Un solo funcionario atenderĂ¡ cinco juzgados de instrucciĂ³n de la Audiencia Nacional, mientras que en el sexto, el que estĂ© de guardia cada semana, se harĂ¡ cargo un letrado de la AdministraciĂ³n de Justicia. Para la Sala de lo Penal, dividida en cuatro secciones, estarĂ¡ disponible otro funcionario, mientras que otro mĂ¡s atenderĂ¡ el Servicio de Ejecutorias Penales.
AsĂ consta en el acuerdo adoptado por la SecretarĂa de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, despuĂ©s de la resoluciĂ³n del Ministerio de Justicia, de fecha 14 de marzo, por la que se adapta la cobertura de los servicios esenciales de la AdministraciĂ³n de Justicia a causa de la pandemia de coronavirus.
Dicha resoluciĂ³n establece que se deben mantener las dotaciones de plantilla necesarias para atender esos servicios esenciales. En el caso de la Audiencia Nacional, los trabajadores que acudan de forma presencial se limitarĂ¡n a los servicios de juzgado de guardia y las actuaciones urgentes en causas con preso, mientras que el resto ejercerĂ¡n su labor a distancia.
En lo que respecta a los letrados de la AdministraciĂ³n de Justicia, la Sala de Gobierno determina que habrĂ¡ un secretario judicial para las cuatro secciones de la Sala de lo Penal, a las que se asigna tambiĂ©n un solo funcionario.
En cuanto a los seis juzgados centrales de instrucciĂ³n, se distingue entre el que estĂ¡ de guardia y el resto. Cada semana, un juzgado se hace cargo de la guardia y en este caso habrĂ¡ un letrado de la AdministraciĂ³n de Justicia, mientras que en el resto se asigna un funcionario. Para el Servicio de Ejecutorias tambiĂ©n habrĂ¡ un solo funcionario.
CONTENCIOSO Y SOCIAL
Por otro lado, en la jurisdicciĂ³n contencioso-administrativa, la Sala de Gobierno determina que haya un letrado de la AdministraciĂ³n en las Salas y otro en los Ă³rganos unipersonales, mientras que un funcionario atenderĂ¡ los 12 juzgados, dado que hay uno de permanencia semanal para atender el trĂ¡mite de medidas cautelarĂsimas.
Asimismo, un funcionario atenderĂ¡ las ocho secciones de la Sala de lo Contencioso, pues una, en turnos que rotan mensualmente, es la que se encarga de estudiar tambiĂ©n medidas cautelarĂsimas.
Un funcionario estarĂ¡ a cargo de la Sala de lo Social, otro en el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria y tres mĂ¡s en el Servicio ComĂºn de Registro, Reparto, DigitalizaciĂ³n y Archivo (SCRRDA) «dado el carĂ¡cter esencial» del mismo para «hacer viable el trabajo no presencial en todo el Ă¡mbito de la Audiencia Nacional».
No obstante, el acuerdo de la Sala de Gobierno remarca que todas estas disposiciones se irĂ¡n adaptando en funciĂ³n de la evoluciĂ³n de las circunstancias. TambiĂ©n insta a la utilizaciĂ³n de la vĂa telemĂ¡tica en la medida de lo posible, a fin de «disminuir la presencia de personas» en las sedes de la Audiencia Nacional.