La custodia compartida llega a las mascotas. La difícil decisión de quién se queda con el perro o el gato en caso de separación de los dueños, estará regulada de forma estatal. Todo gracias a la nueva Ley de Protección y Derechos de los animales, que entró en vigor el pasado 5 de enero de 2022, y en la se incluye la custodia compartida de las mascotas en caso de separación o divorcio. Además, las autoridades judiciales podrán acordar la participación de los dos cónyuges en los gastos del animal, algo así como una pensión de alimentos a la que estarán sujetos los dueños separados o divorciados que tengan una mascota en común a su cargo. Este texto legislativo ha sido propuesto por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 liderado por Ione Belarra.
Tras varios meses de tramitación, ya se ha acordado la modificación del Código Civil sobre las mascotas que propuso Unidas Podemos. Cabe destacar que los «morados» crearon una una dirección general dotada con en torno a 80.000 euros brutos anuales llamada Dirección General de Derechos de los Animales para tramitar estas leyes en defensa de los animales. Al frente de esta dirección se encuentra Sergio García Torres que gracias a estas modificaciones legales se dispone a ser útil por primera vez en la legislatura tras dos años en el cargo haciendo poco o nada por los animales.
La modificación del Código Civil prevé que las mascotas sean seres «sintientes» reconocidos como un miembro más de la familia. Es por ello que en caso de separación o divorcio de los dueños se tendrá que llega a un acuerdo en beneficio del animal. En el artículo 90 del Código Civil se incluye un apartado en el que la pareja tendrá que incluir en el convenio regulador qué sucede con la mascota. En caso de no existir acuerdo entre los dueños, el artículo 91 tiene previsto que sean las autoridades judiciales las que decidan quién se queda con la mascota y cómo. Los dueños separados o divorciados tendrán que establecer el tiempo que estará con cada cónyuge, así como repartir los gastos que genera la mascota.
La modificación del Código Civil prevé que las mascotas sean seres «sintientes» reconocidos como un miembro más de la familia
Los tribunales españoles ya han registrado algunas sentencias sobre la custodia compartida de un perro. El pasado mes de octubre, el juzgado de 1ª Instancia número 11 de Madrid decidió sobre el futuro de Panda, un perro cuyos dueños se han separado y han obtenido una custodia compartida para cuidarlo. Según el juez, el animal tiene relación con ambos miembros de la pareja, ha creado un vínculo emocional con ambos, y merece o debe estar cada cierto tiempo con cada uno.
UN DNI PARA MASCOTAS
Pero a parte de intentar solventar los problemas sobre qué hacer con la mascota cuando los dueños se separan, la modificación del Código Civil también prevé que los perros y gastos domésticos tengan su Documento Nacional de Identidad (DNI). Tal y como especifica la ley de Protección y Derechos de los animales será obligatorio que las mascotas tengan un DNI animal con el objetivo de crear un registro de animales de compañía para tenerlos identificados y poder así asegurar sus derechos. «La inscripción de cualquier animal de compañía que, conforme a lo dispuesto en esta ley o en las disposiciones normativas de las comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, dispongan de cualquier sistema de identificación», reza el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Aunque ya ha entrado en vigor tras cumplirse 20 días desde su publicación en el BOE, poco se sabe de este DNI animal. Por el momento, se desconoce si será físico o digital aunque, a falta de confirmación, todo parece apuntar a que será en formato electrónico a través de un código QR. Lo que si se conoce es que esta identificación es que en ella tendrán que figurar datos como el nombre, antecedentes veterinarios y datos del dueño o persona a cargo del animal. En el apartado de los datos veterinarios se tendrá que especificar el calendario de vacunas inoculadas o el historial de tratamientos a los que ha sido sometido la mascota.
Este nuevo DNI-animal será expedido por las comunidades autónomas. Aunque se trate de una orden ministerial, serán los propios gobiernos regionales los que tendrán que gestionar su expedición. Cabe destacar que este documento será compatible con el microchip que deberá llevar el animal de compañía. No llevar el DNI-animal en vigor podría ser objeto de multa para el dueño de la mascota que debe proveer al animal de esta identificación de forma obligatoria.