El Constitucional anula el blindaje de la Ley de Costas valenciana: Babilonia y Guardamar, expuestas al derribo

El tribunal declara inconstitucional el artículo 17 solo en los terrenos de dominio público y anula el inventario de suelos degradados. Cuatro magistrados firman un voto particular y la Generalitat pierde el escudo frente a las órdenes de derribo firmes.

El Constitucional anula el artículo de la Ley de Costas valenciana que blindaba las 60 casas de Babilonia, en Guardamar del Segura.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? El pleno del Tribunal Constitucional estima parcialmente el recurso del Gobierno contra la Ley 3/2025 de protección y ordenación de la costa valenciana y declara inconstitucional el artículo 17 en cuanto se aplique al dominio público marítimo-terrestre.
  • ¿Quién está detrás? Ponente Inmaculada Montalbán, con voto particular de cuatro magistrados; recurso de la Abogacía del Estado; norma aprobada por las Corts Valencianes.
  • ¿Qué impacto tiene? Las 60 viviendas de la playa de Babilonia, en Guardamar del Segura, pierden el escudo legal frente a las órdenes de derribo firmes y pendientes de ejecución.

La sentencia declara inconstitucional el artículo 17 y la disposición final primera, aunque sin declarar su nulidad. El reproche se limita a los bienes que integran el dominio público marítimo-terrestre, es decir, el terreno de playa cuya titularidad reclama el Estado. En el resto del litoral, ambos preceptos siguen aplicándose.

El tribunal reconoce que la Comunitat Valenciana puede proteger los valores culturales, históricos y etnológicos de sus núcleos costeros. Lo que no puede, advierte, es limitar las facultades del Estado sobre esos terrenos. El problema no era el reconocimiento del valor etnológico de Babilonia, sino el paso siguiente: la norma permitía aprobar planes especiales e incorporarlos al régimen de protección del patrimonio cultural valenciano, con obligaciones de conservación y restricciones a la demolición que, a juicio del Alto Tribunal, impedían al Estado «adoptar las actuaciones necesarias para garantizar su integridad y recuperación».

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Peor suerte ha corrido la disposición adicional cuarta, declarada inconstitucional y nula de pleno derecho. Ese apartado habilitaba a la Generalitat para elaborar un inventario de terrenos degradados dentro del dominio público, una competencia que el tribunal considera exclusiva del Estado: a él le corresponde decidir qué superficies integran ese dominio, cómo se deslindan y cuándo se desafectan. La resolución cuenta con el voto particular de los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías.

Para las sesenta viviendas de la playa de Babilonia, en Guardamar del Segura (Alicante), el fallo tiene una traducción inmediata: desaparece el paraguas normativo que frenaba los derribos. Las órdenes de demolición acumulaban resoluciones judiciales firmes y seguían pendientes de ejecución. Sin la cobertura autonómica, el futuro de las casas queda atado a esos mandatos.

Una ley autonómica puede proteger una memoria; no puede convertir un terreno de dominio público en una propiedad privada blindada.

El litigio viene de lejos. La Ley de Costas estatal de 1988 fijó el dominio público marítimo-terrestre y ordenó deslindes que en buena parte del litoral chocaron con urbanizaciones anteriores a la norma. Babilonia es uno de los casos más visibles en la Comunitat Valenciana,: sesenta inmuebles a pie de playa, décadas de expedientes y una sentencia que devuelve la pelota donde estaba, a la Administración General del Estado.

Los vecinos, el Consell y el Estado: quién ejecuta ahora el derribo

La reacción de los propietarios ha sido de decepción. Según recogen À Punt y La Vanguardia, los vecinos de Babilonia lamentan la insistencia del Gobierno central en «echar a las familias» de unas casas que consideran parte del paisaje del municipio. Su argumento no es jurídico, es de vida cotidiana: llevan generaciones allí. Y el Constitucional no ha entrado a valorarlo.

En el Consell de Juanfran Pérez Llorca el fallo obliga a rehacer la estrategia. La Generalitat conserva margen: el artículo 17 no ha sido anulado, de modo que sigue operativo en los tramos del litoral sin conflicto de competencias. El president de la Generalitat no puede recurrir una sentencia del Constitucional, pero sí puede impulsar en las Corts Valencianes una modificación que separe la protección patrimonial de cualquier efecto sobre el dominio público. Cualquier norma nueva nacerá, eso sí, con el aviso del tribunal escrito en la primera página.

casas de Babilonia

La ejecución material corresponde a la Dirección General de la Costa y del Mar, dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica, y al Ayuntamiento en lo relativo a licencias y desalojo. Ninguno de los dos ha anunciado movimientos por ahora. La demolición no es automática: exige calendario, medios y, sobre todo, una decisión política sobre el cuándo.

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El Escenario Valenciano

La sentencia llega a la política valenciana en un momento delicado para el pacto entre PP y Vox que sostiene al Consell. El PP de Pérez Llorca necesita exhibir gestión y evitar el relato de que la Generalitat legisla contra el Estado y pierde en los tribunales. Vox, socio de gobierno, tiene un discurso propio sobre el litoral y la propiedad privada que no siempre encaja con la disciplina jurídica. La oposición tiene aquí un filón: el PSPV puede reclamar responsabilidad institucional por una norma que nació con dudas de constitucionalidad, y Compromís puede reivindicar la defensa del dominio público sin renunciar al patrimonio. Todos comparten la misma pregunta de fondo: cuántas de las sesenta familias acaban fuera.

La dimensión estatal del fallo es evidente. El Constitucional aplica el artículo 132 de la Constitución, que reserva al Estado los bienes de dominio público marítimo-terrestre, en un contexto en el que varias comunidades han ensayado soluciones parecidas para núcleos costeros heredados del desarrollismo. La doctrina que sale de aquí vale para todo el litoral español: las autonomías pueden proteger, no sustituir. En Madrid, el Ministerio para la Transición Ecológica gana margen para ejecutar deslindes pendientes; en Valencia, el Consell pierde el atajo legal y gana un problema político.

Queda por ver si el Consell lleva una nueva redacción a las Corts Valencianes en el próximo periodo de sesiones o si deja pasar el asunto y carga la responsabilidad sobre la Administración central. La segunda opción es más cómoda a corto plazo y más cara a medio. Mientras tanto, los derribos siguen en el aire. Y los afectados, también.

Ficha del Caso

  • El caso: El Tribunal Constitucional estima parcialmente el recurso del Gobierno contra la Ley 3/2025 de la costa valenciana y retira el blindaje legal a las 60 viviendas de la playa de Babilonia, en Guardamar del Segura.
  • Datos importantes: Inconstitucional el artículo 17 y la disposición final primera, sin nulidad, solo en dominio público marítimo-terrestre; nula de pleno derecho la disposición adicional cuarta; cuatro votos particulares; ponente Inmaculada Montalbán.
  • Resumen: Las órdenes de derribo firmes recuperan su vigencia y la ejecución queda en manos del Estado y del Ayuntamiento, con la Generalitat buscando una nueva vía legal en las Corts.