La Audiencia de Murcia confirma la fianza de 70 millones en la desaladora de Escombreras: las claves

Los seis autos de la Sección Segunda desestiman los recursos de las defensas contra el auto de apertura de juicio oral de noviembre de 2024. La Sala sostiene que la cifra es “incluso reducida” y no admite rebaja.

La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la fianza civil de 70 millones de euros en la causa de la desaladora de Escombreras. Lo ha hecho en seis autos notificados hoy que desestiman los recursos de las defensas contra el auto de apertura de juicio oral, según la información difundida por el CGPJ (Consejo General del Poder Judicial, el órgano de gobierno de los jueces en España).

Las resoluciones llevan la firma de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia. Llegan después de que el órgano instructor exigiera a los acusados, el 11 de noviembre de 2024, una fianza de 70 millones de euros, con apercibimiento de embargo de bienes suficientes en caso de no prestarla. Contra aquel auto, las defensas presentaron recursos que ahora han sido rechazados en lo relativo al afianzamiento económico.

Qué dicen los seis autos de la Sección Segunda

El tribunal de apelación es explícito sobre el alcance de su decisión: en este momento procesal no corresponde resolver si existe responsabilidad penal o civil. La Audiencia sitúa esa discusión en el juicio oral. “Las cuestiones relativas al fondo donde tienen que decidirse es en el juicio oral, y que corresponden a la sentencia definitiva”, recoge el auto.

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Los magistrados recuerdan que la fianza no anticipa el resultado del procedimiento. La definen como un aseguramiento de las cifras a las que el acusado pueda resultar condenado, y no como una privación definitiva de un activo: “el afianzamiento no es una privación de un activo económico o de un importe de modo definitivo para la parte a la que se insta el mismo, sino simplemente un aseguramiento de las cifras a las que pueda resultar condenada en sentencia”.

La Sala rechaza que la medida se adoptara de oficio. Explica que el Ministerio Fiscal pidió como cautelar la consignación judicial de las cuotas futuras del arrendamiento, y que fue la Comunidad Autónoma, en su condición de actora civil, la que solicitó de forma subsidiaria la exigencia de fianza por el importe total de las responsabilidades civiles reclamadas. “Nada se ha actuado de oficio, por ende”, concluye la resolución.

La fianza no adelanta ninguna condena: los 70 millones quedan retenidos para responder de lo que decida el juicio oral.

Los 70 millones: por qué la Audiencia los considera conservadores

Sobre la cuantía, la Sala no se limita a mantener la cifra. Sostiene que los 70 millones fijados en el auto de apertura de juicio oral son una cantidad “incluso reducida” respecto de lo que resulta del análisis de los escritos de acusación. Y añade que “desde luego es conservadora, no pudiendo la misma ser minorada en absoluto”.

El tribunal distingue la situación procesal actual de otros momentos anteriores de la instrucción, cuando se rechazaron medidas cautelares similares. Ahora existe un auto firme de continuación de la causa por los trámites del procedimiento abreviado (la vía que regula la Ley de Enjuiciamiento Criminal para los delitos con penas de hasta nueve años) y ya se han presentado los escritos de acusación.

La Audiencia descarta también que la prohibición de disponer de la planta desaladora baste como garantía. Para el tribunal, esa limitación no puede entenderse como afianzamiento suficiente para las responsabilidades civiles posibles reclamadas en los escritos de acusación.

Qué pasa ahora: costas y vía de recurso

Las costas de los recursos se han declarado de oficio. Contra las resoluciones notificadas hoy no cabe recurso ordinario, de modo que las defensas deberán plantear sus alegaciones sobre el fondo en el juicio oral y, en su caso, a través de los recursos extraordinarios que la ley procesal permita contra la sentencia.

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El asunto encara ya la fase de juicio oral. La fianza de 70 millones sigue vigente y el apercibimiento de embargo sobre el patrimonio de los acusados se mantiene mientras no se preste. La causa sigue abierta.

⚖️ Datos del caso

  • Órgano judicial: Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia, que resuelve los recursos; órgano instructor de la causa, autor del auto de apertura de juicio oral.
  • Fase procesal: Auto de apertura de juicio oral dictado el 11 de noviembre de 2024, confirmado en lo relativo a la fianza; celebración del juicio oral pendiente.
  • Implicados: Acusados personados en la causa, con condición procesal de acusados (identidades no detalladas en la información difundida por el CGPJ). La Comunidad Autónoma actúa como actora civil.
  • Delitos investigados: No detallados en la información difundida por el CGPJ.
  • Medida confirmada: Fianza civil de 70 millones de euros con apercibimiento de embargo de bienes.
  • Próximos pasos: Sin recurso ordinario contra los autos; el fondo se decidirá en el juicio oral y en la sentencia.

Lo esencial

  • 📌 ¿Qué ha ocurrido? La Audiencia Provincial de Murcia confirma en seis autos la fianza civil de 70 millones en la causa de la desaladora de Escombreras.
  • 👤 ¿Quiénes están implicados? Los acusados en la causa, cuyas defensas recurrieron la fianza, y la Comunidad Autónoma como actora civil.
  • ⏭️ ¿Qué pasa ahora? No cabe recurso ordinario contra los autos; el fondo se decidirá en el juicio oral.