más allá de la lona inicialmente retirada, pero dejando pendiente un pronunciamiento sobre otras diligencias solicitadas por esta parte, y aún pendiente de pronunciarse sobre diligencias solicitadas por la fiscalía, la que en buena lógica, si entiende que existe una actuación delictiva».

Y añade que «es relevante también a los efectos de la tipicidad penal que ahora se niega, el hecho de que los hechos y la medida cautelar se solicitó por la propia policía, de la que huelga decir que ningún interés tiene en este procedimiento, así consta a la policía, no solo los hechos objeto de este procedimiento sino la perpetuación de la campaña de difamación en la que persevera la actora, no solo porque exista una llamada comunicando a la policía la circulación de camiones por las inmediaciones del congreso con la imagen de la lona denunciada y retirada, sino por abundante prueba aportada por esta parte relativa a las redes sociales de la denunciada y la página web».

En definitiva, pide Pedro Sánchez que «debe continuarse la instrucción citando a declarar a los responsables y afianzando la reiteración o continuidad delictiva y no archivarse, ya que con el archivo acordado, a mayor abundamiento, se está vulnerando el derecho de esta parte a la tutela judicial efectiva».

Para ello el abogado argumenta que «no nos encontramos ante una crítica política, nos encontramos ante imputaciones delictivas graves contra el Presidente del Gobierno, es decir, contra una institución del estado, usando el insulto y la falsedad impunemente y deteriorando seriamente el estado de derecho. En conclusión, debe protegerse la libertad de expresión y crítica, pero no puede resultar admisible la denigración, los insultos y las falsedades. Obviamente con la lona se dañó y, se sigue dañando gravemente la imagen de Don Pedro Sánchez Pérez-Castejón, al que se le está sometiendo por la denunciante a una campaña de desprestigio y deshumanización impunemente que excede en mucho la libertad de crítica y expresión».

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