El régimen fiscal de la Iglesia católica se apoya en el Acuerdo sobre Asuntos Económicos que España firmó con la Santa Sede el 3 de enero de 1979, apenas unos días después de la entrada en vigor de la Constitución. De ese texto derivan las exenciones del IBI, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, además del sistema que permite destinar el 0,7% de la cuota íntegra del IRPF (casilla 105) al sostenimiento de la Iglesia. Ningún Gobierno ha desmantelado ese núcleo.
La lista reúne las cinco piezas fiscales más abultadas de ese régimen y las ordena por su relevancia recaudatoria y por su origen. Separa lo que figura literalmente en el tratado de 1979 —los tres supuestos del artículo IV.1— de lo que se ha ido sumando después por ley o por interpretación, como la exención de la plusvalía municipal, que no aparece en el acuerdo con el Vaticano. La izquierda reclama revisarlo desde hace años, pero los cambios han sido parciales y ninguna mayoría lo ha tocado entero.
2La exención del IBI para los inmuebles de la Iglesia Católica
La exención del IBI a la Iglesia católica es la pieza más abultada de su régimen fiscal. Nace del artículo IV.1.A del Acuerdo sobre Asuntos Económicos entre el Estado y la Santa Sede, firmado el 3 de enero de 1979, que reconocía a la Iglesia una «exención total y permanente» de la antigua Contribución Territorial Urbana para templos y capillas, residencias de obispos, canónigos y párrocos, oficinas de curia y parroquiales, seminarios, universidades eclesiásticas y conventos, además de sus dependencias y locales anejos. Ese privilegio se trasladó al IBI y hoy lo recoge el artículo 62.1.c de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que declara exentos los inmuebles de la Iglesia «en los términos previstos» en el Acuerdo. A esa vía se suma la Ley 49/2002 de Mecenazgo, cuya disposición adicional novena asimila a la Iglesia al régimen de las entidades sin ánimo de lucro.
La Iglesia sostiene que paga el IBI de todos sus bienes salvo los legalmente exentos y que su trato es idéntico al de otras entidades no lucrativas. Organizaciones como Europa Laica, en cambio, calculan que la institución dejaría de ingresar unos 700 millones de euros anuales solo por este tributo, dentro de un total de exenciones cercano a los 2.000 millones, y recuerdan que es el mayor propietario inmobiliario del país tras el propio Estado. El impacto recae en los ayuntamientos, que son quienes recaudan el impuesto. Y el asunto es el mejor ejemplo de hasta qué punto ningún gobierno toca el núcleo del régimen: en marzo de 2023 el Ejecutivo y la Conferencia Episcopal pactaron que la Iglesia pagara el ICIO y las contribuciones especiales —unos 16 millones de euros al año—, pero el ministro Félix Bolaños admitió entonces que seguiría exenta del IBI.
