El TSXG ha anulado el nombramiento de Eladio Santos como subdelegado del Gobierno en Ourense al estimar el recurso de otro funcionario. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia —el máximo órgano judicial de la comunidad— concluye que la resolución administrativa carecía de la motivación exigida por ley y ordena retrotraer las actuaciones para que el proceso se resuelva de nuevo.
EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha pasado? El TSXG anula el nombramiento de Eladio Santos como subdelegado del Gobierno en Ourense por falta de motivación y ordena repetir el proceso.
- ¿Quién está detrás? La Delegación del Gobierno, que representa al Ejecutivo central en la provincia, y un funcionario que recurrió tras concurrir a la plaza junto a otros cuatro aspirantes.
- ¿Qué impacto tiene? Fija que la libre designación no equivale a libre arbitrio y que la Administración debe comparar méritos por escrito. El nombramiento sigue en funciones pese a la sentencia.
Cinco aspirantes y una motivación que nunca llegó
La sentencia no discute que la plaza sea de libre designación, la fórmula por la que la Administración elige a dedo a los titulares de determinados cargos. Lo que cuestiona es cómo se aplicó. El tribunal recuerda que esa vía tiene carácter excepcional y obliga a exteriorizar las razones de la elección para evitar la arbitrariedad y acreditar la idoneidad del candidato. Sin esa justificación por escrito, la designación no se sostiene.
Concurrieron cinco aspirantes, según el relato de los hechos que recoge el fallo. El expediente, sin embargo, despachó la adjudicación con una propuesta genérica: el elegido reunía «los requisitos técnicos de capacidad y experiencia». No hubo ningún informe que valorase o comparase sus méritos con los del resto de candidatos. Esa ausencia de comparación es, precisamente, lo que el TSXG considera contrario a derecho.
El argumento de la Abogacía del Estado que el tribunal rechazó
Durante el proceso judicial, la Abogacía del Estado defendió el nombramiento con un criterio práctico. Eladio Santos ya ejercía el cargo de forma provisional desde el 28 de mayo de 2024, lo hacía de forma satisfactoria y conocía la realidad sociopolítica local, a diferencia del recurrente, que no es de Ourense.
El TSXG ha rechazado esa justificación a posteriori. La comparativa, subraya la Sala, debe constar en la resolución administrativa, o en los informes previos al nombramiento. Los argumentos que se esgrimen durante el juicio no sirven para completar ni enmendar una falta de motivación original.
La libre designación no es libre arbitrio: si la Administración no explica por qué elige a uno y no a otro, el nombramiento no se sostiene.
Pese al revés judicial, la Delegación del Gobierno ha asegurado que Santos «sigue como subdelegado a todos los efectos» y ha avanzado que se realizará «una valoración más completa de sus méritos» para subsanar formalmente la ilegalidad detectada. El nombramiento se mantiene, por tanto, en funciones mientras se rehace la motivación que el tribunal echó en falta.
El Laboratorio Gallego
Galicia convive con dos administraciones superpuestas. La Xunta está gobernada por el PPdeG con mayorías absolutas desde 2009, y el Parlamento de Galicia —setenta y cinco diputados— tiene al BNG como primera fuerza de la oposición y al PSdeG como tercera. Sobre ese mapa se despliega la Delegación del Gobierno, que representa al Ejecutivo central y nombra a los subdelegados provinciales. El cargo anulado pertenece a esta segunda estructura, no al gobierno autonómico.
La lectura nacional, sin embargo, trasciende Ourense. La doctrina del TSXG fija un estándar sobre la libre designación que vale para toda España y para cualquier administración: exige motivación escrita y comparación de méritos. Subdelegados del Gobierno, delegados provinciales y decenas de altos cargos se nombran cada año por esa vía en todo el país. Si el criterio se consolida, el margen de la discrecionalidad administrativa se estrecha de golpe. Galicia vuelve a funcionar como banco de pruebas: lo que aquí sentencia un tribunal suele llegar después al debate nacional.
Ficha del Caso
- El caso: El TSXG estima el recurso de un funcionario y anula la designación de Eladio Santos como subdelegado del Gobierno en Ourense por falta de motivación.
- Datos importantes: Cinco aspirantes; propuesta genérica sin comparación de méritos; nombramiento provisional en vigor desde el 28 de mayo de 2024; retrotracción de actuaciones.
- Resumen: El tribunal fija que la libre designación exige justificar por escrito la elección. La Delegación mantiene a Santos y promete revisar sus méritos. La doctrina afecta a cualquier administración.

