BBVA no quiere permanecer como sujeto pasivo una vez que la FiscalĆa AnticorrupciĆ³n ha pedido que la entidad financiera sea imputada como persona jurĆdica por presuntos delitos de cohecho, revelaciĆ³n de secretos y corrupciĆ³n entre particulares en la investigaciĆ³n abierta al excomisario JosĆ© Manuel Villarejo. Aunque tampoco hay mĆ”s sordo que el que no quiere oĆr, y BBVA no afronta una realidad que se hecha encima.
En concreto, el banco dirigido por Carlos Torres enfatiza que la condiciĆ³n de investigado solicitada por la FiscalĆa, y cuya eventual materializaciĆ³n es competencia del Juez, no implica, en esta fase preliminar del procedimiento, la acusaciĆ³n formal por ningĆŗn delito. Adicionalmente, aƱaden en un comunido, BBVA solicitĆ³ personarse como parte perjudicada por los hechos investigados. En esta fase incipiente de la instrucciĆ³n la FiscalĆa propone descartar, por el momento, tal solicitud.
Esta ha sido la contestaciĆ³n oficial por parte de la entidad despuĆ©s de que se haya conocido este miĆ©rcoles que toda la documentaciĆ³n, tanto en soporte papel como en digital, que fue incautada en los registros realizados en el mes de noviembre del aƱo 2017 y que tambiĆ©n fue aportada por la propia entidad, āacreditarĆan que la contrataciĆ³n y los pagos presuntamente ilĆcitos a la mercantil Cenytā, de la que Villarejo era el titular por aquel entonces, āafectaron a Ć”reas sensibles del banco y a diversos ejecutivos de la entidad durante un prolongado perĆodo temporalā.
SegĆŗn la FiscalĆa, la realizaciĆ³n de estas contrataciones āhabrĆan tenido por objeto el desarrollo de mĆŗltiples servicios de inteligencia o de investigaciĆ³n de naturaleza patrimonial y carĆ”cter ilĆcito, dada la āincompatibilidad de los encargos asumidos por el entramado empresarial Grupo Cenyt con la condiciĆ³n de funcionario policial en activo de Villarejoā.
Ante todo esto, el Ministerio PĆŗblico solicita al titular del Juzgado Central de InstrucciĆ³n nĆŗmero 6 que requiera al BBVA y que sea requerida para designar especialmente a una persona que la represente y comparezca en dicha condiciĆ³n, de conformidad con lo dispuesto en el artĆculo 119 Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim).
La prestaciĆ³n de los servicios de Villarejo habrĆa implicado a juicio de los fiscales del caso Ā«una reiterada injerencia en los derechos fundamentales de las personas mediante seguimientos personales y acceso a sus comunicaciones o a su documentaciĆ³n bancaria, lo que constituirĆan mĆŗltiples delitos de descubrimiento y revelaciĆ³n de secretosĀ».
Por otra parte, alguno de los directivos investigados, cuya identidad no se da a conocer al estar la causa secreta, habrĆa percibido dĆ”divas del entorno del Grupo Cenyt por facilitar tales contrataciones. Ello constituirĆa delito de corrupciĆ³n en los negocios.
Esta pieza de la causa TĆ”ndem, la nĆŗmero 9, es muy compleja e incluye diversas operaciones entre ellas la denominada ‘operaciĆ³n Trampa’, el despliegue que habrĆa orquestado el comisario para conseguir frenar el desembarco de la constructora Sacyr en el Consejo de AdministraciĆ³n del banco.
QUĆ SUCEDERĆ EN BBVA
En su nota, la FiscalĆa detalla que el anĆ”lisis de la documentaciĆ³n en soporte papel y digital incautada en los registros practicados en el mes de noviembre del aƱo 2017 y de la documentaciĆ³n aportada por BBVA acreditarĆan que la contrataciĆ³n y los pagos presuntamente ilĆcitos a la mercantil Cenyt, titularidad del entonces funcionario del Cuerpo Nacional de PolicĆa, afectaron a varias Ć”reas sensibles del Banco y a diversos ejecutivos de la entidad durante un prolongado periodo.
En el informe presentado, la FiscalĆa analiza de forma pormenorizada la concurrencia de los elementos que, con arreglo al artĆculo 31 bis del CĆ³digo Penal, permiten trasladar a la persona jurĆdica la responsabilidad penal por los delitos cometidos por las personas fĆsicas y descarta por el momento que la entidad BBVA pueda ser considerada como perjudicada por los hechos investigados, por lo que ha interesado que se desestime su solicitud de personarse en la causa como acusaciĆ³n particular.
Por otra parte, hace unos dĆas, en MERCA2 se consultĆ³ con diversos expertos en asuntos legales para fundamentar una posible causa contra BBVA como persona jurĆdica. ĀæPodrĆa darse el caso? Para que eso ocurra, el socio del bufete Cremades & Calvo-Sotelo, Juan Ortiz Ćrculo, explicaba que en primer lugar āno cualquier delito puede dar lugar a la responsabilidad penal de la persona jurĆdica, sino solo por una serie de delitos que estĆ”n especificados en el CĆ³digo Penalā.
En segundo lugar, seƱala Ortiz Ćrculo, āpara que una persona jurĆdica pueda llegar a ser responsable penal es necesario que algĆŗn representante legal o cualquier persona que actĆŗe por orden de los administradores realice uno de estos delitos por nombre y cuenta de la persona jurĆdica o en beneficio de ellaā. Es decir, ha aclarado el socio de Cremades & Calvo-Sotelo, ācuando una persona o representante legal comete un delito actuando en nombre o por cuenta de la persona jurĆdica y en beneficio de ella entonces es cuando la persona jurĆdica, ademĆ”s de la persona fĆsica que ha cometido el delito, puede ser tambiĆ©n responsable penalā.
Este supuesto estĆ” reflejado en el artĆculo 31 recogido en el tĆtulo II de la Ley OrgĆ”nica del CĆ³digo Penal. Tal es la complejidad y variables que hay que tener en cuenta que el artĆculo 31 cuenta con cinco desgloses. Algunos de los audios publicados desde enero por MONCLOA.com dejan en evidencia que los mĆ”ximos mandatarios del banco vasco estaban al tanto de las investigaciones ilegales realizadas por Villarejo. āĆngel (Cano), mi director, lo ve asĆ tambiĆ©nā, le dijo en una ocasiĆ³n el jefe de seguridad del banco, Julio Corrochano, a Villarejo, mientras analizaban la forma de realizar los informes. Otra grabaciĆ³n desvela que el propio Francisco GonzĆ”lez habĆa dado instrucciones para contratar al excomisario.