Qué es la ley de pandemias que piden aplicar al Gobierno

La sentencia del Tribunal Constitucional aprobada esta semana por la mayoría del pleno, declaraba la inconstitucionalidad de confinamiento obligatorio decretado durante el primer estado de alarma. Una medida con la que el Gobierno de Pedro Sánchez trataba de combatir la primera ola de la pandemia de Covid-19, y que jurídicamente ha resultado ser un error, ya que debería haberse decretado a través de un estado de excepción y no de alarma. La complicada situación legislativa que ha dejado en evidencia las lagunas que existen en nuestra Constitución.

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DIFERENCIAS ENTRE ESTADO DE ALARMA Y DE EXCEPCIÓN

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Una de las diferencias principales entre el estado de alarma y el estado de excepción es que este último puede suponer la suspensión de algunos derechos fundamentales, mientras que el estado de alarma es menos restrictivo y solo contempla ‘limitaciones’. Es por ello que algunos juristas denuncian que el confinamiento era una restricción de derechos que se correspondía más a un estado de excepción. ¿En qué casos se aplica un estado de alarma? Según la norma, se incluyen alteraciones graves como crisis sanitarias entre las que se incluye una pandemia.

Por el contrario el estado de excepción no contempla situaciones específicas. Las limitaciones permitidas en el estado de alarma son de cinco tipos entre las que se encuentra la limitación de circulación o permanencia en determinados lugares y a determinadas horas. En este precepto sustentó el Ejecutivo el decreto de restringir la salida del domicilio a los ciudadanos. El estado de excepción es más estricto y se reserva a situaciones extremas que pongan en peligro el correcto funcionamiento de los servicios esenciales o las instituciones democráticas. Entras cosas, permite realizar detenciones comunicadas al juez, intervenciones de las comunicaciones, registros domiciliarios, prohibición de reuniones, confinamientos domiciliarios e intervención de comercios e industrias.